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Pág. 226055 NORMAS LEGALES Lima, martes 9 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el citado Decreto Supremo las Oficinas Descentralizadas del Ministerio de Relacio- nes Exteriores funcionarán, en una primera etapa, en las ciudades de Piura, Iquitos, Puno y Tacna; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores viene efec- tuando un conjunto de actividades a fin de implementar las referidas Oficinas Descentralizadas en los plazos pre- vistos; Que es necesario nombrar al Director Regional de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Ex- teriores en la ciudad de Piura; De conformidad con el Artículo 7º del Decreto Legisla- tivo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; y la Resolución Ministerial Nº 0579-2002-RE, de 5 de junio de 2002; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Arturo Jarama Al- ván, como Director Regional de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura, a partir de la fecha. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 12131 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan magistrado suplente del Quin- to Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 209-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, tres de julio del dos mil dos. VISTA: La Resolución Administrativa número doscientos sie- te-dos mil dos-P-CSJCN/PJ de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de Vista, esta Presidencia resolvió aceptar la renuncia formulada por el señor doctor Samuel Walter Romero Aparco, Juez Suplente del Quinto Juzgado Civil, a partir del día de la fecha; En razón a lo expuesto, por el día de hoy tres de julio, se encargó el Despacho del citado Órgano Jurisdiccional, a la señora doctora Hilda Huerta Ríos, Juez Suplente del Octavo Juzgado Civil; Estando a lo expuesto, con la finalidad de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales, re- sulta necesario tomar las medidas administrativas perti- nentes, designando a un Magistrado Suplente para que se haga cargo del citado Órgano Jurisdiccional, a partir del día cuatro de julio del año en curso; Por ello, esta Presidencia como máxima autoridad ad- ministrativa de este Distrito Judicial, ha creído convenien-te designar al doctor Gastón Alejandro Adrianzen García, quien además de reunir los requisitos establecidos en el Artículo ciento ochenta de la Ley Orgánica del Poder Ju- dicial, es egresado del Cuarto Curso - Curso Especial de Preparación de Aspirantes al Primer Nivel de Magistra- dos del Poder Judicial y del Ministerio Público, de la Aca- demia de la Magistratura (PROFA), y anteriormente ha ejercido la Magistratura en esta Corte Superior de Justi- cia; Por cuyos fundamentos y en uso de las facultades con- feridas al suscrito por el Artículo noventa, incisos tercero y noveno, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presi- dencia; RESUELVE: Primero.- DESIGNAR, a partir del día cuatro de julio del año en curso, al doctor GASTÓN ALEJANDRO ADRIANZEN GARCÍA, como Juez Suplente del Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de esta Corte Superior de Justicia. Segundo.- Poner la presente resolución en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presi- dencia de la Corte Suprema de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Supervisión de Personal, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administración Distrital. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MANUEL JESÚS MIRANDA CANALES Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima 12095 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO Aprueban Directiva sobre Neutralidad de Funcionarios y Servidores de la De- fensoría del Pueblo durante el Proceso Electoral 2002 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 020-2002/DP Lima, 8 de julio de 2002 VISTO: El proyecto de Directiva sobre Neutralidad de Funcio- narios y Servidores de la Defensoría del Pueblo durante el Proceso Electoral 2002, elaborado por la Adjuntía en Asuntos Constitucionales. CONSIDERANDO: Primero.- Competencia de la Defensoría del Pue- blo en materia de supervisión electoral. La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo encar- gado de la defensa de los derechos constitucionales y fun- damentales de la persona y la comunidad, de la supervi- sión de los deberes de la administración estatal y la pres- tación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 162º de la Constitución. En tal medida, constituye una función inherente al man- dato constitucional de la Defensoría del Pueblo, supervi- sar el desempeño de las distintas instituciones públicas involucradas en un proceso electoral, a fin de propiciar un ejercicio libre y competitivo de los derechos políticos de las personas. Ello implica garantizar a los ciudadanos y ciudadanas que sus votos y candidaturas serán tratados con transparencia, neutralidad y equidad. Así se ha ejer- cido la función de supervisión electoral defensorial duran- te los comicios municipales de octubre de 1998 y julio de 1999, en circunscripciones con población en situación de indefensión; así como en las elecciones generales de los años 2000 y 2001.