TEXTO PAGINA: 8
Pág. 225210 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de junio de 2002 Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los an- tecedentes respectivos para su conocimiento y demás fi- nes. Regístrese, comuníquese y publíquese, JAVIER REÁTEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 11133 Aceptan renuncia de Director de la Ofi- cina de Administración del IMARPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2002-PE Lima, 18 de junio del 2002 Visto el Oficio Nº PCD-100-274-2002-IMP/PE, del 27 de mayo del 2002; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 076-2002-PE, del 28 de febrero del 2002, se designó al señor RUBEN PACHECO CASTAÑEDA , Director de la Oficina de Admi- nistración del Instituto del Mar del Perú –IMARPE; Que el citado funcionario ha formulado renuncia al car- go, por lo que resulta necesario formalizar su aceptación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 y el Decreto Legislativo Nº 95; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único .- Aceptar la renuncia formulada por el señor RUBEN PACHECO CASTAÑEDA al cargo de Direc- tor de la Oficina de Administración del IMARPE, con efecti- vidad a partir del 30 de abril del 2002, dándosele las gra- cias por servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 11134 Oficializan forum "Acuicultura, Alter- nativa de Inversión en el Nuevo Mile- nio", a realizarse en la ciudad de Chim- bote RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2002-PE Lima, 20 de junio del 2002 Visto el Oficio Nº 1940-2002-CTAR-ANCASH/DRP-CH/ D.A.0104, de la Dirección Regional de Pesquería - ANCASH de fecha 5 de junio de 2002. CONSIDERANDO: Que la Ley N° 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, en su Artículo 2º establece que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras en la actividad de la acuicultura; y propicia asimismo la inversión mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investi- gación, el cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos hidrobiológicos producto de la actividad acuícola; Que mediante documento del visto, la Dirección Regio- nal de Pesquería ANCASH, solicita la Oficialización del Fórum denominado “Acuicultura, Alternativa de Inversión en el Nuevo Milenio”, a realizarse en el Auditorio del Minis- terio de Trabajo en la ciudad de Chimbote del 19 al 21 de junio de 2002, con motivo de las actividades celebratorias en honor al patrono San Pedro; Que los objetivos y alcances del citado evento guardan concordancia con lo lineamientos de política vigentes rela-cionadas con el fomento y desarrollo de la acuicultura, por lo que es pertinente conferirle el carácter oficial que se so- licita; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo N° 560 – Ley del Poder Ejecutivo; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Fórum “Acuicultura, Alterna- tiva de Inversión en el Nuevo Milenio”, a realizarse en el Auditorio del Ministerio de Trabajo en la ciudad de Chimbo- te, entre los días 19 al 21 de junio de 2002. Artículo 2º.- La organización y realización del citado evento no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Minis- terio de Pesquería, y su desarrollo estará bajo la Dirección Regional de Pesquería - ANCASH. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 11136 Suspenden procedimientos administra- tivos relativos a solicitudes de inclusión de embarcación pesquera en la R.M. Nº 340-2001-PE y de cambio de titular de permisos de pesca RESOLUCION DIRECTORAL Nº 195-2002-PE/DNEPP Lima, 22 de mayo de 2002 Vistos los escritos de registro N° 00141002 y CE- 00040002, del 3 y 29 de enero del 2002, presentados por PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARÁN S.A.C. y PES- QUERA INDUSTRIAL NAUTICA S.A.C., respectivamen- te. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral N° 323-2001-PE/DNE- PP, del 12 de diciembre del 2001, se aprobó el cambio de titular a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARÁN S.A.C., de los permisos de pesca para operar las embar- caciones pesqueras “MI LESLIE II”, de matrícula CE-1337- PM; “GUAÑAPE 1”, de matrícula CE-1248-PM; “GIULIANA I”, de matrícula CE-2024-PM; “GUAÑAPE 8”, de matrícula CE-0225-PM; “SAN MARTIN 10”, de matrícula CE-0228- PM; “DON LUCHO”, de matrícula CE-6713-PM y “DON LUCHO II”, de matrícula CE-15971-PM; a la vez se declaró improcedente la solicitud de suspensión del procedimiento formulada por PESQUERA ARYAL S.A. EN LIQUIDACIÓN ; Que a través de escrito de registro N° CE-00396002, del 11 de enero del 2002, PESQUERA ARYAL S.A. EN LIQUIDACION ha interpuesto recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral N° 323-2001-PE/DNEPP, a fin de que se deje sin efecto dicha resolución, anulando el cambio de titular de los permisos de pesca a favor de PES- QUERA INDUSTRIAL KATAMARÁN S.A.C ., recurso im- pugnatorio que aún se encuentra en trámite; Que por el escrito del visto, de registro N° 00141002, del 3 de enero del 2002, PESQUERA INDUSTRIAL KATA- MARÁN S.A.C. solicita, vía petición, la inclusión de la em- barcación “GUAÑAPE 1”, de matrícula CE-1248-PM, en la Resolución Ministerial N° 340-2001-PE, la misma que pu- blicó el listado de embarcaciones pesqueras con derecho de sustitución, alegando no haberse ejecutado la construc- ción de la embarcación pesquera materia de la autoriza- ción de incremento de flota otorgada por Resolución Direc- toral N° 019-99-PE/DNE, para cuyo fin había sido aporta- da la capacidad de bodega y aplicado el derecho de susti- tución correspondiente a la embarcación pesquera “GUA- ÑAPE 1”; Que por el escrito del visto, de registro N° CE-00040002, del 29 de enero del 2002, PESQUERA INDUSTRIAL NAU- TICA S.A.C. , solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones a que se refiere el primer considerando, alegando haber adquirido la propie- dad de las mismas según acredita con los respectivos Cer- tificados Compendiosos de Dominio;