Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2002 (14/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO PCM
Declaran en estado de emergencia los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 069-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, desde inicios del presente mes se vienen produciendo bajas temperaturas y nevadas (friajes) en los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Puno; Que, como consecuencia de los friajes se han causado danos personales a la salud de las personas y perdida de vidas humanas; asi como, de ganado y areas de sembrio; Que, la magnitud de los danos ocasionados amerita la adopcion de acciones para contrarrestar las consecuencias del desastre natural ocurrido en los departamentos del MORDAZA, a traves de las dependencias, instituciones y organismos del Estado comprometidos con las operaciones de emergencia; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y las demas Instituciones y Organismos del Gobierno Central requieren de la coordinacion administrativa y de los medios necesarios para ejecutar oportunamente las acciones de emergencia y rehabilitacion que demanda la ayuda oportuna a la poblacion damnificada y las diversas infraestructuras afectadas; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 137º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0582001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase en estado de emergencia, por desastre natural, por el plazo de treinta (30) dias, los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Puno. Articulo 2º.- Las Instituciones Publicas, Organismos del Estado y Gobiernos Locales vinculados a las operaciones de emergencia estan obligados a brindar ayuda a las personas damnificadas y realizar las acciones de rehabilitacion de los servicios publicos y de la infraestructura productiva. Articulo 3º.- Exonerase durante el plazo indicado en el Articulo 1º, al Instituto Nacional de Defensa Civil, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Educacion, Ministerio de Salud, Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano, del requisito de Licitacion Publica y Concurso Publico de Precios y autorizase la adquisicion de los bienes y servicios que se destinen exclusivamente para la atencion de la poblacion damnificada y zonas de emergencia, de acuerdo a las normas sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera puesto en conocimiento de la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica y Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 12632

Encargan la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 306-2002-PCM MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, Dr. MORDAZA MORDAZA, viajara del 14 al 16 de MORDAZA del presente ano a la MORDAZA de Seattle, Estados Unidos de MORDAZA, habiendose encargado el Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo; Que en consecuencia es necesario encargar las funciones del Despacho de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al senor MORDAZA MORDAZA Rossello, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a partir del 14 de MORDAZA del presente ano, y en tanto dure el impedimento de su titular. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 12633 RESOLUCION SUPREMA Nº 307-2002-PCM MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el senor Lic. MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, viajara a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, del 16 al 21 de MORDAZA del ano en curso, en mision oficial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y Ley Nº 27779; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al senor MORDAZA MORDAZA Rossello, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a partir del 16 de MORDAZA del 2002 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 12634

Aprueban Codigo de Etica de la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 253-2002-PCM MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros requiere establecer normas de conducta funcional que susten-

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