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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2002 (25/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 80

Pág. 227086 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de julio de 2002 ejerza sus funciones durante el segundo semestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 13166 OSITRAN Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 010-2002-PD-OSITRAN Lima, 1 de julio de 2002 VISTO: El Informe Nº 015-A-02-GAF-OSITRAN, de la Geren- cia de Administración y Finanzas de fecha 28 de junio de 2002. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 279-92-02-CD-OSITRAN de fecha 23 de mayo de 2002, el Consejo Directivo apro- bó la modificación del Presupuesto Institucional de Aper- tura de OSITRAN correspondiente al ejercicio 2002, considerando las reformulaciones de las partidas de Egre- sos de Operación y la de Gastos de Capital; Que, el numeral 3 del Artículo 7º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual considerará todas las adquisiciones y contrataciones que se realizarán en el año fiscal; Que, el último párrafo del numeral 4 del Artículo 7º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, las licitaciones, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxi- ma autoridad administrativa de la Entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 52º del Reglamento General del OSITRAN, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM, el titular del pliego presupuestario es el Presidente del Consejo Directivo; Que, la Presidencia del Consejo Directivo de OSITRAN considera necesario aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2002, el mismo que con- tiene la adquisición de bienes y servicios a través de pro- cesos de adjudicación directa y de menor cuantía con recursos propios; De conformidad con lo establecido en el Artículo 52º del Reglamento General del OSITRAN; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Trans- porte de Uso Público - OSITRAN, correspondiente al ejer- cicio presupuestal del año 2002, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de la presente Resolución.Artículo Tercero.- Disponer que la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución, se informe al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábi- les siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que, las inclusiones y ex- clusiones de los procesos de selección se comuniquen a la Comisión de Promoción de la Pequeña Empresa- PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes de emitida la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer que el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones a que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución se ponga a disposi- ción del público en la Gerencia de Administración y Fi- nanzas y en la página Web de OSITRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente 13151 SUNAT Nombran Ejecutor Coactivo de la Inten- dencia Regional Cusco RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 092-2002/SUNAT Lima, 24 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 036-2001/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva en la In- tendencia Regional Cusco, a la abogada señorita Fanny Amparo Arredondo Bocángel; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto di- cho nombramiento y efectuar, a fin de garantizar el nor- mal funcionamiento de la cobranza coactiva en dicho Órgano Descentralizado, el nombramiento de un Ejecu- tor Coactivo; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los abogados para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la décimo cuarta disposición final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario establece que lo dis- puesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso m) del Artí- culo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SU- NAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto el nombramiento de la abogada señorita, Fanny Amparo Arredondo Bocángel; como Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Cus- co, efectuado mediante Resolución de Superintendencia Nº 036-2001/SUNAT. Artículo 2º.- Nombrar como Ejecutor Coactivo, en- cargado de la gestión de cobranza coactiva de la Inten- dencia Regional Cusco, al abogado Sr. Eladio Vladimiro León Pino Mena. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 13275