Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2002 (26/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 26 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
CATEGORIAS GERENTE GENERAL GERENCIAS JEFATURAS II JEFATURAS I PROFESIONALES TECNICOS ASISTENTES III ASISTENTES II ASISTENTES I AUXILIARES

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REMUNERACION MORDAZA MENSUAL En Nuevos Soles 10 000,00 7 000,00 4 500,00 3 500,00 3 000,00 2 200,00 1 900,00 1 650,00 1 350,00 1 100,00

Aprueban Politica Remunerativa de la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 037-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las normas sobre remuneraciones que se aprueben y que son de aplicacion para las empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, segun lo dispuesto en el tercer parrafo del Articulo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, entre las cuales se encuentra la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A.; Que, el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 231-2001EF que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2002, de las Empresas Municipales y Entidades comprendidas en el Articulo 22º de la Ley Nº 27573, establece que las escalas remunerativas, los reajustes salariales, asi como el incremento de los montos por dietas de directorio de las empresas municipales y de las entidades comprendidas en el citado dispositivo, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, es necesario otorgar a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A., un reajuste en su politica remunerativa acorde con el grado de crecimiento que vienen alcanzando y que les permita ofrecer remuneraciones competitivas de acuerdo con las condiciones del mercado; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 52º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, y el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 2312001-EF; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la Politica Remunerativa de la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A., de acuerdo a lo establecido en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Los costos derivados de la aplicacion de la nueva Politica Remunerativa, a que se refiere el articulo precedente, seran atendidos con cargo a los recursos propios que la empresa genere durante los ejercicios presupuestarios, y no podran exceder para el ano 2002 del monto previsto en el rubro "Saldo Presupuestal" aprobado por el Decreto Supremo Nº 231-2001-EF. Articulo 3º.- La Direccion Nacional del Presupuesto Publico queda autorizada a dictar las disposiciones complementarias y otras medidas que MORDAZA necesarias para la correcta aplicacion de la presente MORDAZA legal. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO POLITICA REMUNERATIVA PARA LA EMPRESA MUNICIPAL INMOBILIARIA DE MORDAZA S.A. 1. La remuneracion MORDAZA mensual por todo concepto que podra aplicar la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. no excedera los topes maximos establecidos en el presente anexo. La Entidad podra efectuar incrementos de remuneraciones menores a los topes que a continuacion se indican, en razon de la politica laboral trazada.

2. El total de remuneraciones que podra pagar la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. incluyendo las gratificaciones de ley, no podran exceder de catorce (14) al ano. 3. La Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. EMILIMA S.A. informara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las acciones que se deriven en aplicacion de la presente politica remunerativa, dentro de los (10) dias de adoptada la accion. 3917

Disponen que MORDAZA desembolso de la CAF se aplique para reembolsar al Tesoro Publico fondos empleados en la ejecucion del Programa Multisectorial de Inversion Publica 2001-2002
DECRETO SUPREMO Nº 038-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 29º de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la utilizacion de los recursos provenientes de operaciones de endeudamiento concertadas para el cumplimiento de metas cuyo financiamiento se encuentra previsto en dicha Ley por la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios"; asi como para establecer las disposiciones orientadas a la adecuada administracion de estos recursos; Que, en el MORDAZA del Convenio de Prestamo derivado de la operacion de Endeudamiento Externo aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 127-2001, la Corporacion MORDAZA de Fomento CAF ha procedido a efectivizar el MORDAZA y ultimo desembolso, el mismo que conforme a dicho Convenio, tiene por objeto financiar el Programa Multisectorial de Inversion Publica 2001-2002; Que, segun el mencionado Convenio, los recursos del prestamo otorgado por la CAF, pueden ser aplicados para reembolsar al Tesoro Publico los fondos empleados en la ejecucion del Programa Multisectorial de Inversion Publica 2001-2002; En uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 29º de la Ley Nº 27573; DECRETA: Articulo 1º.- Los recursos del MORDAZA y ultimo desembolso proveniente de la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 127-2001, seran aplicados al reembolso financiero a favor del Tesoro Publico de lo ejecutado en los meses de enero y febrero del presente ejercicio, asi como al financiamiento de los montos a ser asignados con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", respecto a la ejecucion del Programa Multisectorial de Inversion Publica 2001-2002, conformante del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 3918

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