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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2002 (29/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 216531 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de enero de 2002 complementarias", considerando las reglas de aplicación de las normas en el tiempo para el otorgamiento de los incrementos establecidos por las normas complementarias del Decreto Ley Nº 25967. c) La revisión de todos los casos presentados a la Defen- soría del Pueblo, así como de todos aquellos de similar naturaleza. d) La devolución de los descuentos realizados a las pensiones de jubilación así como la anulación de la determinación de adeudos, motivadas en los anteriores cri- terios utilizados por la Oficina de Normalización Previsional. e) La observancia de los criterios expuestos en el Infor- me Nº 001-2002-DP-ORLC-UI para el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 27561, según la cual, la Oficina de Normalización Previsional revisa de oficio los expedientes de jubilación en los que correspondía la aplicación del De- creto Ley Nº 19990 y se les aplicó la forma de cálculo esta- blecida en el Decreto Ley Nº 25967. Artículo Tercero.- RECOMENDAR al Centro de Investi- gaciones Judiciales del Poder Judicial, con conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, para que de conformidad con el Artículo 116º del Texto Único Orde- nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por D.S. Nº 017-93-JUS, promueva la reunión de las Salas Especializadas en plenos jurisdiccionales a efecto de con- cordar criterios jurisprudenciales relacionados con: a) Los fundamentos que sustentan la aplicación del Decreto Ley Nº 19990 a los pensionistas que cesaron con posterioridad a su derogación. b) La aplicación del tope o la pensión máxima para el cálculo de la pensión de jubilación conforme al Decreto Ley Nº 19990 Artículo Cuarto.- ORIENTAR a los pensionistas afec- tados para que, en caso de incumplimiento por parte de la Oficina de Normalización Previsional de la aplicación de las reglas establecidas por el Decreto Ley Nº 19990 para el cálculo de la pensión, acudan al órgano jurisdiccional competente, en vía de ejecución de la sentencia emanada del proceso de amparo correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Adjunto para la Admi- nistración Estatal, y, en su ámbito de competencia, a los y las Representantes del Defensor del Pueblo, el seguimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- INCLUIR la presente resolución defensorial en el informe anual al Congreso de la Repúbli- ca, conforme lo establece el Artículo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 1979 S B S Autorizan al Banco de Crédito el cierre de agencias ubicadas en las provincias de Lima, Callao, Chanchamayo, Huaylas y Chota RESOLUCIÓN SBS Nº 046-2002 Lima, 17 de enero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice el cierre de las agencias ubicadas en Av. Circunvalación Nº 2999 - Salamanca, distrito de Ate - Vitarte, provincia y departamento de Lima; Av. Manco Cápac Nº 1000, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; Plaza Fanning Nº 128 - Urb. Santa Marina, distrito y provincia del Callao, departamento de Lima; Jr. Tarma Nº 201, distrito de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; Jr. Daniel Villar Nº 217, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, y Jr.José Osores Nº 555, distrito y provincia de Chota, depar- tamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 005-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97, con la Resolución SBS Nº 003-98 y con Resolución Nº 034-02; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el cierre de las agencias ubicadas en Av. Circunvalación Nº 2999 - Salamanca, distrito de Ate - Vitarte, provincia y departamento de Lima; Av. Manco Cápac Nº 1000, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; Plaza Fanning Nº 128 - Urb. Santa Marina, distrito y provincia del Callao, departamento de Lima; Jr. Tarma Nº 201, distrito de San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín; Jr. Daniel Villar Nº 217, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash, y Jr. José Osores Nº 555, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 1841 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OFICINAS REGISTRALES REGIONALES Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina Registral Andrés Avelino Cáceres para el año 2002 OFICINA REGISTRAL - "ANDRÉS AVELINO CÁCERES" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 10-2002-ORAAC/JEF Huancayo, 15 de enero de 2002 VISTO: El Oficio Nº 37-2002-ORAAC-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del cual presenta el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ORAAC AÑO 2002; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM que aprue- ba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Dicho plan debe prever los bienes, servi- cios y obras que requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad; Que, el inciso a) del Artículo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que, el Plan Anual contendrá, por lo menos: las licitaciones públi- cas, concursos públicos y adjudicaciones directas que se realizan en el año fiscal, opcionalmente, podrá incluirse in- formación relativa a las adjudicaciones de menor cuantía;