Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002

COMPRAVENTA DE MAQUINA AL CONTADO EN EL MORDAZA DEL PROGRAMA MI MAQUINA Conste por el presente documento el Contrato de Compraventa de Maquinaria al contado que celebran, de una parte, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, debidamente representado por .................., identificado con DNI Nº ................... segun autorizacion expedida mediante ..............., a quien en lo sucesivo se le denominara EL VENDEDOR; y, de otra parte, ............................., identificado con RUC/DNI ........................................, debidamente representado por .................., identificado con DNI Nº ...................., segun poderes que consta en ...................................., a quien en lo sucesivo se le denominara EL COMPRADOR. El presente contrato se sujeta a los terminos y condiciones contenidos en las clausulas siguientes: SECCION I ANTECEDENTES PRIMERA.- AUTORIZACION PARA LA VENTA DE MAQUINA Mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001 se autorizo a EL VENDEDOR a vender directamente a los productores agrarios, personas naturales y juridicas, sin el requisito de subasta publica, la maquinaria de uso MORDAZA y agroindustrial de propiedad estatal que mantenga en sus almacenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias. Posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº002-2002-AG se establecieron las disposiciones reglamentarias para la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 129-2001. SEGUNDA.- EL VENDEDOR EL VENDEDOR es propietario de la(s) maquina(s) de uso MORDAZA y/o agroindustrial que se describe en el Anexo I, el cual forma parte integrante del presente contrato, la misma que en lo sucesivo sera denominada LA MAQUINA. TERCERA.- EL COMPRADOR EL COMPRADOR se encuentra interesado en adquirir LA MAQUINA, conforme a los terminos y condiciones establecidos en el presente contrato. SECCION II COMPRAVENTA DE LA MAQUINA CUARTA.- OBJETO Por el presente contrato, EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad de LA MAQUINA, en venta real y enajenacion MORDAZA, en favor de EL COMPRADOR. Por su parte, EL COMPRADOR se obliga a pagar el monto total del precio pactado en la clausula MORDAZA siguiente. QUINTA.- PRECIO El precio de LA MAQUINA asciende a la suma de US$_______________ (____________ y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America). El precio de LA MAQUINA sera cancelado a EL VENDEDOR por EL COMPRADOR, integramente en dinero al contado o cheque de gerencia, en la cuenta corriente Nº 06-000-029724 del Banco de la Nacion conjuntamente con la firma del presente contrato. SEXTA.- ESTADO DE LA MAQUINA EL COMPRADOR declara conocer el estado de conservacion y funcionamiento asi como las caracteristicas tecnicas de LA MAQUINARIA, habiendo comprobado y verificado las condiciones en las que se encuentra la misma.

En consecuencia, EL COMPRADOR declara que compra y adquiere LA MAQUINARIA en las condiciones en las que esta se encuentra, las cuales son plenamente satisfactorias para sus intereses, y que por consiguiente renuncia a cualquier reclamo que, respecto o como consecuencia del estado de LA MAQUINARIA, pudiera efectuar a EL VENDEDOR tales como indemnizaciones por danos y perjuicios, la resolucion o rescision del presente contrato, el descuento en el precio pactado en la clausula MORDAZA precedente o cualquier otro reclamo de cualquier naturaleza que tenga como proposito reducir o extinguir las obligaciones de pago asumidas por EL COMPRADOR. SETIMA.- EQUIVALENCIA DE LAS PRESTACIONES Las partes declaran que entre el precio pactado y el valor de LA MAQUINARIA existe MORDAZA y MORDAZA equivalencia, renunciando, de ser el caso, a cualquier exceso o diferencia de mas o de menos que pudiera existir y que al momento no perciben, haciendose de MORDAZA mutua MORDAZA y reciproca donacion. OCTAVA.- ENTREGA DE LA MAQUINARIA EL COMPRADOR debera recoger, y EL VENDEDOR debera entregar, LA MAQUINA en la siguiente direccion: .......................... La entrega del bien se realizara, previa MORDAZA del Contrato de Compra Venta al Contado firmado y MORDAZA por el Secretario Ejecutivo de la Comision Especial de Venta de Maquinaria MORDAZA y Agroindustrial del Ministerio de Agricultura, asi como la Boleta de Venta o Factura firmada y sellada por la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura que acrediten la operacion. Una vez recibidos estos documentos por el comprador, debidamente firmados y sellados, este tendra 15 dias calendario para recoger el bien sin costo de almacenaje. En caso se exceda de este plazo, se le cobrara al comprador el costo del almacenaje diario ascendente a S/. 20.00 hasta la fecha de recojo de la maquinaria. Queda expresamente establecido que EL COMPRADOR asumira el riesgo de perdida y/o dano de LA MAQUINA a partir de la la fecha en que la Oficina de Atencion al Cliente de la SE-CEVM o la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria devuelva la documentacion debidamente aceptada al COMPRADOR segun lo dispuesto en el punto IX.C de las Bases Administrativas para la Venta Directa al Contado y al Credito de Maquinaria MORDAZA y agroindustrial. EL VENDEDOR emitira la correspondiente guia de remision y el pedido de conformidad de salida (PECOSA) al momento de entregar LA MAQUINARIA. NOVENA.- ENTREGA DE DOCUMENTOS EL VENDEDOR se obliga a entregar a EL COMPRADOR los siguientes documentos relativos a la propiedad y uso de LA MAQUINARIA: 1. Contrato de Compra Venta al contado 2. Factura o Boleta de Venta 3. Guia de remision DECIMA.- FORMALIZACION DE LA TRANSFERENCIA EL VENDEDOR y EL COMPRADOR se obligan reciprocamente a realizar todos los actos y a suscribir todos los documentos que MORDAZA necesarios, a fin de formalizar la transferencia de la propiedad de LA MAQUINARIA en favor de EL COMPRADOR. DECIMO PRIMERA.- NO AFECTACION DE LA MAQUINARIA EL VENDEDOR declara que, al momento de celebrarse este contrato, LA MAQUINA se encuentra libre de

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