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Pág. 216389 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Nue- vos Soles); Que, el valor de adquisición de los bienes para la ejecución del proyecto, exige la realización de un proce- so de Licitación Pública, cuya duración generaría inconvenientes para la ejecución del proyecto, toda vez que no sería posible atender los primeros abonamientos que deben realizarse en los meses de enero, febrero y marzo; Que, la ejecución del Proyecto Cadena de Algodón Pima beneficiará principalmente a aproximadamente 3,500 pe- queños productores de algodón en el ámbito que compren- de dicho proyecto, financiando la instalación de alrededor de 7,500 has.; Que, en este sentido, corresponde exonerar al Ministerio de Agricultura del proceso de Licitación Públi- ca para la adquisición de 855 T.M. de Urea Agrícola, 500 T.M. de Fosfato Di Amónico y 3,750 qq. de Semilla de Algodón Pima, de conformidad con el literal c) del Artí- culo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y rea- lizar la adquisición mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; De conformidad con el inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Estando a las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el literal b) del Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la ad- quisición de 855 T.M. de Urea Agrícola, 500 T.M. de Fosfa- to Di Amónico y 3,750 qq. de Semilla de Algodón Pima, para la Dirección Agraria de Piura. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente para la adquisición de 855 T.M. de Urea Agríco- la, 500 T.M. de Fosfato Di Amónico y 3,750 qq. de Semilla de Algodón Pima, con un valor referencial ascendente a S/ . 1’259,955.00 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Nuevos So- les), a realizar por la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración a realizar la adquisición de los bienes indicados en el Artículo 1º de la presente resolución, a través del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración remita copia de la presente Resolución Ministe- rial y de los Informes Técnico y Legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 1849 Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación directa selectiva para adquisi- ción de uniformes de verano del perso- nal de la Sede Central del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0083-2002-AG Lima, 23 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 001-2001-AL-OL, emitido por el Asesor Legal de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración; el Proveído del Director General de la Ofi- cina General de Administración y el Oficio Nº 074-2002- AG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, mediante invitación directa y a través de PROM- PYME, se convocó al proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva Nº 071-2001-AG-OGA "Adquisición de Uniformes de Verano", para el personal nombrado femeni- no y masculino perteneciente a la Sede Central del Minis- terio de Agricultura; Que, con fecha 3 de enero del 2002 se procedió a la recepción de los Sobres Nºs. 1 y 2, conteniendo las pro- puestas técnica y económica respectivamente, participan- do postores para los ítems I y II y en esa misma fecha, se llevó a cabo el Acto Público de Adjudicación de la Buena Pro, procediéndose a la apertura del Sobre Nº 2, conte- niendo las propuestas económicas de los postores y otor- gándose la buena pro de los dos ítems uniformes de vera- no del personal femenino y masculino a la empresa Busi- ness International Usa E.I.R.L.; Que, de la revisión efectuada, se ha verificado que las especificaciones técnicas y los factores de evaluación de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 071-2001-AG-OGA según relación de ítems, comprendidas en el Anexo 8 de las Bases respectivas, no contienen suficiente detalle que permita evaluar criterios importantes como la calidad de la confección y la de los insumos utilizados; Que, asimismo, las especificaciones técnicas contienen deficiencias en la definición de los requerimientos y en su formulación, contraviniendo los Artículos 3º y 25º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y los Artículos 2º, 3º y 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que se podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección sólo hasta antes de la celebra- ción del contrato y por alguna de las causales señaladas en el Artículo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Estando a las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el literal b) del Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar de oficio la nulidad del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 071-2001-AG-OGA "Adquisición de Uniformes de Verano" según relación de ítems; disponer la elaboración de nuevas Bases y retro- traer el proceso de selección hasta la etapa de la convo- catoria, dejando sin efecto el otorgamiento de la buena pro a la empresa Business International Usa E.I.R.L. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Admi- nistración notifique la presente resolución a los interesa- dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 1853 Modifican resolución mediante la cual se autorizó al Director Regional Agra- rio de Arequipa a ausentarse del país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0085-2002-AG Lima, 23 de enero de 2002 VISTA: La solicitud presentada por el Ing. Carlos Lozada Gar- cía, Director Regional Agrario de Arequipa mediante la cual solicita posponer la fecha de su viaje; y,