Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2002 (09/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 226064

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2002

mo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante OSINERG) y el Informe de la Asesoria Legal Interna OSINERG-GART-AL-2002-054 de la GART; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) igual a 0,9533 aplicable al VADMT y VADBT de los sistemas electricos de MORDAZA y Sullana-El Arenal-Paita pertenecientes a la Empresa ELECTRONOROESTE vigente desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion, hasta el 30 de MORDAZA de 2003. Articulo 2º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina web de OSINERG. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 12105

REGLAMENTO DEL REGIMEN ESPECIAL TEMPORAL PARA EL SANEAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS, RESTE Articulo 1º.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento se entendera por: a) Ordenanza: La Ordenanza Nº 386 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de MORDAZA de 2002. b) RESTE: El Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias. c) SAT: Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima. d) Deuda Tributaria: Deudas provenientes de cualquier tributo o multa tributaria generada hasta el 31 de diciembre de 2001 y administrada por el Servicio de Administracion Tributaria. e) Deuda No tributaria: Deudas por infracciones a las disposiciones en materia de MORDAZA, transporte MORDAZA y multas administrativas impuestas al 31 de diciembre de 2001, contempladas en las normas legales correspondientes. f) Solicitud de fraccionamiento: Formato proporcionado por la Administracion al deudor para que comunique su intencion de fraccionar el pago de las deudas indicadas en el. g) Interes moratorio: Importe en nuevos soles resultante de la aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 33º del Codigo Tributario. Articulo 2º.- Deuda materia de acogimiento Podran acogerse al RESTE las deudas tributarias y no tributarias cuyo acreedor sea la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, generadas al 31 de diciembre de 2001 y administradas por el SAT en cualquier estado en que se encuentren. Las cuotas de convenios de fraccionamiento vigentes y las deudas originadas por fraccionamientos cuya perdida MORDAZA sido declarada, podran acogerse al RESTE de acuerdo al procedimiento establecido en el presente Reglamento. Articulo 3º.- Sujetos comprendidos Podran acogerse al RESTE las personas naturales y las personas juridicas de derecho privado no estatales que mantengan deudas comprendidas en el Articulo 1º de la Ordenanza. Las comunidades de bienes, patrimonios, sucesiones indivisas, fideicomisos, sociedades de hecho, sociedades conyugales u otros entes colectivos podran acogerse bajo las condiciones establecidas para las personas juridicas de derecho privado no estatales. Articulo 4º.- Acogimiento y efectos sobre las deudas tributarias y no tributarias La deuda materia de acogimiento podra pagarse al contado o en forma fraccionada. En cualquier caso, el acogimiento al RESTE implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria o no tributaria. Segun la opcion elegida en el Articulo 4º de la Ordenanza, el acogimiento al RESTE extingue o reduce los intereses moratorios, reajustes, gastos y costas, y derechos de emision que se hayan generado hasta el 6 de MORDAZA de 2002 por concepto de deudas tributarias y no tributarias. A partir del 7 de MORDAZA de 2002 se computara un MORDAZA interes moratorio. Transcurridas la fechas de acogimiento establecidas en el Articulo 4º de la Ordenanza, las deudas no acogidas retomaran su condicion original. Articulo 5º.- Acogimiento mediante pago al contado El acogimiento mediante pago al contado se realizara en forma automatica de acuerdo a lo establecido en el inciso a) de los numerales 1 y 2 del Articulo 4º de la Ordenanza, directamente en las agencias bancarias autorizadas indicando el numero de cuenta corriente que corresponda a la deuda. En este caso, el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento. Articulo 6º.- Acogimiento mediante pago fraccionado El acogimiento mediante pago fraccionado se realizara a traves de la MORDAZA de la solicitud de fraccionamiento en los Departamentos de Servicios del SAT. En

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban "Reglamento del Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE"
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000010 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 386 se establece un Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE, cuyo acreedor es la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, generadas hasta el 31 de diciembre de 2001 y administradas por el Servicio de Administracion Tributaria, SAT; Que, en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza en mencion se faculta al SAT a dictar las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la misma; Que, con la finalidad de brindar un servicio adecuado a los contribuyentes, responsables, infractores y deudores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es conveniente que se establezcan los criterios generales y formalidades necesarias para facilitarles el acogimiento al Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias; Estando a lo dispuesto en el literal d) del Articulo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebase el "Reglamento del Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria - SAT

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.