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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2002 (04/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 225854 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de julio de 2002 sión de Coordinación para facilitar la construcción de vi- viendas, con la finalidad de promover el acceso de la población a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, en mérito a lo establecido por el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, modificado por el Ar- tículo 1º del Decreto Supremo Nº 013-2002-MTC, la Comi- sión de Coordinación ha identificado el inmueble denomi- nado Lote 19 de la Manzana G-1 de la Urbanización Los Cedros de Villa - III Etapa, Sector IV, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito con un área de 1 882,10 m2 en la Ficha Nº 314357, que continúa en la Partida Electrónica Nº 11025334 del Regis- tro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor del Ministerio de Educación y registrado en el Asiento Nº 2806 del Siste- ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, de acuerdo a lo solicitado por la Comisión de Coor- dinación, mediante Oficio Nº 422-2002-MTC/15.04 de fecha 23 de mayo de 2002 y Nº 837-2002-MTC/15.04 de fecha 25 de junio de 2002, y al amparo de lo establecido en el Artícu- lo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MTC, es procedente que el Estado representado por la Superintendencia de Bie- nes Nacionales asuma la titularidad del inmueble descrito en el tercer considerando de la presente Resolución; Que, mediante Resolución Nº 093-95-MLM/SMDU- DMDU de fecha 4 de mayo de 1995, expedida por la Muni- cipalidad de Lima Metropolitana, se aprobó la recepción de obras de Habilitación Urbana de la Tercera etapa, Sector IV de los Cedros de Villa, destinándose como aporte gratuito a favor del Ministerio de Educación el inmueble denominado Lote 19 de la Manzana G-1, inscrito en la Ficha Nº 314357, que continúa en la Partida Electrónica Nº 11025334 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, dentro del marco normativo regulado por el De- creto de Urgencia Nº 071-2001, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene autonomía económica, presu- puestal, financiera, técnica y funcional necesaria para la ejecución de actos de adquisición, disposición, adminis- tración y control de los bienes de propiedad estatal y en aplicación de lo establecido por el Artículo 15º del Decre- to Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal, es procedente disponer la correspondiente desafectación administrativa del predio descrito en el considerando precedente, a fin que se destine a la pro- moción del acceso a la propiedad privada de la vivienda; Que el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Su- perintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 179-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 26 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Disponer la asunción de titularidad a fa- vor del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, del inmueble denominado Lote 19 de la Manzana G-1 de la Urbanización Los Cedros de Villa - III Etapa, Sector IV, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, inscrito con un área de 1 882,10 m2, de conformidad con lo expuesto en el tercer y cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo 2º.- Declárese la desafectación administrativa del inmueble denominado Lote 19 de la Manzana G-1 de la Urbanización Los Cedros de Villa - III Etapa, Sector IV, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departa- mento, inscrito con un área de 1 882,10 m², que constitu- ye aporte reglamentario, a fin que se incorpore al domi- nio privado del Estado, para que se destine a la promo- ción del acceso a la propiedad privada de la vivienda. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, procederá a inscribir en el Registro de Propiedad Inmueble de Lima, la asunción de titularidad a favor del Estad o y la desafectación adminis- trativa dispuestas en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 11744JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 101-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 27 de junio de 2002 Visto el Expediente Nº 027-2002/SBN-JAR, mediante el cual se sustenta la asunción de titularidad a favor del Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales y posterior desafectación administrativa del inmueble denominado Parcela O Lote Nº 9-A de la Urba- nización Los Cedros de Villa, con un área registral de 16 380,00 m2, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, de propiedad del Estado en el ramo del Ministerio de Educación; CONSIDERANDO: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001- EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Naciona- les" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bie- nes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprove- chamiento económico de los bienes del Estado en armo- nía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanis- mos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC publicado el 20 de marzo de 2002, se constituyó la Comi- sión de Coordinación para facilitar la construcción de vi- viendas, con la finalidad de promover el acceso de la población a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, en mérito a lo establecido por el Artículo 3º del De- creto Supremo Nº 010-2002-MTC modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 013-2002-MTC, la Comisión de Coordinación ha identificado el inmueble denominado Par- cela O Lote Nº 9-A de la Urbanización Los Cedros de Villa, ubicado en el distrito de Chorrillos, provincia y departamen- to de Lima, inscrito con un área de 16 380,00 m2 en la Ficha Nº 312119, que continúa en la Partida Electrónica Nº 42151181 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor del Estado en el ramo del Ministerio de Educación y registrado en el Asiento Nº 6882 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, de acuerdo a lo solicitado por la Comisión de Coor- dinación, mediante Oficio Nº 422-2002-MTC/15.04 de fecha 23 de mayo de 2002 y Nº 837-2002-MTC/15.04 de fecha 25 de junio de 2002, y al amparo de lo establecido en el Artícu- lo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MTC, es procedente que el Estado representado por la Superintendencia de Bie- nes Nacionales asuma la titularidad del inmueble descrito en el tercer considerando de la presente Resolución; Que, el inmueble denominado Parcela O Manzana 9-A de la Urbanización Los Cedros de Villa, distrito de Chorri- llos, provincia y departamento de Lima constituye aporte reglamentario; Que, dentro del marco normativo regulado por el De- creto de Urgencia Nº 071-2001, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene autonomía económica, presu- puestal, financiera, técnica y funcional necesaria para la ejecución de actos de adquisición, disposición, adminis- tración y control de los bienes de propiedad estatal, por lo que en aplicación de lo establecido en el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal, es procedente disponer la correspondiente desafectación administrativa del predio descrito en el con- siderando precedente, a fin que se destine a la promoción del acceso a la propiedad privada de la vivienda; Que el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Su- perintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0178-2002/SBN-GO-J AR, de fecha 26 de junio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la asunción de titularidad a fa- vor del Estado, representado por la Superintendencia de