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Pág. 225853 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de julio de 2002 Recuperaciones mediante Resolución Nº 362-2001/SBN de fecha 11 de diciembre del 2001; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 176-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 25 de junio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el área y linderos del terreno de 34 830,00 m², ubicado a la altura del Km. 7,5 de la carretera Arequipa - Yura, distrito de Cerro Colorado, pro- vincia y departamento de Arequipa que corre inscrito en la Ficha Nº 01166927 del Registro de la Propiedad In- mueble de los Registros Públicos de Arequipa, por el área real de 34 327,03 m², según el plano y memoria descrip- tiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- Declarar la desafectación parcial a favor del Estado del área de 12 007,52 m², que forma parte del predio de 34 327,03 m², ubicado en el Km. 7,5 de la carretera Are- quipa-Yura del distrito de Cerro Colorado de la provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la Ficha Nº 01166927 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, que fuera afectado en uso mediante Resolución Suprema Nº 148-84- VC-5600, de fecha 9 de octubre de 1984, de acuerdo a la documentación técnica que sustenta la presente Resolución. Artículo 3º.- La Oficina de los Registros Públicos de Arequipa, procederá a inscribir la correspondiente rectifi- cación del área y linderos del inmueble así como la des- afectación parcial a favor del Estado en mérito a la pre- sente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 11739 Disponen primera inscripción de domi- nio a favor del Estado de terreno ubica- do en el distrito de Chaclacayo, provin- cia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 098-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de junio del 2002 Visto el Expediente Nº 033-2002/SBN-JAR correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a fa- vor del Estado del terreno de 319 172,31 m² ubicado en la zona denominada "Cerro Huascata", entre la Asociación de Vivienda Popular Primero de Noviembre, terrenos eriazos y terrenos de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprove- chamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizan- do su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su re- gistro, inscripción y fiscalización; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribe- reños son bienes de propiedad estatal, por lo que corres- ponde tramitar la primera inscripción de dominio del te- rreno de 319 172,31 m² ubicado en la zona denominada "Cerro Huascata", entre la Asociación de Vivienda Popu- lar Primero de Noviembre, terrenos eriazos y terrenos de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, de con- formidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, según Certificado de Búsqueda Catastral de fe- cha 1 de abril del año en curso, el Registro Predial Urba- no señala que de conformi dad con el Informe Técnico Nº 2214-2002-GR-OC-LIMA de fecha 21 de marzo del2002, el área de 33 6 082,95 m². que comprende el terre- no de 319 172,31 m² antes descrito, se encuentra dentro de un área donde no se aprecian inscripciones en dicho registro, encontrándose fuera de su jurisdicción; Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao, mediante Oficio Nº 1139-2002- OROC/GPI de fecha 23 de mayo del año en curso, señala que de conformidad con el Informe Técnico Nº 2322-2002- ORLC-GPI-SCAT de fecha 15 de mayo del 2002, el área de 336 082,95 m² se encuentra comprendida parcialmente en ámbito donde no se observa inscripción así como dentro del ámbito de la Comunidad Campesina de Collanac, pro- cediéndose por ello a determinar en gabinete que el área libre de inscripción es de 319 172,31 m²; Que, efectuada la inspección técnica el 12 de junio del año en curso, se ha determinado que el terreno es eriazo y de topografía accidentada; Que el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Super- intendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatu- ra de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera ins- tancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0159-2002/SBN-GO-JAR de f echa 17 de junio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 319 172,31 m² ubi- cado en la zona denominada "Cerro Huascata", entre la Asociación de Vivienda Popular Primero de Noviembre, terrenos eriazos y terrenos de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscrip- ción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 11740 Declaran desafectación de diversos in- muebles ubicados en la provincia de Lima para ser destinados al proceso de promoción de acceso a la propiedad privada de la vivienda JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 100-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 27 de junio de 2002 Visto el Expediente Nº 025-2002/SBN-JAR mediante el cual se sustenta la asunción de titularidad a favor del Estado y posterior desafectación administrativa del in- mueble denominado Lote 19 de la Manzana G-1 de la Urbanización Los Cedros de Villa - III Etapa, Sector IV, con un área registral de 1 882,10 m², ubicado en el distri- to de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, de propiedad del Ministerio de Educación; CONSIDERANDO: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001- EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Naciona- les" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bie- nes Nacionales, tiene como finalidad incentivar el apro- vechamiento económico de los bienes del Estado en ar- monía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanis- mos para su regis tro, inscripción y fiscalización; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC publicado el 20 de marzo de 2002, se constituyó la Comi-