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Pág. 216521 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de enero de 2002 Artículo 30º .- De los Institutos Especializados Los Institutos Especializados: a)Son los órganos de investigación e innovación cien- tífico-tecnológica y docencia en su campo. b)Coordinan y proponen normas técnicas a las Direc- ciones Generales técnico-normativas. c)Desarrollan investigaciones especificas por encar- go de la Alta Dirección y de las Direcciones Gene- rales técnico-normativas del Ministerio. d)Desarrollan servicios especializados de salud, es- pecíficamente para investigar, aplicar, publicar, ca- pacitar y difundir los conocimientos de su área cien- tífica y tecnológica. e)Establecen relaciones de cooperación científica y tecnológica con la comunidad científica nacional e internacional, en el marco de sus objetivos funcio- nales a través de la Alta Dirección. f)El Reglamento de la presente Ley determina su nú- mero, especialidad y Organización General. CAPÍTULO XII DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS Artículo 31º .- De la naturaleza de los Organismos Públicos Descentralizados Los Organismos Públicos Descentralizados del Minis- terio de Salud son personas jurídicas de derecho público interno con autonomía económica y administrativa, encar- gados de proponer políticas, normas, promover, programar, ejecutar y evaluar las actividades propias de su naturaleza administrativa. Dependen del Ministro de Salud y reciben la orientación, supervisión y evaluación de sus actividades y procesos del Viceministro de Salud, por encargo del Mi- nistro de Salud. Artículo 32º .- De los Organismos Públicos Descen- tralizados Los Organismos Públicos Descentralizados del Minis- terio de Salud son los siguientes: a)El Instituto Nacional de Salud (INS), conformado por: 1.El Centro Nacional de Salud Ocupacional y Pro- tección del Ambiente para la Salud. 2.El Centro Nacional de Salud Pública. 3.El Centro Nacional de Alimentación y Nutrición. 4El Centro Nacional de Productos Biológicos. 5.El Centro Nacional de Salud Intercultural. 6.El Centro Nacional de Control de Calidad. b)La Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS). c)El Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH). d)El Seguro Integral de Salud (SIS). Artículo 33º .- De las misiones de los Organismos Públicos Descentralizados Las misiones que cumplen los Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio de Salud son las siguien- tes: a)El Instituto Nacional de Salud tiene como misión de- sarrollar y difundir la investigación y la tecnología en los campos de: 1.La salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas. 2.La salud pública y el control de las enfermeda- des transmisibles. 3.La alimentación y nutrición para la salud de la población. 4.Los productos biológicos relacionados con la salud de las personas. 5.La investigación, el conocimiento y difusión de aspectos interculturales para mejorar la salud de la población. 6.El control de calidad de medicamentos, insu- mos, drogas y otros. b)El Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos tie- ne como misión conducir las actividades de investi-gación académica, formación, capacitación y espe- cialización del personal, el desarrollo y la evalua- ción de la calidad de los recursos humanos del Sec- tor Salud. c)El Seguro Integral de Salud (SIS) tiene como misión administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual, de conformidad con la política del Sector. d)La Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud supervisa, norma y controla a las Entidades Prestadoras de Salud. CAPÍTULO XIII DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO Artículo 34º .- De los recursos financieros Constituyen recursos financieros del Ministerio de Sa- lud los siguientes: a)Los recursos ordinarios asignados en el Presupues- to de la República. b)Los recursos directamente recaudados. c)Las donaciones y transferencias que efectúen las instituciones y organismos públicos así como las personas naturales o jurídicas. d)Los provenientes de proyectos por encargo de enti- dades nacionales e internacionales. e)Los provenientes de los fondos que se creen para la salud. f)Otros que se establezcan por dispositivos legales. CAPÍTULO XIV DE LAS RELACIONES Artículo 35º .- De las relaciones del Ministerio de Sa- lud El Ministerio de Salud se relaciona con entidades publi- cas y privadas, nacionales e internacionales, gobiernos y organismos internacionales vinculados a sus objetivos. CAPÍTULO XV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES PRIMERA .- Para la implementación de la presente Ley los recursos presupuestales necesarios serán otorgados por el Ministerio de Economía y Finanzas. SEGUNDA .- Facúltase al Ministerio de Salud a modifi- car los Cuadros de Asignación de Personal y los Presu- puestos Analíticos correspondientes al Pliego Ministerio de Salud y pliegos de sus organismos públicos descentraliza- dos, para cubrir las necesidades de las Autoridades Admi- nistrativas y los Administrados. El Ministerio de Salud está facultado para exigir coacti- vamente el pago de una acreencia o la ejecución de una obligación de hacer o no hacer, conforme a los alcances de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. TERCERA .- El Instituto Nacional de Salud (INS) tiene bajo su ámbito el Centro Nacional de Salud Pública, el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, el Centro Nacional de Productos Biológicos, el Instituto Nacional de Medicina Tradicional que cambia su denominación por Cen- tro Nacional de Salud Intercultural, el Instituto de Salud Ocupacional y el Instituto Nacional de Protección del Me- dio Ambiente para la Salud que se integran y cambian su denominación por la de Centro Nacional de Salud Ocupa- cional y Protección del Ambiente para la Salud. Por resolución ministerial se conformará la respectiva Comisión de Evaluación, Transferencia, Organización, Ins- talación y Equipamiento del Instituto Nacional de Salud, debiendo asumir su misión en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días calendario. CUARTA.- La Escuela Nacional de Salud Pública cam- bia su denominación por Instituto de Desarrollo de Recur- sos Humanos, manteniendo su rango universitario. Por re- solución ministerial se establecerá una Comisión de Trans- ferencia y Evaluación de las gestiones y capacidades para la asunción de su nueva misión, cuyo plazo será de sesen- ta (60) días calendario. QUINTA.- Los componentes funcionales de los Progra- mas del Ministerio de Salud: diseño, planeación, normati-