Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2002 (26/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 26 de febrero de 2002

Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia de Personal del Ministerio Publico, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 3890

S/. 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 de nuevos soles), cada una; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A" y por el Departamento Legal a traves de los Informes Nº DESF "A" 022-OT-02 y Nº 169-2002-LEG, respectivamente; y, con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y las facultades otorgadas por la Resolucion SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco de Credito del Peru realice la emision de Bonos Corporativos a traves de dos programas de emision denominados "Tercera Emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del Banco de Credito del Peru" y "Cuarta Emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del Banco de Credito del Peru", hasta por la suma de S/. 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 de nuevos soles), cada una, debiendose adecuar a la Ley del MORDAZA de Valores. Articulo Segundo.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (e) 3896

SBS
Opinan favorablemente para que el Banco de Credito del Peru realice tercera y cuarta emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda
RESOLUCION SBS Nº 185-2002 MORDAZA, 22 de febrero del 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la emision de Bonos Corporativos a traves de dos programas de emision denominados "Tercera Emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del Banco de Credito del Peru" y "Cuarta Emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del Banco de Credito del Peru" hasta por la suma de S/. 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 de nuevos soles), cada una; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en su Articulo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos financieros a que se refiere la Ley del MORDAZA de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante MORDAZA de caracter general; Que, el Articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el Articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en la Junta General de Accionistas del Banco de Credito del Peru, celebrada el 24 de marzo de 2000, se aprobo la Emision de Instrumentos Representativos de Deuda por la cantidad de US$ 200 000 000,00, en moneda extranjera y/o moneda nacional sujeta al indice de reajuste VAC fijado por el Banco Central de Reserva o a cualquier otro indice, en uno o en varios programas de emision. Asimismo, la mencionada Junta General faculto al Directorio y/o al Comite Ejecutivo del Banco, de manera expresa y en la forma mas amplia que permitan las leyes aplicables y el Estatuto Social, para que determinen los terminos, caracteristicas y condiciones de las emisiones que se efectuen dentro del MORDAZA del Programa de Emision de Instrumentos Representativos de Deuda MORDAZA mencionado; Que, en la sesion de Directorio celebrada el 30 de noviembre de 2000, se aprobo el Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda a ser emitidos por el Banco de Credito del Peru, hasta por un monto total de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 de dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional; Que, en sesion del Comite Ejecutivo celebrado el 31 de enero de 2002, se aprobo la "Tercera Emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del Banco de Credito del Peru" y la "Cuarta Emision del Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda del Banco de Credito del Peru", hasta por un monto total de

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
ESSALUD
Amplian plazo de renovacion del acogimiento al Seguro de Salud Agrario para los trabajadores agrarios independientes
RESOLUCION Nº 017-GCF-EsSalud-2002 MORDAZA, 18 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 885, Ley de Promocion del Sector Agrario, y la Ley Nº 27360, se establecen las normas sobre el Seguro de Salud para los trabajadores de la actividad agraria en sustitucion del regimen de prestaciones de salud; Que la Directiva Nº 002-GCR-IPSS-98, establece que la renovacion anual del acogimiento al Seguro de Salud Agrario se debera realizar en los primeros (10) diez dias habiles del mes de febrero de cada ejercicio gravable; Que, es necesario establecer un MORDAZA plazo para la renovacion del acogimiento al Seguro de Salud Agrario Independiente por el presente ejercicio gravable, a fin de favorecer a los asegurados que no logren renovar el acogimiento a este seguro hasta el 14 de febrero del 2002; Que el inciso a) del Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ex Gerencia Central de Recaudacion, aprobado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 186-GG-IPSS-98, establece que es funcion de la Gerencia Central de Recaudacion, elaborar las normas sobre los procesos de inscripcion, recaudacion y acreditacion; Que el Articulo 3º de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 454-PE-ESSALUD-2001 dispone la desactivacion de la Gerencia Central de Recaudacion y Seguros y, senala que la Gerencia Central de Finanzas asumira las funciones que corresponda, recursos presupuestales, potencial humano y acervo documentario; Estando a lo propuesto y de conformidad con las facultades conferidas en la Resolucion Nº 454-PE-ESSALUD2001;

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