Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2002 (26/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 26 de febrero de 2002

de la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), contenidas en el comunicado conjunto suscrito con el Estado Peruano el 22 de febrero de 2001, en relacion a los casos comprendidos en los literales C y D de dicho comunicado conjunto relativos a desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y torturas. Esta Comision tendra las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por la Comision Interamericana de Derechos Humanos al Estado peruano. b) Disenar un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de las victimas y/o familiares de las victimas a las que se hace referencia en los Informes de la Comision Interamericana de Derechos Humanos. Articulo 2º.- La mencionada Comision estara integrada por: a) Un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidira, b) Un representante del Ministerio de Defensa, c) Un representante del Ministerio del Interior, d) Un representante del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), e) Un representante del Ministerio de Salud, f) Un representante del Ministerio de Educacion, g) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, h) Un representante de los familiares de desaparecidos de alguno de los casos comprendidos en el comunicado conjunto entre el Estado peruano y la CIDH, libremente elegido de entre aquellos, i) Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales de defensa de los derechos humanos. Articulo 3º.- La Comision realizara sesiones de trabajo cada 15 dias, pudiendo realizar sesiones complementarias, si lo considera necesario, a fin de dar cumplimiento a sus funciones. Articulo 4º.- La Comision tendra un plazo de 6 meses, contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, para presentar su Informe Final conteniendo el Plan Integral de Reparaciones No Dinerarias, incluyendo la forma en que se ejecutara dicho plan, a favor de las victimas y/o familiares de las victimas a quienes se haga mencion en los informes de fondo emitidos por la Comision Interamericana de Derechos Humanos. El mencionado Informe contendra, asimismo, las medidas adoptadas por parte del Estado, a traves de cada uno de los sectores representados, a fin de dar cumplimiento a las recomendaciones del mencionado organismo internacional. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Justicia, Defensa, Interior, Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), Salud, Educacion y Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 3938

PRES
Incluyen en el sistema "Evaluacion Internacional de Procesos" las licitaciones que requiera el INADE a fin de contratar poliza de seguros para obras terminadas de proyectos especiales
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2002-PRES MORDAZA, 25 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25565, se creo el Sistema de Licitaciones y Concursos denominado "Evaluacion Internacional de Procesos"; Que, dicho dispositivo legal posibilita que las entidades del Sector Publico puedan encargar a las entidades especializadas, la realizacion de sus procesos de licitacion publica para la adquisicion de bienes, servicios y ejecucion de obras, asi como los concursos de meritos para la contratacion de consultorias, supervisiones, peritajes, estudios, asesorias e inspecciones; Que, el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 133-92EF, que reglamenta el Decreto Ley Nº 25565, dispone que para que una determinada licitacion o concurso pueda ser incluido en el Sistema "Evaluacion Internacional de Procesos", el Ministro del Sector al que pertenece el organismo comitente, previa evaluacion, presentara al Presidente de la Republica el proyecto de la resolucion suprema adjuntando el respectivo informe de evaluacion; Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, requiere contratar, mediante licitacion publica, una poliza de seguros para las Obras Civiles Terminadas de los Proyectos Especiales a su cargo; Que, es conveniente incluir el citado MORDAZA y/o procesos, en el Sistema "Evaluacion Internacional de Procesos", encargando su organizacion y ejecucion a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organizacion de las Naciones Unidas - UNOPS, calificada como entidad especializada por Decreto Supremo Nº 132-92-EF; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25565 y Decretos Supremos Nºs. 132 y 133-92-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Sistema "Evaluacion Internacional de Procesos", el MORDAZA y/o procesos de licitacion que requiera el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, para la contratacion de una Poliza de Seguros de Obras Terminadas de los Proyectos Especiales a su cargo. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organizacion de las Naciones Unidas UNOPS, la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA y/o procesos de licitacion a que se refiere el articulo procedente, comprendiendose la convocatoria, absolucion de consultas, recepcion de ofertas, calificacion de postores, evaluacion de propuestas, otorgamiento de la buena pro y, en general, todo acto que sea necesario para la realizacion del indicado proceso. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 3931

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