Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2002 (27/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de MORDAZA de 2002

titucional y las que competan la difusion y cumplimiento del mismo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13534

ocupados o de aquellos ocupados o conducidos por terceros, bajo cualquier titulo. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario adquirira la calidad de sujeto pasivo el poseedor del predio. Articulo 5º.- DEFINICION DEL PREDIO Para efectos de la ampliacion de la presente Ordenanza, se entiende por predio a toda vivienda o unidad habitacional, local, oficina o terreno. Articulo 6º.- PERIODICIDAD Y DETERMINACION El arbitrio del servicio de Limpieza Publica es de periodicidad y de terminacion mensual. La Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA emitira los recibos de cobranza en forma semestral. Articulo 7º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACION La fecha del vencimiento de pagos es el ultimo dia habil de cada mes. Articulo 8º.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos al Arbitrio de Limpieza Publica, los predios de propiedad de: · Los Locales y Dependencias del gobierno municipal y la Comisaria del distrito. · El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. · Las entidades religiosas, reconocidas por el Estado, que MORDAZA destinadas a conventos, monasterios, museos y fines similares. Articulo 9º.- EXONERACIONES Las exoneraciones genericas de tributos otorgados o que se otorguen no comprenden el arbitrio regulado en la presente Ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones debera ser expreso. Articulo 10º.- JUSTIFICACION TECNICA DE LA DETERMINACION De acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley Nº 26725, los importes aprobados en la presente Ordenanza tienen como justificacion, la estructura de costos del servicio de Limpieza Publica conforme se detalla en el Anexo Nº 01 que forman parte integrante de este dispositivo. Articulo 11º.- CRITERIOS DE DETERMINACION Para determinar los arbitrios regulados por la presente Ordenanza se ha tomado en consideracion el costo de los servicios, estableciendose los usos de los predios y categorias senaladas en los Anexos Nºs. 02, 03, 04, 05, 06, 07 y 08; que forman parte integrante de la presente Ordenanza, adaptandose los criterios siguientes: a) El valor determinado en la Declaracion Jurada de autovaluo, tratandose de MORDAZA habitacion (Anexo Nº 02) y predios de usos Comercial e Industrial - MORDAZA MORDAZA (Anexo Nº 03). b) El valor determinado en la declaracion del autovaluo tratandose de predio industrial y comercial en el MORDAZA Industrial de VES (Anexo Nº 04). c) Capacidad de atencion en la MORDAZA de playa con la respectiva infraestructura, equipamiento y categorias senaladas en el Anexo Nº 05. d) Cantidad de puestos de venta en los centros de abasto, mercados, MORDAZA feriales y similares (Anexo Nº 06) e) Poblacion estudiantil tratandose de los centros educativos, por guardar relacion directa con el volumen de produccion de desperdicios. En el caso de los Centros Educativos Estatales se considera los subsidios senalados en los MORDAZA anexos respectivos (Anexo Nº 07). f) Capacidad de atencion a los pacientes, infraestructura, equipamiento y categorias senaladas en el Anexo Nº 08. Para estos casos se han establecido tarifas sociales (Subsidiadas) segun la categoria respectiva senalada. Articulo 12º.- INCORPORACIONDE NUEVAS UNIDADES HABITACIONALES Incorporar nuevas unidades habitacionales existentes dentro de un mismo predio, comerciales recreacionales y/ o servicios varios. La tarifa por Arbitrio de Limpieza Publica se aplicara como un predio adicional, previa ubicacion y determinacion.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban regimen tributario del arbitrio de limpieza publica
ORDENANZA Nº 036-2002-MVES MORDAZA El MORDAZA, 30 de marzo del 2002 Visto: En Sesion de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comision de Administracion y Finanzas; POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de Concejo del 30 de marzo del 2002; CONSIDERANDO: Que, la crisis economica existente en nuestro MORDAZA dificulta que los contribuyentes cumplan con el pago de sus tributos ante la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, motivo por el cual es necesario brindar las facilidades del caso con la finalidad de que los deudores puedan cumplir con dichos pagos correspondientes a los Arbitrios de Limpieza Publica; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, en el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Codigo Tributario, los Gobiernos Locales, tienen autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, asi tambien pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 13599-EF, en su Articulo 41º, establece que la deuda solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley y que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio respecto al Impuesto Predial; Que, habiendose detectado una elevada evasion tributaria de anos anteriores y del ano en curso, se hace necesario atender estos pedidos mediante una Amnistia Tributaria y Administrativa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con el MORDAZA Mayoritario, el Concejo Municipal expide la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION Por la presente Ordenanza, se establece en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA el MORDAZA legal del Regimen Tributario del Arbitrio de Limpieza Publica. Articulo 2º.- DEFINICION El Arbitrio de Limpieza Publica es la tasa por el servicio de recoleccion, transporte, transferencia y disposicion final en el relleno sanitario. Articulo 3º.- CONDICION DE CONTRIBUYENTE La obligacion de pagar el Arbitrio de Limpieza Publica, nace el primer dia de cada mes; en caso de transferencia del predio la obligacion nace el primer dia del mes siguiente de la transferencia. Articulo 4º.- SUJETOS PASIVOS Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes del arbitrio regulado por la presente Ordenanza: Los propietarios de los predios cuando los habiten - desarrollen actividades en ellos, o de los predios que se encuentren des-

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