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Pág. 217017 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de febrero de 2002 la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación y que, una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 33º Inc. b) de la Ley Universitaria Nº 23733 y con el Artículo 52º inci- so c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenie- ría, el Texto Único Ordenada de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y, su Reglamento aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Estando a lo opinado por la Oficina Central de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: 1. Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva por tratarse de servicios personalísimos, la contratación del arquitecto Oswaldo Núñez Carvallo para la elaboración del anteproyecto que responde a las necesi- dades funcionales y de equipamiento del Hospital Arzobis- po Loayza. 2. Autorizar a la Dirección General de Administración para que contrate los servicios del arquitecto Oswaldo Núñez Carvallo, por el lapso de treinta días por un valor referencia de S/. 63,000 mediante un proceso de menor cuantía y con cargo a los recursos provenientes del Con- venio Específico suscrito con el Hospital Nacional Arzo- bispo Loayza. 3. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y archívese. ROBERTO MORALES MORALES Rector RAFAEL MUÑOZ SOTO Secretario General 2646 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Aprueban el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2002 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 019-2002-AGN/J Lima, 25 de enero de 2002 Visto el Informe Nº 011-2002-AGN/OTA-OA de la Ofici- na de Abastecimiento del Archivo General de la Nación; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM, el Archivo General de la Nación ha ela- borado su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se consignan los bienes y servicios que se re- querirán durante el ejercicio presupuestal del año 2002; Que, es necesario oficializar la vigencia y cumplimien- to del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2002; Que en cumplimiento de los Artículos 5º, 6º, 7º del De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con el Plan Anual aprobado se efectuarán las adquisiciones previstas para el período económico 2002, de acuerdo con lo esta- blecido en Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Con la visación de la Oficina de Abastecimiento, de la Oficina Técnica Administrativa, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2002 del Archivo General de la Nación, cuyo anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual apro- bado en el Artículo Primero esté a disposición de los inte- resados sin costo alguno en la Oficina de Abastecimiento del Archivo General de la Nación. Regístrese y comuníquese. PILAR REMY SIMATOVIC Jefa Archivo General de la Nación 2618 CONSUCODE Sancionan a personas jurídicas con sus- pensión de un año en el ejercicio de sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 075/2002.TC-S1 Lima, 1 de febrero de 2002 Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de 24.1.2002, el Expediente Nº 159/2001.TC, referente a la comunica- ción cursada por la Municipalidad Distrital de El Porvenir, Trujillo, sobre la supuesta presentación de documentos fal- sos por parte de la Empresa Procesadora de Alimentos Sociales E.I.R.L. (PROALSO), en la Adjudicación Directa sin Publicación para la adquisición de insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche, correspondiente al mes de se- tiembre de 1999; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. La Municipalidad Distrital de El Porvenir, Trujillo (en adelante, la Entidad), solicita sanción contra la Empresa Procesadora de Alimentos Sociales E.I.R.L. (en adelante, PROALSO). Fundamenta su petición en el hecho que, el 17.9.1999, dicho Concejo suscribió el contrato de abastecimiento de productos alimenticios con la empresa PROALSO, en cuya cláusula sétima quedó establecido que la Entidad, luego de recibir el producto, debía analizar los alimentos adquiri- dos con el fin de determinar que éstos mantenían los com- ponentes nutricionales e ingredientes ofrecidos en la pro- puesta, caso contrario rescindiría el contrato. 2. Manifiesta la Entidad que, con el deliberado propósi- to de verse favorecida de esta adjudicación, PROALSO presentó varios documentos falsos, que han sido detecta- dos en mérito a la acción de control ejecutada por su Ofici- na de Auditoría Interna, y que son los siguientes: a) La orden de compra - guía de internamiento de 10.9.1999 de la Municipalidad Distrital de Moche por la adquisición a PROALSO E.I.R.L. de enriquecido lácteo Megalac por la suma de S/. 15 167,90 nuevos soles es falso, conforme lo ha establecido la indicada Municipalidad en el Informe Nº 111-2000-ABAST-MDM, de 19.9.2000, a petición del Órgano de Control Interno de la Entidad.