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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2002 (26/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 216403 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Artículo 3º de la Resolución Ministerial citada en el con- siderando precedente; disponiendo que la tercera cuo- ta vencerá indefectiblemente el 31 de enero del 2002 y liquidará las capturas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2001; y, asimismo, se mantuvo vigente la disposición referente a que aquellos arma- dores que eligieron pagar mensualmente los derechos de pesca, deben efectuar la tercera liquidación de tales derechos el 31 de enero del 2002, aún cuando no de- biesen hacer pago efectivo alguno; Que para el pago de la tercera cuota de los derechos de pesca correspondientes al ejercicio 2001, es necesario establecer el formato y la información que debe contener la declaración jurada para la liquidación de los citados de- rechos; Estando a lo informado por la Dirección de Ordenamien- to Pesquero y con la visación de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º de la Resolución Ministerial Nº 140-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el formato de Declaración Jurada por concepto de pago de derechos de pesca del recurso merluza correspondiente a la tercera cuota del ejercicio 2001, cuya fecha de vencimiento para su presentación es el 31 de enero del 2002, el mismo que, en anexo, forma parte integrante de la presente Reso- lución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extensión mayor de tres (3) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de diskette. 4.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIALAprueban formato de Declaración Ju- rada para pago de derechos de pesca de merluza, correspondiente a la terce- ra cuota del ejercicio 2001 RESOLUCION DIRECTORAL N° 026-2002-PE/DNEPP Lima, 25 de enero del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-2001-PE, del 16 de abril del 2001, se establecieron las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explotación del recurso merluza correspondiente al ejerci- cio 2001; Que asimismo por Decreto Supremo Nº 032-2001-PE, del 20 de setiembre de 2001, se estableció un régimen ex- cepcional a lo dispuesto en el Artículo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, respecto a la reducción del 5% del monto de los derechos de pesca como incentivo por pronto pago y la deducción de los pagos por el servicio de Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, como pago a cuenta de los derechos de pesca, disponiendo que para gozar de tales beneficios los pagos mensuales por dere- chos de pesca y los pagos por servicio de SISESAT, co- rrespondientes a los meses de julio a diciembre de 2001, debían cancelarse totalmente dentro del mes siguiente al que corresponden; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 014- 2002-PE, del 14 de enero del 2002, se prorrogó la fe- cha de vencimiento de la tercera cuota de los derechos de pesca del ejercicio 2001 correspondiente a la mo- dalidad de pago en tres (3) armadas, establecida en el