Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2002 (26/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de enero de 2002

Que, mediante Ley Nº 27400 se declara de preferente interes nacional la emision de Documentos Cancelatorios - Tesoro Publico, para el pago de tributos que graven la importacion y venta de fertilizantes, agroquimicos, equipos de riego tecnificado, vacunos reproductores, vaquillonas registradas con prenez certificada y ovinos de pelo para reproduccion; Que, la citada Ley dispone entre otros aspectos, que mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Agricultura, se fijara el monto anual asignado para los Documentos Cancelatorios Tesoro Publico; Que, la emision de los Documentos Cancelatorios Tesoro Publico sera con cargo al presupuesto aprobado para el Ejercicio 2002 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27400; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a emitir Documentos Cancelatorios - Tesoro Publico hasta por la suma de Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50 000 000,00), para el pago de tributos que gravan la importacion y venta de fertilizantes, agroquimicos, equipos de riego tecnificado, vacunos reproductores, vaquillonas registradas con prenez certificada y ovinos de pelo para reproduccion a que se refiere la Ley Nº 27400. Articulo 2º.- Los Documentos Cancelatorios - Tesoro Publico, a que se refiere el articulo precedente, se emitiran con cargo al presupuesto aprobado para el Ejercicio 2002, correspondiente al Pliego 013: Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 1912

Que, es conveniente establecer el monto de las dietas que deben percibir los miembros del Consejo Nacional de Inteligencia; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Fijar a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo en QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 545,00) la dieta por sesion que deberan percibir los miembros del Consejo Nacional de Inteligencia, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas por mes. Articulo 2º.- La aplicacion de lo dispuesto en el articulo precedente se sujetara a lo senalado por los Articulos 2º y 3º del Decreto Supremo Nº 320-86-EF, segun sea el caso. Articulo 3º.- El costo que implique la aplicacion a que se refiere el Articulo 1º del presente Decreto Supremo, sera financiado con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Consejo Nacional de Inteligencia. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 1913

Aceptan donaciones efectuadas a favor del INPPARES, Asociacion de Medicos Sin Fronteras y la Fundacion por los Ninos del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2002-EF MORDAZA, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) ha efectuado una donacion a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable INPPARES, consistente en anticonceptivos que seran destinados al Proyecto "Sistema de Empoderamiento Juvenil"; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable INPPARES-, consistente en 60 000 unidades de "52mm No Logo (52NX) Condoms", con un valor aproximado de

Establecen monto de dieta de miembros del Consejo Nacional de Inteligencia
DECRETO SUPREMO Nº 018-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27479 - Ley del Sistema Nacional de Inteligencia Nacional (SINA) se crea el Consejo Nacional de Inteligencia - CNI como organo rector del mas alto nivel del SINA que orienta, coordina, controla e integra las actividades de inteligencia estrategica y de contrainteligencia; Que, de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Inteligencia aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2001-PCM, el citado Consejo es un Organo Colegiado y los miembros del mismo perciben Dietas por su asistencia a las sesiones de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a excepcion del Presidente y del Director Nacional de Inteligencia Estrategica; Que, el Decreto Supremo Nº 320-86-EF MORDAZA el regimen de dietas que perciben los miembros de Organos Directivos Colegiados de los Organismos e Instituciones del Sector Publico;

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