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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2002 (26/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 216388 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Agricultura la invitación para asistir a la Reunión de Trabajo de los Ministros de la Comunidad Andina y de Presidentes de la Comunidad Andina; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, se llevará a cabo del 28 al 30 de enero del 2002, la Re- unión de Trabajo de los Ministros de la Comunidad Andina y de Presidentes de la Comunidad Andina; Que, es necesario conformar una delegación que apoyará al señor Ministro de Agricultura en las reunio- nes de trabajo en el evento citado en el considerando anterior; Que, la asistencia a dicho evento se realiza con el pro- pósito de tratar temas relacionados al perfeccionamiento de la Unión Aduanera Andina, por lo que resulta conve- niente autorizar el viaje de los representantes del Ministe- rio de Agricultura; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002 y el Decreto Ley Nº 25902; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Eco. Juan Manuel Benites Ramos, Director General de la Oficina General de Planificación Agraria, Ing. Javier Galván Costa, Ase- sor de la Alta Dirección, y de la Econ. María Elena Rojas Junes, de la Oficina General de Planificación Agraria del 27 al 31 de enero del 2002, para que participen como miembros de la delegación que apoyará al señor Minis- tro de Agricultura en la Reunión de Trabajo de los Minis- tros de la Comunidad Andina y de Presidentes de la Comunidad Andina, que se realizará en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo a los recur- sos presupuestales asignados a la Cadena Funcional Programática 001-03-006-0005-1.00110-3.0010-00001 Acciones de la Alta Dirección, 00 Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2002 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: Ing. Juan Manuel Benites Ramos - Pasajes US$413.00 - Viáticos US$1,000.00 - Tarifa CORPAC US$ 25.00 Ing. Javier Galván Costa - Pasajes US$413.00 - Viáticos US$1,000.00 - Tarifa CORPAC US$ 25.00 Eco. María Elena Rojas Junes - Pasajes US$413.00 - Viáticos US$1,000.00 - Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros cualquiera fuera su clase o deno- minación. Artículo 4º.- Los funcionarios cuyo viaje se autori- za por la presente Resolución, deberán presentar den- tro de los quince días posteriores a su retorno al país, un Informe de su participación al Ministro de Agricultu- ra. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 1855Autorizan adjudicación de insumos para la Dirección Agraria de Piura me- diante proceso de adjudicación de me- nor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0079-2002-AG Lima, 23 de enero de 2002 VISTO: El Oficio Nº 004-2002-AG-CNFR/P del Representante del Despacho Viceministerial y Presidente de la Comisión Nacional de Fondos Rotatorios; el Informe Nº 001-2002- AG-OGA-OL de la Directora de la Oficina de Logística; el Oficio Nº 203-2002-AG-OGA-058-OL del Director General de la Oficina General de Administración; y, el Oficio Nº 086- 2002-AG-OGAJ del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodón tiene como característica principal, el de ser un cultivo productivo e industrial de especial importancia económica para los productores agrarios del departamento de Piura, teniendo en cuenta que sus valles cuentan con las condiciones Hidro - Agro - Climáticas y con mano de obra calificada, que posibili- tan la conducción del cultivo eficientemente para satis- facer la demanda regional, nacional e internacional de algodón; Que, dentro de las etapas de la campaña agrícola del cultivo de algodón en la variedad Pima, el período de siem- bra para los Valles de Piura, ha sido fijado entre el 20 de diciembre del 2001 y el 15 de febrero del 2002, mediante la Resolución Ministerial Nº 1118-2001-AG, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de octubre del 2001, así por lo señalado en la Nota Nº 002/2002-AG-DGPA y el Informe Nº 040-2002-DGPA/JMM; Que, la siembra programada para dicho período se en- cuentra atrasada, motivada por lo decretado en la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27603, Ley de Creación del Banco Agropecuario, la misma que dispuso la transferen- cia a dicho banco de aquellos fondos destinados al apoyo financiero de la producción agraria que no se encuentren comprendidos en Convenios Internacionales, entre ellos, los Fondos Rotatorios del Ministerio de Agricultura, gene- rando incertidumbre respecto a la disponibilidad de dichos fondos; Que, con fecha 10 de enero del 2002, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 003-2002- AG, que facultó a la Comisión Nacional de Fondos Rotato- rios del Ministerio de Agricultura creada por Decreto Ley Nº 25816, para continuar aprobando operaciones con car- go a los recursos del Sector Agrario hasta el 30 de junio del 2003; Que, la Dirección Regional Agraria de Piura, elevó a la Comisión Nacional de Fondos Rotatorios para su aproba- ción, el Proyecto Cadena Productiva de Algodón Pima Cam- paña 2001-2002, con una meta de 7,500 hectáreas a insta- larse en los Valles de Medio Piura, Bajo Piura y Chira, el mismo que fue aprobado mediante Acuerdo Nº 1 de la re- unión de la Comisión Nacional de Fondos Rotatorios, cele- brada con fecha 15 de enero del 2002; Que, en este sentido, el atraso de la siembra progra- mada ha ocasionado una situación de urgencia por la au- sencia de semillas y fertilizantes para la siembra en los Valles de Piura, que compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de las operaciones productivas que el Ministerio de Agricultura tiene a su cargo, de conformidad con lo señalado en el Artículo 21º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, existe la necesidad de adquirir 855 T.M. de Urea Agrícola; 500 T.M. de Fosfato Di Amónico y 3,750 qq. de Semilla de Algodón Pima, para el Proyecto Cadena de Al- godón Pima a ejecutarse en la Dirección Regional Agraria de Piura, con un valor referencial total ascendente a la suma de S/. 1’259,955.00 (Un Millón Doscientos Cincuenta y