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Pág. 226769 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de julio de 2002 diente, la misma que deberá ser publicada en la pági- na web de la entidad; De conformidad con el inciso h) del Artículo 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y con el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; y con el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de los procesos de selección por adjudicación directa, para contratar los servicios personalísimos necesarios para atender la visi- ta oficial de altos dignatarios y personalidades asisten- tes a la suscripción del "Acuerdo Nacional" a realizarse el 22 de julio de 2002, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del Artículo 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- Autorizar la contratación de los servi- cios personalísimos, necesarios para atender el evento a que hace referencia el artículo anterior mediante proce- sos de selección por Adjudicación de Menor Cuantía, por un monto referencial de US$ 34 500,00 (Treinta y Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Dólares Americanos), importe que incluye los impuestos de Ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial, así como los informes técnico y legal que sustentan dicha exoneración, serán remitidos a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- Autorizar las contrataciones de servicios necesarios para atender la visita de altos dignatarios y personalidades asistentes a la suscripción del "Acuerdo Nacional", en el marco de lo establecido en el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, que aprueba las medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, toda vez que los montos de contratación superan las tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 13033 Enmienda al Plan de Operaciones del Proyecto Nº PERU-6240 "Promoción del Desarrollo Sustentable de Microcuen- cas Altoandinas" (El Decreto Supremo de la referencia fue publicado en la edición del día 13 de julio de 2002, en la página 226343) ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 073-2002-RE ENMIENDA AL PLAN DE OPERACIONES DEL PROYECTO Nº PERU-6240 "PROMOCIÓN DEL DESARROLLO SUSTENTABLE DE MICROCUENCAS ALTOANDINAS" Considerando que el Gobierno peruano y el Progra- ma Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas (PMA), han suscrito el 11 de julio de 2000 un acuerdo sobre el Plan de Operaciones para la Ejecución del Proyecto Nº PERU-6240 "Promoción del Desarrollo Sustentable de Mi- crocuencas Altoandinas". Considerando, que es necesario optimizar la ejecu- ción de las obras de infraestructura educativa asignandoArtículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la citada reunión, el men- cionado funcionario deberá presentar un informe de las acciones realizadas, durante el viaje autorizado, ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da de- recho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 13032 Autorizan contratación de servicios personalísimos para atender visita de dignatarios asistentes a la suscripción del "Acuerdo Nacional" mediante adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0765-2002-RE Lima, 19 de julio de 2002 Vistos, los informes técnico y legal, elaborados me- diante Memorándum (SAD-DGA-LOG) Nº 254 y Memo- rándum (LEG) Nº 841 por el Departamento de Logística y por la Oficina de Asuntos Legales, respectivamente, referidos a la exoneración de los procesos de selección por adjudicación directa, para contratar por servicios per- sonalísimos los servicios requeridos para atender la visi- ta de altos dignatarios y personalidades que concurrirán a la suscripción del "Acuerdo Nacional", en virtud a la invitación efectuada por el Gobierno Peruano; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación oficial, el Presidente Constitucional de la República del Perú, extendió invita- ción a diferentes Jefes de Estado y delegaciones oficia- les, para que visiten el Perú con ocasión de la suscrip- ción del "Acuerdo Nacional", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, el próximo 22 de julio del presente año; Que, el "Acuerdo Nacional" representa un compromi- so formal de las fuerzas políticas del país, así como tam- bién garantiza a la comunidad internacional la perma- nencia de las Políticas de Estado a largo plazo, por lo que es conveniente otorgar el nivel más alto de atención y representación que caracteriza a la gestión exterior del Perú; Que, en el marco del referido evento, se hace necesa- rio contratar los servicios de alojamiento, cenas y alqui- ler de vehículos, entre otros rubros; los que por la natura- leza de la referida visita oficial, requieren altos estánda- res de calidad, especialidad y de seguridad, con el fin de garantizar un eficaz, eficiente y oportuno servicio; Que, la contratación de los servicios requeridos para atender la visita de altos dignatarios y personalidades deberá exonerarse de los procesos de selección por ad- judicación directa, mediante servicios personalísimos, de conformidad con el inciso h) del Artículo 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, que aprueba medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, establece que las adquisiciones de bienes y ser- vicios que efectúen las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que superen las tres (3) Unidades Im- positivas Tributarias (UIT), deberán ser autorizadas por el Titular de la Entidad mediante resolución correspon-