TEXTO PAGINA: 39
Pág. 227253 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de julio de 2002 Programa de Transferencias Externas (En Nuevos Soles) Empresas Aportantes Edelnor Luz del Sur Fecha Límite de Transferencia 15/09/02 15/10/02 15/11/02 15/09/02 15/10/02 15/11/02 Edecañete 2 500 2 514 2 530 4 053 4 074 4 099 Electro Oriente 167 170 168 534 169 894 270 956 273 067 275 213 Electro Puno 118 265 118 630 118 497 191 688 192 209 191 954 Electro Sur Este 53 212 53 125 53 084 86 248 86 075 85 992 Electro Tocache 49 44 38 80 71 61 Electro Ucayali 47 789 48 170 48 549 77 458 78 047 78 645 Electrocentro 146 062 146 129 146 187 236 743 236 764 236 810 Empresas Electronoroeste 59 708 60 146 60 592 96 777 97 452 98 153 Receptoras Electronorte 61 069 61 383 61 709 98 982 99 456 99 962 Electrosur 5 749 5 724 5 704 9 318 9 274 9 240 Emsemsa 2 612 2 614 2 615 4 234 4 235 4 236 Emseusa 4 748 4 693 4 639 7 696 7 605 7 514 Hidrandina 103 423 102 754 102 105 167 632 166 486 165 401 Sersa 3 811 3 814 3 817 6 176 6 179 6 183 Chavimochic 3 229 3 299 3 369 5 234 5 345 5 457 Electro Pangoa 738 741 742 1 196 1 201 1 201 Egepsa 2 474 2 504 2 534 4 011 4 058 4 105 Adinelsa 4 141 4 220 4 300 6 712 6 838 6 965 Empresas Aportantes Electro Sur Medio Coelvisa Fecha Límite de Transferencia 15/09/02 15/10/02 15/11/02 15/09/02 15/10/02 15/11/02 Empresas Receptoras Electro Sur Este 50 658 50 848 50 984 9 817 10 094 10 374 Empresas Aportantes Seal Fecha Límite de Transferencia 15/09/02 15/10/02 15/11/02 Empresas Receptoras Electro Sur Este 1 711 1 835 1 900 Artículo 3 °.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la página web de OSINERG. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERG 13527 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Afectan en uso predio ubicado en el distrito de Magdalena del Mar, provin- cia de Lima, a favor del Ministerio del Interior - PNP JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 052-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 17 de julio del 2002 Visto el Expediente Nº 05586-98, por el cual el Ministe- rio del Interior - Policía Nacional del Perú, solicita la afecta- ción en uso del predio de 753,00 m², ubicado con frente a la calle Moore Nº 268, distrito de Magdalena del Mar, pro- vincia y departamento de Lima, para que lo destine al fun- cionamiento de la sede de la Policía de Turismo y Ecología - DIPOLTURE; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la Superintendencia de Bienes Nacionales, tiene como finali- dad incentivar el aprovechamiento económico de los bie- nes del Estado en armonía con el interés social, promo- viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y es- tableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fis- calización de los bienes de propiedad estatal; Que, el Estado es propietario del predio de 753,00 m², situado frente a la calle Moore Nº 268, distrito de Magdale- na del Mar, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11069798 del Registro de la Propiedad In- mueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 286 del Siste- ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal -SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 1541-2002-IN-0601 de fecha 9 de julio de 2002, el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General, solicita la afectación en uso descrito en el párrafo anterior, a favor de la Policía Nacional del Perú - Dirección de Policía de Turismo y Ecología; Que, realizada la inspección técnica por la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales, se constató que el predio viene siendo usado como sede de la Dirección de Policía de Turismo y Ecología - DIPOLTURE; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria estatal, se otorgan a favor de las entidades del Sector Pú- blico Nacional y se aprueban mediante Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 87º del Decreto Supremo