Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2002 (26/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 26 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece en su Articulo 7º, que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever el MORDAZA de bienes y servicios y obras que se requerira durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, la Direccion General de Administracion a traves de la Direccion de Abastecimiento y Servicios Auxiliares propone el Plan de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2002 en base a las necesidades identificadas en las diferentes unidades organicas de la Institucion, el mismo que incluye montos presupuestados, cronograma trimestral y modalidades de adquisiciones; Que, conforme lo establece el citado Reglamento, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe consolidar la informacion de las licitaciones y concursos de precios y adquisiciones Directas que realizaran en el ano fiscal las Entidades del Estado e incluir los montos de las Adquisiciones y Contrataciones y los niveles de centralizacion y desconcentracion de la facultad de adquirir y contratar. Con el Plan aprobado se efectuaran las Licitaciones y concursos previstos para el periodo de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuesto para el ano 2002; Con la visacion del Gerente General, Director General de Administracion, Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, Director de Asesoria Legal y Director de la Oficina de Abastecimiento y SS.AA.; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Parques, SERPAR-LIMA para el Ejercicio Presupuestal 2002, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion de 8 folios. Articulo Segundo.- Disponer que el Plan aprobado en el articulo precedente sea puesto a disposicion de los interesados en la Direccion de Abastecimiento y SS.AA. del SERPAR-LIMA de acuerdo con lo establecido en el Articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Administrativo Servicio de Parques 1794

Que, conforme el Articulo 2º de la Ley Nº 26725, que agrega el Articulo 69º A al Decreto Legislativo Nº 776, a mas tardar el 30 de MORDAZA del ano siguiente, las Municipalidades publicaran sus Ordenanzas aprobando el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio segun el numero de contribuyentes y los criterios que justifiquen el incremento, de ser el caso; Que, mediante Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB y sus modificatorias se establecio, en la jurisdiccion distrital de Brena, el MORDAZA Normativo de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, regulando el ambito de aplicacion, sujetos del tributo, periodicidad, vencimiento y beneficios tributarios; Que, para el presente ejercicio fiscal resulta conveniente establecer una politica tributaria acorde con la situacion economica actual en beneficio de los vecinos en general, manteniendo el monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo fijados para el ano 2001; asimismo, la aprobacion de un descuento especial por pronto pago en cumplimiento del Articulo 5º de la Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB; Que, es necesario adecuar el MORDAZA Normativo de los Arbitrios Municipales en favor de los pensionistas del distrito, incrementando el beneficio establecido en el Articulo 8º de la Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB para aquellos contribuyentes que gocen del beneficio tributario que regula el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 776; Que, el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 047-MDB ha establecido como fecha de vencimiento de la primera cuota (enero) de los Arbitrios Municipales, el 28 de febrero del 2002, consecuentemente es preciso otorgar los incentivos por pronto pago en aplicacion del Articulo 5º de la Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB que fija una reduccion no mayor del 10% del monto a pagar por el ejercicio fiscal, con excepcion de los gastos administrativos por concepto de emision, cuando el contribuyente cancele la integridad del tributo dentro del periodo de vencimiento de la primera cuota; Con las atribuciones que confiere el Inc. 3) de los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; por MAYORIA, y con el MORDAZA en contra del Regidor MORDAZA MORDAZA Quinonez y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL ANO 2002, APRUEBA EL DESCUENTO DEL 10% POR PRONTO PAGO Y MODIFICA LOS ARTICULOS 8º Y 10º DE LA ORDENANZA Nº 007-99-DA/MDB Articulo Primero.- ESTABLECER para el ano 2002, que los contribuyentes del distrito de Brena abonaran por concepto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, un monto equivalente al importe aprobado por la Ordenanza Nº 23-2001-MDB. Articulo Segundo.- APROBAR el descuento del 10% de los Arbitrios Municipales correspondiente al presente ano, para aquellos contribuyentes que cumplan con la cancelacion del monto total anual hasta el 28 de febrero del 2002. Articulo Tercero.- MODIFIQUESE el Articulo 8º de la Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 8º.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS A PENSIONISTAS Los pensionistas que gocen de los beneficios tributarios a que se refiere el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 776, tendran un descuento del 50% del monto del Arbitrio de Serenazgo. El otorgamiento de este beneficio no excluye al pensionista del descuento a que se refiere el Articulo 5º de la presente Ordenanza". Articulo Cuarto.- SUSTITUYASE el Inc. b) del Articulo 9º de la Ordenanza Nº 007-99-DA/MDB, modificado por el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 22-2001-MDB, de acuerdo al texto siguiente: "b) Ubicacion, uso o area dedicada a la actividad economica."

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Establecen monto de arbitrios para el ano 2002 y aprueban descuento por pronto pago
ORDENANZA Nº 048-MDB Brena, 15 de enero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 003-2002-OR/MDB de fecha 3 de enero del 2002, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado concede a las Municipalidades autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, otorgando potestad tributaria para crear, modificar, suspender o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;

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