Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2002 (26/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 216393 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 US$ 3 942,00 (Tres Mil Novecientos Cuarenta y Dos y 00/ 100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación sin fecha y un peso aproximado de 246 kgs., según Guía Aérea Nº 307-1110 0316 de Challenge Air. Di- cha donación será destinada al Proyecto "Sistema de Em- poderamiento Juvenil" del Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES-. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 1919 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2002-EF Lima, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, Medecins Sans Frontieres Logistique de Merig- nac, Francia ha efectuado una donación a favor de la Aso- ciación Médicos Sin Fronteras - Francia consistente en medicamentos y material médico que serán destinados a los Proyectos Pucallpa y Satipo; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Medecins Sans Frontie- res Logistique de Merignac, Francia, a favor de la Asociación Médicos Sin Fronteras - Francia consistente en medicamen- tos y material médico, según Carta de Donación sin fecha, con un peso aproximado de 609 kgs. según Guía Aérea Nº 075-8056 1401 de Iberia Líneas Aéreas de España. Dicha donación será destinada a los Proyectos Pucallpa y Satipo. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 1920 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2002-EF Lima, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, The International Federation for Hydrocephalus and Spina Bifida (if) de Bruselas, Bélgica, ha efectuado una donación a favor de la Fundación por los Niños del Perú consistente en válvulas pudenz que serán destinadas a favor de los niños con problemas de hidrocefalia en el Perú; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artícu- lo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por The International Federa- tion for Hydrocephalus and Spina Bifida (if) de Bruselas, Bél- gica, a favor de la Fundación por los Niños del Perú consis- tente en 60 válvulas pudenz, con un valor aproximado de US$ 1 500,00 (Mil Quinientos y 00/100 Dólares de Estados Uni- dos de América), según Carta de Donación de fecha 6 de setiembre de 2001. Dicha donación será destinada a favor de los niños con problemas de hidrocefalia en el Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 1921