Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2002 (28/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de junio de 2002

"Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General. Articulo 11º.- El presente Permiso de Operacion otorgado mediante la Resolucion Directoral Nº 137-98-MTC/ 15.16 del 23 de setiembre de 1998, queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General." Articulo 4º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolucion Directoral Nº 137-98-MTC/15.16 del 23 de setiembre de 1998 haga mencion a la Direccion General de Transporte Aereo, entiendase que se refiere a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 137-98-MTC/15.16 del 23 de setiembre de 1998, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN VENG Director General de Aeronautica Civil 9701

para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Puerto de BAYOVAR y su area de influencia, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2°.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada "MARLENE" con matricula de bandera peruana N° CO-5699-SM. Articulo 3°.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 4°.- La Licencia de Servicio de Transporte en MORDAZA que se otorga implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6°.- La Presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Regi r stese,comuni quese y publquese. i MORDAZA FARROMEQUE QUI ROZ Diect Gener ( r or ale) Diecci Gener Transport Acuatco r on al e i
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Otorgan licencia a MORDAZA Service EIRL para prestar servicio de transporte en MORDAZA en el Puerto de Bayovar y su area de influencia
RESOLUCION DIRECTORAL N° 117-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 13 de junio de 2002 Vista las solicitudes (Expedientes N°s. 2002- 005851 y 042190) presentadas por la empresa MORDAZA SERVICE EIRL., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Puerto de Bayovar; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial N° 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11° establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 259-2002-MTC/15.15.03 y 118-2002MTC/15.15.al respectivamente, la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14° del referido Reglamento y su Modificatoria, aprobada por Resolucion Ministerial N° 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001) por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25862, Decreto Supremo N° 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial N° 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial N° 4012001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1°.- OTORGAR a la empresa "MARINE SERVICE EIRL", la Licencia Nº 032-2002-MTC/15.15-STB,

Incluyen en la R.D. Nº 256-2001-MTC/ 15.15 a la embarcacion "Virgen del Carmen" para prestar servicio de transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 118-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 17 de junio de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 020378) presentado por la empresa MARITIMA RUBIO SAC, solicitando se les incluya la embarcacion "Virgen del Carmen" en la Resolucion Directoral Nº 256-2001-MTC/15.15 (29.DIC.2001); CONSIDERANDO: Que, los numerales 201.1 y 201.2 del Articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, debiendo adoptar la rectificacion la que corresponda para el caso original; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 256-2001-MTC/ 15.15 (29.DIC.2001), se le otorgo la Licencia Nº 030-2001MTC/15.15-STB a la empresa MARITIMA RUBIO SAC, para prestar Servicios de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario y su area de influencia; Que, por error involuntario se omitio en dicha Resolucion incluir la embarcacion "Virgen del Carmen", con Matricula de Bandera Peruana CO-4979, la misma que esta consignada en el Expediente que fuera presentado para su tramite, segun lo opinado por la Direccion de Empresas y Actividades Portuarias, mediante el Informe Nº 239-2002-MTC/15.15.03; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862 y por los numerales 201.1 y 201.2, del Articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INCLUYASE en el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 256-2001-MTC/15.15 (29.DIC.2001),

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