Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2002 (31/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 227432 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de julio de 2002 6.DOCUMENTAC IÓN REQUERIDA PARA LA CERTIFICACIÓN PARTE II: AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO PARA UN CENTRO DE INSTRUCCIÓN / ESCUELA DE AVIA- CIÓN 1.REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE UNA AUTORIZA- CIÓN DE FUNCIONAMIENTO COMO CENTRO DE INSTRUC- CIÓN / ESCUELA DE AVIACIÓN 2.REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE UNA AUTORIZA- CIÓN DE FUNCIONAMIENTO COMO CENTRO DE INSTRUC- CIÓN / ESCUELA DE AVIACIÓN 3.FASES DEL PROCEDIMIENTO DE UNA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO COMO CENTRO DE INSTRUCCIÓN / ESCUELA DE AVIACIÓN CONTENIDO DE LOS APÉNDICES - PARTE I Apéndice 1 Modelo de Carta de Solicitud de Certificación Apéndice 2 Documento de Intento de Certificación Operacio- nal (DICO) Apéndice 3 Formatos de Lista de Verificación Apéndice 4 Cronograma de Eventos Apéndice 5 Formatos de Estados Financieros Apéndice 6 Modelo de Acta de Reunión Apéndice 7 Carta de Cumplimiento Apéndice 8 Estructura Básica del Manual General de Instruc- ción PREAMBULO El Certificado de Centro de Instrucción / Escuela de Aviación y la Autorización de Funcionamiento constitu- yen un requisito indispensable para que una persona natural o jurídica pueda realizar las actividades como Centro de Instrucción / Escuela de Aviación Certificado por la DGAC, de acuerdo a las Especificaciones de En- trenamiento. Para acceder al Certificado de Centro de Instrucción / Escuela de Aviación, el interesado deberá demostrar Ca- pacidad Económico - Financiera y Capacidad Técnica (Parte I, de la presente Guía). Para acceder a la Autorización de Funcionamiento, el interesado deberá cumplir con los requisitos estipulados en la Parte II de la presente Guía. El Certificado de Centro de Instrucción / Escuela de Aviación tiene una vigencia indefinida, salvo suspensión, revocación o cancelación por razones plenamente justifi- cadas. La Autorización de Funcionamiento tiene una vigen- cia de hasta cuatro (4) años. Durante o después del Proceso de Certificación, la DGAC se encuentra facultada para exigir la adecuación de los usuarios a nuevas Normas Técnicas o Administra- tivas que se establezcan a futuro. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Aprobado: Acto por el cual, previo estudio, análisis, y/o revisión, la DGAC le autoriza su uso o empleo. DGAC: Dirección General de Aeronáutica Civil. DICO: Documento de Intento de Certificación Opera- cional. DSA: Dirección de Seguridad Aérea. JPC: Jefe del Proceso de Certificación. MIA: Manual del Inspector de Aeronavegabilidad. MIO: Manual del Inspector de Operaciones. MTC: Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Operador: Organización que brinda Instrucción y En- trenamiento Aeronáutico en virtud a las Partes 141,142 ó 147 de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú. RAP: Regulaciones Aeronáuticas del Perú. TUPA: Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos. PARTE I: CERTIFICACION DE CENTROS DE INS- TRUCCIÓN / ESCUELAS DE AVIACIÓN 1. PROPOSITO El propósito de esta Guía es el de describir el proce- so básico para la obtención de un Certificado de Centro de Instrucción / Escuela de Aviación bajo la RAP 141,142 ó 1 47; con la finalidad de brindar Instrucción y En- trenamiento Aeronáutico. Tipos de Certificación, de acuerdo a la Parte corres- pondiente: • RAP 141 Escuela de Pilotos • RAP 142 Centro de Entrenamiento • RAP 147 Centro de Instrucción de Técnicos de Mantenimiento Durante las reuniones con el personal de la DSA, se impartirán las instrucciones previas detallando lo nece- sario con respecto a los programas de instrucción, la pre- paración de manuales y otros documentos. 2. NORMAS DE REFERENCIA • Ley de Aeronáutica Civil Nº 27261 y su Reglamento (D.S. Nº 050-2001-MTC) • RAP 141, 142 y/o 147 • Anexo 1 de OACI Licencias al Personal 3. MATERIAL DE LECTURA DE REFERENCIA • Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil y su Regla- mento • Guía del Usuario Nº 06: Certificación de Centros de Instrucción / Escuelas de Aviación • RAP 61 Certificación de Pilotos e Instructores de Vuelo • RAP 63 Licencias de Tripulantes de Vuelo y Otros que no sean Pilotos • RAP 65 Certificado/Licencia de Personal de Mante- nimiento No Tripulante • RAP 91 Reglamento de Vuelo y Operaciones • RAP 141 Escuela de Pilotos • RAP 142 Centros de Entrenamiento • RAP 143 Instructores de Tierra • RAP 147 Centros de Instrucción de Técnicos de Man- tenimiento • Anexo 1 de OACI: Licencias al Personal • Partes aplicables de los Manuales del Inspector de Operaciones (MIO) y del Inspector de Aeronavegabilidad (MIA). • Doc. 9401-AN/921 de OACI, Manual referente a la creación y funcionamiento de Centros de Instrucción Aeronáutica. 4. ANTECEDENTES Los puntos mencionados a continuación resumen los antecedentes principales del proceso de certificación de Centros de Instrucción / Escuelas de Aviación: • Para brindar instrucción y entrenamiento aeronáuti- co, en virtud a las normas vigentes del Perú y las RAP, el operador debe ser persona natural o jurídica. • El interesado debe estar familiarizado con la RAP correspondiente, antes de iniciar el Proceso de Certifica- ción, a fin de cumplir con los requerimientos estipulados. • El proceso de certificación debe garantizar que el operador será capaz de cumplir la Ley de Aeronáutica Civil Nº 27261, su Reglamentación y las normas vigen- tes. • El proceso de certificación garantiza que los futuros titulares de un Certificado de Centro de Instrucción / Es- cuela de Aviación entiendan dicha labor y sean capaces de satisfacerla. • Los Centros de Instrucción / Escuelas de Aviación Certificados deben hacerse responsables de suministrar la instrucción y el entrenamiento que garantice en el es- tudiante lo que debe saber y ser capaz de hacer. Es de- cir, un proceso de enseñanza / aprendizaje adecuado; con el objeto de lograr el mejor desempeño del personal aeronáutico que forme. • Para que los cursos que dicten los Centros de Ins- trucción / Escuelas de Aviación sean reconocidos por la DGAC, estos operadores deben encontrarse previamen- te certificados por ésta. 5. PROCESO DE CERTIFICACION Son cinco las fases en el proceso de certificación de Centros de Instrucción / E scuelas de Aviación: