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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (28/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 104

Pág. 225450 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de junio de 2002 COMPRAVENTA DE MÁQUINA AL CONTADO EN EL MARCO DEL PROGRAMA MI MÁQUINA Conste por el presente documento el Contrato de Com- praventa de Maquinaria al contado que celebran, de una parte, el MINISTERIO DE AGRICULTURA , debidamente representado por .................., identificado con DNI Nº ................... según autorización expedida mediante ..............., a quien en lo sucesivo se le denominará EL VENDEDOR ; y, de otra parte, ............................., identi- ficado con R UC/DNI ........................................, debida- mente representado por .................., identificado con DNI Nº ...................., según poderes que consta en ...................................., a quien en lo sucesivo se le de- nominará EL COMPRADOR . El presente contrato se sujeta a los términos y condicio- nes contenidos en las cláusulas siguientes: SECCIÓN I ANTECEDENTES PRIMERA.- AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA DE MÁQUINA Mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001 se autorizó a EL VENDEDOR a vender directamente a los producto- res agrarios, personas naturales y jurídicas, sin el requi- sito de subasta pública, la maquinaria de uso agrícola y agroindustrial de propiedad estatal que mantenga en sus almacenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agra- rias. Posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº002-2002-AG se establecieron las disposiciones regla- mentarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 129-2001. SEGUNDA.- EL VENDEDOR EL VENDEDOR es propietario de la(s) máquina(s) de uso agrícola y/o agroindustrial que se describe en el Anexo I, el cual forma parte integrante del presente contrato, la misma que en lo sucesivo será denomina- da LA MÁQUINA . TERCERA.- EL COMPRADOR EL COMPRADOR se encuentra interesado en adquirir LA MÁQUINA , conforme a los términos y condiciones establecidos en el presente contrato. SECCIÓN II COMPRAVENTA DE LA MÁQUINA CUARTA.- OBJETO Por el presente contrato, EL VENDEDOR se obliga a trans- ferir la propiedad de LA MÁQUINA , en venta real y ena- jenación perpetua, en favor de EL COMPRADOR . Por su parte, EL COMPRADOR se obliga a pagar el monto total del precio pactado en la cláusula quinta siguiente. QUINTA.- PRECIO El precio de LA MÁQUINA asciende a la suma de US$_______________ (____________ y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América). El precio de LA MÁQUINA será cancelado a EL VENDE- DOR por EL COMPRADOR , íntegramente en dinero al contado o cheque de gerencia, en la cuenta corriente Nº 06-000-029724 del Banco de la Nación conjuntamente con la firma del presente contrato. SEXTA.- ESTADO DE LA MÁQUINA EL COMPRADOR declara conocer el estado de conser- vación y funcionamiento así como las características téc- nicas de LA MAQUINARIA, habiendo comprobado y veri- ficado las condiciones en las que se encuentra la misma.En consecuencia, EL COMPRADOR declara que com- pra y adquiere LA MAQUINARIA en las condiciones en las que ésta se encuentra, las cuales son plenamente satisfactorias para sus intereses, y que por consiguiente renuncia a cualquier reclamo que, respecto o como consecuencia del estado de LA MAQUINARIA, pudiera efectuar a EL VENDEDOR tales como indemnizaciones por daños y perjuicios, la resolución o rescisión del pre- sente contrato, el descuento en el precio pactado en la cláusula quinta precedente o cualquier otro reclamo de cualquier naturaleza que tenga como propósito reducir o extinguir las obligaciones de pago asumidas por EL COM- PRADOR . SÉTIMA .- EQUIVALENCIA DE LAS PRESTACIONES Las partes declaran que entre el precio pactado y el valor de LA MAQUINARIA existe justa y perfecta equivalen- cia, renunciando, de ser el caso, a cualquier exceso o diferencia de más o de menos que pudiera existir y que al momento no perciben, haciéndose de ella mutua gracia y recíproca donación. OCTAVA.- ENTREGA DE LA MAQUINARIA EL COMPRADOR deberá recoger, y EL VENDEDOR de- berá entregar, LA MÁQUINA en la siguiente dirección: .......................... La entrega del bien se realizará, previa presentación del Contrato de Compra Venta al Contado firmado y sellado por el Secretario Ejecutivo de la Comisión Especial de Venta de Maquinaria Agrícola y Agroindustrial del Minis- terio de Agricultura, así como la Boleta de Venta o Factu- ra firmada y sellada por la Oficina General de Adminis- tración del Ministerio de Agricultura que acrediten la ope- ración. Una vez recibidos estos documentos por el comprador, debidamente firmados y sellados, éste tendra 15 días ca- lendario para recoger el bien sin costo de almacenaje. En caso se exceda de este plazo, se le cobrará al com- prador el costo del almacenaje diario ascendente a S/. 20.00 hasta la fecha de recojo de la maquinaria. Queda expresamente establecido que EL COMPRADOR asumirá el riesgo de pérdida y/o daño de LA MÁQUINA a partir de la la fecha en que la Oficina de Atención al Cliente de la SE-CEVM o la Oficina de Administración de la Dirección Regional Agraria devuelva la documenta- ción debidamente aceptada al COMPRADOR según lo dispuesto en el punto IX.C de las Bases Administrativas para la Venta Directa al Contado y al Crédito de Maquina- ria agrícola y agroindustrial. EL VENDEDOR emitirá la correspondiente guía de remi- sión y el pedido de conformidad de salida (PECOSA) al momento de entregar LA MAQUINARIA . NOVENA.- ENTREGA DE DOCUMENTOS EL VENDEDOR se obliga a entregar a EL COMPRADOR los siguientes documentos relativos a la propiedad y uso de LA MAQUINARIA: 1. Contrato de Compra Venta al contado 2. Factura o Boleta de Venta 3. Guía de remisión DÉCIMA.- FORMALIZACIÓN DE LA TRANSFERENCIA EL VENDEDOR y EL COMPRADOR se obligan recípro- camente a realizar todos los actos y a suscribir todos los documentos que sean necesarios, a fin de formalizar la transferencia de la propiedad de LA MAQUINARIA en favor de EL COMPRADOR . DÉCIMO PRIMERA.- NO AFECTACIÓN DE LA MAQUINARIA EL VENDEDOR declara que, al momento de celebrar- se este contrato, LA MÁQUINA se encuentra libre de