Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2002 (26/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 26 de febrero de 2002

Articulo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA, a efectuar las acciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Fiscalia de la Nacion, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 3883

CONTRALORIA GENERAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 016-2002-CG Por Oficio Nº 055-2002-CG/SG la Contraloria General de la Republica solicita se publique Fe de Erratas del anexo de la Resolucion de Contraloria Nº 016-2002-CG que contiene el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), publicado en nuestra edicion del dia 21 de febrero de 2002, en la pagina 217956. En la columna "Requisitos" del Procedimiento Nº 10 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). DICE: a) Proyecto de Contrato conforme a las bases del Concurso Publico de Meritos, propuesta de la Sociedad de Auditoria y MORDAZA de Recibos otorgados por el pago de derecho de designacion y supervision (5% de los honorarios profesionales presupuestados) y por el reembolso de gastos de publicacion. DEBE DECIR: a) Proyecto de Contrato conforme a las bases del Concurso Publico de Meritos, propuesta de la Sociedad de Auditoria y MORDAZA de Recibos otorgados por el pago de derecho de designacion y supervision (6% de los honorarios profesionales presupuestados) y por el reembolso de gastos de publicacion. 3881

ORGANISMOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Proclaman presidente y vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura para el periodo 2002-2003
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 190-2002-CNM San MORDAZA, 20 de febrero de 2002 VISTO: El Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de Sesion Extraordinaria de fecha 20 de febrero de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23697, en su Articulo 36º dispone que el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura es elegido por el Pleno del Consejo de entre sus miembros por el periodo de un ano, y por el mismo periodo elige su Vicepresidente; Que, en cumplimiento de la citada Ley y de conformidad con los Articulos 3º y 4º del Reglamento de Sesiones del Consejo, el Pleno reunido en Sesion Extraordinaria para este efecto, MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA La Hoz MORDAZA como Presidente y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para el periodo institucional 2002-2003; De conformidad con el Articulo 37º inciso b) de la Ley Nº 23697 y el Articulo 4º inciso d) del Reglamento de Sesiones del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Proclamar al senor MORDAZA MORDAZA La Hoz MORDAZA, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura para el periodo institucional 2002-2003. Segundo.- Proclamar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura para el periodo institucional 2002-2003. Tercero.- Proceder al acto de juramento, en sesion publica, el 28 de febrero del presente ano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 3867

JNE
Precisan el numero de adherentes para la inscripcion de listas independientes de candidatos a alcaldes y regidores en la provincia de Huancavelica
RESOLUCION Nº 064-2002-JNE MORDAZA, 21 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Nº 058-2002-JNE de fecha 15 de febrero de 2002, el MORDAZA Nacional de Elecciones determino el numero de adherentes para la inscripcion de listas independientes a candidatos a alcaldes y regidores provinciales o distritales, con motivo del proximo MORDAZA de elecciones municipales; Que, conforme lo establece el Articulo 1º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en las elecciones municipales se eligen alcaldes y regidores de los concejos municipales provinciales y distritales en toda la Republica, con la excepcion de los Distritos Capitales de Provincia (Distritos de Cercado); Que, el numero de electores habiles y el porcentaje correspondiente de los distritos del Cercado consignados en la Resolucion Nº 058-2002-JNE fueron incorporados de manera referencial para determinar el total de electores de cada provincia, y por consiguiente determinar el numero de adherentes requerido para la inscripcion de la correspondiente lista provincial; Que, asimismo, vista la informacion proporcionada por el Instituto Geografico Nacional y la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Contienda de Competencia, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 18 de enero de 2000, el distrito de Huando se mantiene dentro de la jurisdiccion de la provincia de Huancavelica, por lo que resulta necesario precisar el total de electores habiles de dicha provincia; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el numero de firmas de adherentes que, de manera referencial, aparece

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