Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2002 (17/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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§ Las Direcciones Regionales de Educacion deberan presentar la informacion por cada unidad ejecutora bajo su ambito jurisdiccional, teniendo en cuenta la programacion mensual de gastos (anual), cumplimiento de las metas presupuestarias previstas para el ano fiscal 2002 y de acuerdo a la Escala de Prioridades establecidos por el Titular del Sector. § El detalle de la propuesta de Asignacion Trimestral de gastos con cargo a la fuente de financiamiento recursos ordinarios y otras MORDAZA deberan elaborarse en periodos mensuales, en el nivel de Meta y Especifica de Gastos. En relacion a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios § El cuadro de la propuesta de Asignacion Trimestral debera estar acompanado de un informe explicativo por especifica de gastos a nivel mensual, donde muestre la aplicacion del gasto, indicando la atencion de pago del personal y la atencion de materiales, equipos, etc. a centros educativos publicos de los diferentes niveles y modalidades e Institutos Publicos de Educacion Superior no Universitaria segun Anexo Nº 4. § La propuesta de Asignacion Trimestral Presupuestaria debera contemplar las prioridades establecidas por el Titular en funcion al cumplimiento de las metas presupuestarias establecidos para el ano fiscal 2002, teniendo en cuenta el MORDAZA anual asignado y las normas contempladas en el Capitulo II de la Ley Nº 27573 "Medidas de Austeridad, Racionalidad y Transparencia en el Gasto Publico". § En la propuesta de Asignacion Trimestral del gasto deberan contemplar la atencion de la planilla del personal nombrado y contratado, asimismo considerar los gastos ocasionales y las cargas sociales en el nivel de meta y especifica de gastos, dado que en base a dicha propuesta se autorizaran los correspondientes calendarios de compromisos, salvo casos excepcionales (acontecimientos catastroficos), se tramitara ampliaciones de calendario segun lo indica el Articulo 23º de la Directiva Nº 001-2002EF/76.01. § Respecto a la propuesta de Asignacion Trimestral del gasto en el rubro de bienes y servicios, debera priorizar la atencion de gastos por tarifas de servicios publicos, asi como de aquellos conceptos ineludibles que son atendidos mensualmente, segun lo establece el Articulo 11º de la Directiva Nº 001-2002-EF/76.01.Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002. § Para los casos de utilizacion de recursos provenientes del Grupo Generico de Gastos 5 Inversiones, obligatoriamente se seguiran los procedimientos senalados en la Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, no se tramitaran calendarios en este Grupo Generico de Gastos cuando exista inobservancia del citado dispositivo. § Debe considerar en la propuesta de asignacion trimestral de gastos en el rubro otros bienes de capital la atencion a usuarios en relacion a las prioridades y a la disponibilidad presupuestal. § Efectuada la evaluacion y aprobacion de la Asignacion Trimestral de gastos por el Ministerio de Educacion, esta informacion sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. § Luego de la aprobacion de la Asignacion Trimestral de gastos, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del MEF, remitira al Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR los techos de Asignacion Trimestral de Gastos, con la finalidad de efectuar la programacion trimestral de gastos por cada Unidad Ejecutora Regional. § Elaborada la Programacion trimestral de gastos por cada unidad ejecutora, las Direcciones Regionales de Educacion deberan remitir al Ministerio de Educacion la informacion en el nivel de meta y especifica de gastos en formatos impresos con los vistos respectivos.

§ Los plazos de MORDAZA de la informacion sera conforme se indica en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Directiva. En relacion a la fuente de financiamiento 09 : Recursos Directamente Recaudados § Se debe realizar una prevision de gastos por la Fuente 09 Recursos Directamente Recaudados y otras MORDAZA, teniendo en cuenta la estimacion de la captacion y obtencion de recursos por cada unidad ejecutora pertenecientes a las Direcciones Regionales de Educacion. § En el manejo de los fondos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados deberan seguirse los procedimientos indicados en la normatividad vigente, Decreto Supremo Nº 195-2001EF y la Resolucion Directoral Nº 051-2001-EF-77.15, Procedimientos Para la Apertura de Cuentas y Operaciones de Recaudacion y Pagos con Recursos Directamente Recaudados. VII. Disposiciones Complementarias: § Las Direcciones Regionales de Educacion nombraran un Comite de Programacion Mensual de Plan y Presupuesto mediante Resolucion del Director Regional. § El Comite de Programacion debera garantizar que la ejecucion del gasto se sujete a la programacion trimestral, a fin de asegurar el cumplimiento de las metas presupuestarias. § Cualquier aspecto no contemplado en la presente directiva, sera analizado por el organo de Presupuesto del Ministerio de Educacion, en base a la normatividad vigente. § Entiendase como asignacion trimestral el monto indicado por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del MEF a las respectivas unidades ejecutoras, monto que sera trabajado en base a la propuesta revisada por el organo de presupuesto del Sector Educacion. VIII. Control: El Jefe del organo de control en la Direccion Regional de Educacion es el responsable de supervisar la correcta aplicacion de la presente Directiva. IX. Vigencia: La presente directiva entrara en vigencia al dia siguiente de su aprobacion. X. Responsables: El Titular de la Direccion Regional de Educacion y el Titular de la Unidad Ejecutora, son los responsables del cumplimiento de la presente directiva. XI. Firmas y sellos: Los formatos deberan ser visados por los siguientes funcionarios: § Director de la Direccion Regional de Educacion. § Director de la Unidad Ejecutora. § Jefe de Asesoramiento Tecnico de la Unidad Ejecutora. § Jefe de Administracion de la Unidad Ejecutora. § Responsable de la meta presupuestaria. XII. Medios de Comunicacion: Telefonos: 215 5863-215 5800 anexo (1099) Telefax: 436 0353 Correos Electronicos: mdamianq@minedu.gob.pe y kgomez@minedu.gob.pe XIII. Formatos: En Hojas A4, MORDAZA en excel. XIV. Anexos:

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