Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002

Que mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se dictaron una serie de medidas de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002; Que es conveniente contemplar excepciones para la aplicacion de tales medidas, a ser determinadas por cada Sector de la administracion publica; De conformidad con lo que establece el Articulo 118º, inciso 19), de la Constitucion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Excepciones Las excepciones para la aplicacion de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, seran aprobadas mediante Resolucion Suprema a ser refrendada por el Ministro del Sector correspondiente. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 11551

trataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la Ley; Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 22º del citado Texto Unico Ordenado la situacion de emergencia debe ser declarada mediante Decreto Supremo que cuente con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, cuando se presenten situaciones que supongan grave peligro; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y el Decreto Supremo Nº 052-2002-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Del Objeto Exonerase durante el plazo de sesenta (60) dias, del requisito de Licitacion Publica, Concurso Publico de Precios y Adjudicacion Directa a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y al Banco de la Nacion, en consecuencia, autorizase la adquisicion de bienes y servicios necesarios destinados exclusivamente a la reconstruccion o rehabilitacion de los bienes publicos y de propiedad estatal bajo su administracion ubicados en los departamentos de MORDAZA, Tacna, MORDAZA y MORDAZA, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, dentro del MORDAZA de su asignacion presupuestal y con arreglo a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM y sus modificatorias, por la situacion descrita en el Articulo 19º literal c) que se declara mediante el presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica

PCM
Autorizan a la SUNAT y al Banco de la Nacion adquirir bienes y servicios para la reconstruccion o rehabilitacion de bienes ubicados en MORDAZA, Tacna, MORDAZA y MORDAZA, mediante adjudicacion directa de menor cuantia
DECRETO SUPREMO Nº 055-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Supremo Nº 052-2002-PCM se declaro en estado de Emergencia el departamento de MORDAZA, en atencion a los hechos de violencia producidos en dicha MORDAZA de MORDAZA a partir del 14 de junio del 2002, habiendose producidos graves actos de destruccion a la propiedad publica y privada; Que asimismo en los departamentos de Tacna, MORDAZA y MORDAZA se han producido actos de violencia con lamentable saldo de danos a la propiedad publica y privada; Que en atencion a los actos de violencia descritos en los considerandos precedentes las dependencias de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y del Banco de la Nacion, requieren ejecutar oportunamente las acciones de emergencia que demanden la rehabilitacion de sus diversas infraestructuras y bienes publicos; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y con-

MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 11552

AGRICULTURA
Establecen normas destinadas a crear las condiciones para reprogramar el pago de creditos agropecuarios vencidos otorgados por el Ministerio, via Fondos Rotatorios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0613-2002-AG MORDAZA, 25 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25816 se autorizo al Ministerio de Agricultura a poner en marcha un Programa de Fondos Rotatorios, para que se otorguen prestamos en especie a pequenos productores, a fin de impulsar la agricultura en las zonas de menor desarrollo relativo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 780-94-AG, se aprobo el Reglamento General para la Operacion y Funcionamiento de los Fondos Rotatorios del Sector Agrario, estableciendose la organizacion, las normas y los procedimientos necesarios para el funcionamiento y operacion de los Fondos Rotatorios que, en el MORDAZA de la Politica Agraria del Gobierno, el Ministerio de Agricultura viene promoviendo como instrumento de apoyo promocional del credito; Que, a traves de la Tercera Disposicion Complementaria del D.S. Nº 049-2001-AG y ademas del Art. 3º del Decreto Supremo Nº 055-2001-AG, se autorizo al Ministerio

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