Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2002 (04/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 225846 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de julio de 2002 tura de fundido y la viscosidad. Tenemos por ejemplo: ftalato de dioctilo, ftalato de butil bencilo, parafinas cloradas, tributil fosfato, aceite de soya epoxidado, etc. 5.Cuero Sintético Agamuzado: Se define a la lámina de materia plástica microcelular (microporosa), con soporte de materia textil; en la cual la cara vista ha sido sometida a un corte superficial, produciendose el aspecto agamuzado. 6.Geomembrana: Barreras o revestimientos de mem- branas sintéticas de muy baja permeabilidad usadas con cualquier otro material de ingeniería geotécnica para controlar la migración de fluidos en un proyecto hecho por el hombre, estructura o sistema. 11830 Disponen el levantamiento de aplica- ción de gravamen adicional del 10% Ad Valorem CIF a productos originarios de Venezuela CIRCULAR Nº INTA-CR.48-2002 Callao, 2 de julio de 2002 Señor Intendente de Aduana Presente.- Asunto:Levantamiento de aplicación de gravamen adicional del 10% Ad/Valorem CIF a pro- ductos originarios de Venezuela Ref.:Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 De conformidad con el Facsímil Nº 205-2002-MITINCI/ VMINCI del Viceministro de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI, donde precisa la fecha del levantamiento de la sanción impuesta a cier- tos productos originarios y procedentes de Venezuela; y estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 0001322 de 16.DIC.99, sírvase tener presente y hacer de conoci- miento del personal de esa Intendencia lo siguiente: 1. Suspéndase a partir del 8 de mayo de 2002, la aplica- ción del gravamen adicional de 10% Ad Valorem CIF para los productos clasificados en las subpartidas nacionales 7208.39.00.00, 7209.16.00.00 y 7210.49.00.00, comunica- da con Circular Nº INTA-CR.39.2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de junio de 2002. En consecuencia, continúa desde el 8 de mayo de 2002 la aplicación de dicho gravamen para los productos comprendidos en las subpar- tidas nacionales 7214.20.00.00 y 8509.40.10.00. 2. Queda modificada conforme a lo expresado en el párrafo anterior, el numeral 3 de la Circular Nº INTA- CR.42.2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de junio de 2002. Atentamente, MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 11831 CONASEV Disponen inscripción de acciones repre- sentativas del capital social de Inmobiliaria Milenia S.A. en el Regis- tro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 018-2002-EF/94.45 Lima, 21 de junio de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2002/07014, así como el Informe Nº 037-2002-EF/94.45.2 de fecha 21 de junio de 2002, de la Gerencia de Mercados y Emisores;CONSIDERANDO: Que, INMOBILIARIA MILENIA S.A. se constituyó por Escritura Pública de fecha 4 de octubre de 2000 ante el Notario de Lima doctor Jorge Gonzales Loli y fue inscrita en la Partida Nº 11224973 del Registro de Personas Jurí- dicas de la Oficina Registral de Lima y Callao con fecha 27 de octubre del 2000; Que INMOBILIARIA MILENIA S.A. se constituyó con un capital de treinta y tres millones siete mil ciento vein- ticinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 33 007 125,00), re- presentado por treinta y tres millones siete mil ciento vein- ticinco (33 007 125) acciones de una misma clase, cada una con un valor nominal de uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,00), íntegramente suscritas y pagadas; Que, mediante acuerdo adoptado en la Junta General de Accionistas de INMOBILIARIA MILENIA S.A. de fecha 27 de marzo de 2002, se aprobó la inscripción de las acciones re- presentativas de capital social emitidas por la sociedad, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, INMOBILIARIA MILENIA S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima mediante comunicación presentada con fecha 15 de mayo de 2002, la inscripción de las ac- ciones representativas de su capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, la Bolsa de Valores de Lima mediante carta GL- 319/02 presentada el 7 de junio de 2002, comunicó a esta Comisión Nacional la decisión de admitir el listado de las acciones representativas del capital social de INMOBILIA- RIA MILENIA S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y eleva el expediente correspondiente; Que, en el presente caso INMOBILIARIA MILENIA S.A. ha cumplido con los requisitos por los Artículos 5º y 12º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aproba- do mediante Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10 pu- blicada en el Diario Oficial el 11 de septiembre de 1998; Que, el Artículo 16º del Reglamento del Registro Pú- blico del Mercado de Valores señala que luego de haber verificado los requisitos de inscripción la Bolsa debe re- mitir a esta Comisión Nacional el expediente de inscrip- ción del valor mobiliario para su inscripción en el Regis- tro Público del Mercado de Valores; Estando a lo dispuesto por el Reglamento del Regis- tro Público del Mercado de Valores aprobado por Resolu- ción CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, publicada en el Dia- rio Oficial el 14 de febrero de 1997 y a los acuerdos adoptados por el Directorio de esta Comisión Nacional en sesiones de fechas 6 de abril de 1999 y 18 de di- ciembre de 2000 que facultan a la Gerencia de Mercados y Emisores disponer la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los valores mobiliarios, pre- viamente emitidos y que serán negociados en meca- nismos centralizados de negociación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones representativas del capital social de INMOBI- LIARIA MILENIA S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mer- cado de Valores las acciones representativas del capital social de INMOBILIARIA MILENIA S.A. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a IN- MOBILIARIA MILENIA S.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SALAZAR MARÍN Gerente de Mercados y Emisores (e) 11806 FONAFE Designan Presidente del Directorio de la Empresa de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERÚ S.A. ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 024-2002/008-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Fi-