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Pág. 218458 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de febrero de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ratifican el monto de la dieta de regi- dores para el ejercicio presupuestal 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2002-CDSB-C San Borja, 25 de enero de 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO, el pedido de los integrantes del Concejo Munici- pal de San Borja; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 21º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regido- res son rentados conforme lo permita el Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada municipio y pre- vio acuerdo del respectivo Concejo Municipal, adoptado una vez al año, hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, la percepción de la dieta está condicionada a la asistencia efectiva de los Regidores a las Sesiones de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apo- yo a la Municipalidad y a la comunidad en general, directa- mente o a través de las comisiones que integran, lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 029-2000-CDSB- C de fecha 29 de marzo de 2000, se determinó la dieta a percibir por cada señor regidor del Concejo Distrital de San Borja durante el ejercicio presupuestal 2000; Que, para el presente ejercicio se ha visto por conve- niente ratificar lo acordado en el ejercicio antes mencio- nado por convenir a los intereses de la municipalidad y encontrarse conforme a los dispositivos legales que rigen la materia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus miembros, con dispensa del trámite de lectura y aproba- ción del acta, por unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- Ratificar para el Ejercicio Presu- puestal 2002, el Acuerdo de Concejo Nº 029-2000-CDSB- C de fecha 29 de marzo de 2000, derogar el Acuerdo de Concejo Nº 026-2001-CDSB-C de fecha 29 de marzo de 2001, que fija la dieta de los señores regidores de la Muni- cipalidad de San Borja, entendiéndose que la Unidad Im- positiva Tributaria (UIT) aplicable es la vigente al 1.ENE.2002. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría de Con- cejo y a la Gerencia de Economía, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 3953 Aprueban Cuadro de Servicios No Ex- clusivos prestados por la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 104-2002-MSB-A San Borja, 1 de febrero del 2002. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTO, el Informe Nº 009-2002-MSB-GCG de la Ge- rencia de Control de la Gestión, de fecha 30 de enero de2002, mediante el cual se eleva al Despacho de Alcaldía el Cuadro de Servicios No Exclusivos por la Municipalidad sometiéndolo a su aprobación; CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de octubre del 2001 entró en vigen- cia la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento General, térmi- no a partir del cual, las distintas Entidades del Sector Pú- blico deben adecuar su accionar procedimental a las nue- vas pautas determinadas por el señalado texto legal; Que, según lo estipulado en el último párrafo del Artícu- lo 37º de la Ley, los servicios que no sean prestados en exclusividad por la Entidad deberán ser aprobados a tra- vés de Resolución del Titular del Pliego, estableciéndose los requisitos y los costos de los mismos; Que, la Gerencia de Control de la Gestión ha conside- rado que los servicios del Laboratorio Bromatológico, la publicidad de la revista municipal, el alquiler del Auditorio Municipal y el alquiler del equipo de sonido no son de pres- tación exclusiva de la Municipalidad, al poder acceder a otros de igual características acudiendo a otro lugar o de- pendencia; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Geren- cia General y, a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y al inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Cuadro de Servicios No Exclusivos prestados por la Municipalidad de San Borja . Denominación Requisitos Precio en nuevos soles GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ANÁLISIS BROMATOLÓGICO DE LOS ALIMENTOS, AGUAS Y BEBIDAS A TERCEROS. 1.Solicitud 2.Recibo de pago y muestras 1.Leche y derivados 84.00 2.Cereales y derivados 126.00 3.Carnes, productos cárnicos y derivados 168.00 4.Grasas y aceites 84.00 5.Frutas y verduras 84.00 6.Agua y bebidas 84.00 7.Bebidas alcohólicas 126.00 8.Azúcar y derivados 84.00 9.Estimulantes 84.00 10.Condimentos 84.00 GERENCIA DE FISCALIZACIÓN 11.Otros productos procesados 84.00 *Pruebas adicionales de análisis de alimentos 45.00 SUBGERENCIA DE COMUNICACIONES PUBLICIDAD EN LA REVISTA MUNICIPAL - Páginas interiores 1.Recibo de pago 05.5 Cm. por 06 Cm.: 350.00 - Retiras 1.Recibo de pago 05.5 Cm. por 06 Cm.: 500.00 - Contracarátula 1.Recibo de pago 05.5 Cm. por 06 Cm.: 650.00 SUBGERENCIA DE LOGÍSTICA ALQUILER DE AUDITORIO - De Lunes a sábado de 9.00 a 22.00 horas 1.Recibo de pago 150.00 por hora ALQUILER DE EQUIPO DE SONIDO - De Lunes a sábado de 9.00 a 22.00 horas 1.Recibo de pago 50.00 por hora Regístrese, comuníquese y cúmplase JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 3954