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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2002 (31/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 227426 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 31 de julio de 2002 son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa del Ministerio por Resolución Viceministerial; Que, mediante Informe Nº 208-2002-MTC/ 15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina es procedente la solicitud for- mulada por la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde aprobar la transferencia de la con- cesión solicitada por la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificato- rias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión otorgada a la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A. por Resolución Ministerial Nº 034-95-MTC/15.17 y la asigna- ción de espectro radioeléctrico relativa a aquélla para la prestación del servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable a favor de la empresa OPERADORA SATELITAL S.A.C., por un período de diez (10) años. Artículo 2º.- La empresa OPERADORA SATELITAL S.A.C. asumirá de pleno derecho las obligaciones deriva- das de la concesión a la suscripción de la addenda que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 3º.- Reconocer a la empresa OPERADORA SATELITAL S.A.C. como titular de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 034-95-MTC/15.17 por un período de diez (10) años, al término de los cuales, la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A. asumirá la titulari- dad de la referida concesión. Artículo 4º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba la addenda al contrato de concesión para la prestación del servicio pú- blico de distribución de radiodifusión por cable conforme a los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ IGNACIO TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 13452 Otorgan autorización y permiso de instalación a personas naturales para operar estaciones del servicio de radio- difusión sonora comercial en los depar- tamentos de Tumbes y Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 514-2002-MTC/15.03 Lima, 22 de julio de 2002 VISTA, la solicitud formulada por doña YOLANDA FORTUNATA CALLE DE RUIZ, para que se le otorgue autorización para establecer una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Esta- do a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facul-tad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radio- comunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación au- torizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la corres- pondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 209-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 264-2002-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada por doña YOLANDA FORTUNATA CALLE DE RUIZ cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autori- zación y permiso solicitados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomu- nicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; y, Con la opinión favorable del Director General de Tele- comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a doña YOLANDA FORTUNATA CALLE DE RUIZ, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tum- bes, de acuerdo a las siguientes características técni- cas: Estación :BC-FM Frecuencia :102.5 MHz Indicativo :OBR-1F Potencia :50 w. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta :Jr. Arica Nº 317, distrito y pro- vincia de Zarumilla, departa- mento de Tumbes. Coordenadas: L.O. 80° 16' 21" L.S. 03° 29' 57" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, la titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Doña YOLANDA FORTUNATA CALLE DE RUIZ está obligada a instalar y operar el servicio de ra- diodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las características a que