Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2002 (26/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 26 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 3895

JUSTICIA
Conforman Comision de Trabajo Interinstitucional para el Seguimiento de las Recomendaciones de la CIDH relativas al comunicado conjunto suscrito con el Estado Peruano el 22 de febrero de 2001
DECRETO SUPREMO Nº 005-2002-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 44º de la Constitucion, uno de los deberes primordiales del Estado es garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; Que conforme a lo establecido en el Articulo 55º de la Constitucion, los Tratados en MORDAZA forman parte del derecho nacional; Que asimismo, de conformidad con la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion, las normas relativas a los derechos y libertades que la misma reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de los Derechos Humanos y con los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Peru; Que el Peru es parte de diversos tratados internacionales de derechos humanos, que establecen organos jurisdiccionales y mecanismos no jurisdiccionales para la proteccion de los derechos humanos; Que en los casos de decisiones o recomendaciones de los mecanismos de proteccion internacional que no poseen una fuerza juridica vinculante, existe siempre el deber de cooperacion para coadyuvar a la promocion y proteccion de los derechos humanos en los territorios de MORDAZA paises miembros; Que es deber del Estado cooperar con los diversos instrumentos y mecanismos no jurisdiccionales de proteccion de los derechos humanos; Que uno de los instrumentos ratificados por el Estado peruano en materia de derechos humanos es la Convencion Americana sobre Derechos Humanos, la cual forma parte del derecho interno y establece en su Articulo 41º que la Comision Interamericana de Derechos Humanos tiene la funcion principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos; Que asimismo, de conformidad con el Articulo 41º, inciso b) de la mencionada Convencion la Comision Interamericana de Derechos Humanos tiene como atribucion formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas a favor de los derechos humanos dentro del MORDAZA de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos; Que con fecha 22 de febrero de 2001 se suscribio el comunicado conjunto entre el Estado peruano y la Comision Interamericana de Derechos Humanos en virtud del cual el Estado peruano se comprometio a dar solucion a un conjunto de casos que contaban con recomendaciones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos; Que es conveniente establecer un procedimiento al interior del Estado, que permita propiciar el seguimiento de las recomendaciones del organo internacional mencionado en los acapites anteriores, de tal forma que dentro de un MORDAZA comun se puedan ejecutar las acciones y coordinaciones necesarias en el Estado; Que las reparaciones para las victimas de violaciones a los derechos humanos deben comprender no solo una indemnizacion economica sino tambien medidas no patrimoniales, de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Conformese la Comision de Trabajo Interinstitucional para el Seguimiento de las Recomendaciones

MITINCI
Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a EE.UU. para participar en reuniones referidas al MORDAZA y a la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-2002-ITINCI/DM MORDAZA, 20 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, el dia 27 de febrero se llevara a cabo la Reunion "Fortalecimiento de la Capacidad Existente en el MORDAZA de los Desafios Emergentes en Doha y el Area de Libre Comercio de las Americas". Asimismo el dia 26 del mismo mes, se desarrollaran reuniones de trabajo sobre la renovacion para el presente ano de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas - ATPA; Que, es conveniente autorizar la participacion del doctor MORDAZA Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integracion como representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en dichos eventos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, del 25 al 28 de febrero de 2002, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en las reuniones senaladas en la parte Considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 2,774.00 US$ 880.00 US$ 25.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias posteriores a la realizacion del viaje, el funcionario presentara ante el Titular del Sector un Informe sobre su participacion en las reuniones a las que asiste. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 3904

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