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Pág. 225462 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de junio de 2002 FTE. DE FTO. 13:Donaciones y Transferencias 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 12 988.00 Subtotal 12 988.00 PROYECTO 2.00734 :Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afroperua- nos FTE. DE FTO. 00:Recursos Ordinarios 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 1 770 160.00 Subtotal 1 770 160.00 FTE. DE FTO. 12:Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo CATEGORÍA DEL GASTO (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 6 637 968.00 Subtotal 6 637 968.00 TOTAL EGRESOS 8 461 094.00 A LA: SECCIÓN PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 001 :Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 :Secretaría General - PCM FUNCIÓN 05 :Asistencia y Previsión Social PROGRAMA 014 :Promoción y Asistencia Social y Comunitaria SUBPROGRAMA 0050 :Promoción y Asistencia Comunitaria ACTIVIDAD 1.00207 :Desarrollo de las Comunidades Indígenas FTE. DE FTO. 00:Recursos Ordinarios CATEGORÍA DEL GASTO (En Nuevos Soles) 5. GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 3 355.00 3. Bienes y Servicios 35 623.00 4. Otros Gastos Corrientes 1 000.00 Subtotal 39 978.00 FTE. DE FTO. 13:Donaciones y Transferencias 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 12 988.00 Subtotal 12 988.00 PROYECTO 2.00734 :Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afroperua- nos FTE. DE FTO. 00:Recursos Ordinarios 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 1 770 160.00 Subtotal 1 770 160.00 FTE. DE FTO. 12:Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo CATEGORÍA DEL GASTO (En Nuevos Soles) 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 6 637 968.00 Subtotal 6 637 968.00 TOTAL EGRESOS 8 461 094.00 Artículo 3º .- Obligación de desagregar las Transfe- rencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el deta-lle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica de Ingreso y Específica del Ingreso. Los citados anexos son remitidos a la Dirección Nacio- nal del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes de su aprobación. Artículo 4º .- De las Codificaciones La Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces, comprendidos en la presente Transferencia de Par- tidas, solicitará a la Dirección Nacional de Presupuesto Público las Codificaciones que se requieran como conse- cuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Fi- nalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 5º .- Notas de Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces, instruye a la Unidad Ejecutora, para que elaboren las correspondiente "Notas para Modificación Presupues- taria" que se requiere, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6º .- Suspensión de los dispositivos legales opuestos a la norma Déjese en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiún días del mes de junio de dos mil dos. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 11532 LEY Nº 27770 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO; El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE REGULA EL OTORGAMIENT O DE BENEFICIOS PENALES Y PENITENCIARIOS A AQUELLOS QUE COMETEN DELIT OS GRA VES CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Artículo 1º .- Objeto de la Ley La presente Ley regula el otorgamiento de beneficios penales y penitenciarios en favor de aquellas personas que cometen delitos contra la administración pública.