Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2002 (21/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de MORDAZA de 2002

JNE
Declaran que regidora del Concejo Provincial de Condorcanqui continua en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 250-2002-JNE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 Visto el escrito remitido por los ciudadanos MORDAZA Jempes Esash, Pepe Jempes Dusip y MORDAZA Samekash Jaamach, solicitando la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA Timias Dawesh en el Concejo Provincial de Condorcanqui, departamento de Amazonas; y los escritos remitidos por el MORDAZA MORDAZA Nugkuag Ikanan comunicando la vacancia de la citada Regidora; CONSIDERANDO: Que el Concejo Provincial de Condorcanqui en sesion ordinaria de fecha 9 de MORDAZA de 2002, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de miembros, cinco votos a favor y un MORDAZA en contra, de un total de ocho integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA Timias Dawesh, por inasistencia injustificada a las sesiones de Concejo del 21 y 24 de agosto, 5, 8, 11 y 14 de setiembre del ano 2000, conforme aparece de fojas 19 a 21; siendo ratificada dicha vacancia por Acuerdo de Concejo Nº 004-2002-MPC del 9 de MORDAZA de 2002, segun se aprecia a fojas 16; Que por Oficio Nº 1773-2002-SG/JNE de fecha 7 de junio de 2002, se requirio al MORDAZA del Concejo Provincial de Condorcanqui, cumpla con remitir los documentos pertinentes que acrediten que se cursaron a la Regidora vacada las notificaciones a las sesiones de Concejo MORDAZA mencionadas; advirtiendose que incumplio lo ordenado por este Supremo Organo Electoral; Que del analisis de autos, se establece que no se cito a la Regidora MORDAZA Timias Dawesh a las sesiones de Concejo de fechas 21 y 24 de agosto, 5, 8, 11 y 14 de setiembre del ano 2000, en contraposicion con lo dispuesto por el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que establece que las convocatorias son notificadas por escrito a los interesados y publicadas en un lugar visible del local municipal, formalidad cuyo cumplimiento no se ha demostrado en autos; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo el Acuerdo adoptado en sesion de fecha 9 de MORDAZA de 2002 y el Acuerdo de Concejo Nº 004-2002-MPC, del Concejo Provincial de Condorcanqui, departamento de Amazonas, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de Regidora que ejerce MORDAZA Timias Dawesh en el citado municipio, por no ser conformes a ley. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA Timias Dawesh continua ejerciendo el cargo de Regidora del Concejo Provincial de Condorcanqui. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12996

Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Uchumayo
RESOLUCION Nº 251-2002-JNE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2002 Visto, el Expediente Nº 389-2002 sobre declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de MORDAZA, por existir en su contra condena por delito doloso, presentado el 28 de MORDAZA del 2002 por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del citado concejo; CONSIDERANDO: Que, de fojas 13 a 16, obra la MORDAZA certificada de la sentencia de fecha 19 de diciembre del 2001, por la cual el Juez del MORDAZA Juzgado de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como autor de la comision del delito de usurpacion de funciones, imponiendole cuatro anos de pena privativa de MORDAZA con el caracter de suspendida en su ejecucion por el termino de tres anos; inhabilitandosele en el cargo de Regidor de la Municipalidad Distrital de Uchumayo por el termino de dos anos; fallo confirmado por sentencia de vista del 1 de MORDAZA del 2002, de la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que corre en MORDAZA certificada a fojas 18 y 19; Que, de la MORDAZA certificada del acta de sesion ordinaria de fecha 30 de MORDAZA del 2002, consta el acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de Uchumayo con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, de la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por existir en su contra condena por delito doloso; Que, como esta previsto en el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, no pueden desempenar los cargos de MORDAZA y Regidor los que hayan sufrido condena por delito doloso, siendo causal de vacancia prevista en el numeral 3) del Articulo 26º de la acotada MORDAZA, causal en la que ha incurrido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA segun las resoluciones judiciales MORDAZA anotadas; Que, segun lo dispone el Articulo 28º numeral 2) de la Ley Nº 23853 y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los Concejos Municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final y que MORDAZA figurado en la misma lista que integro el Regidor que produjo la vacante, esto es, de la Lista Independiente "Somos la Integracion de Uchumayo"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Lista Independiente "Somos la Integracion de Uchumayo", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinez. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12997

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