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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2002 (04/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALESPág. 218774 Lima, lunes 4 de marzo de 2002Nº DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE OR- DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS TRAMITACIÓN AUTOMÁ- EVALUACIÓN DONDE SE INICIA APRUEBA RESUELVE LOS DEN % DE 1 U.I.T. TICA POST. NEGAT. EL TRÁMITE EL TRÁMITE RECURSOS IMPUGNATIVOS a) Número de clave 01 y 02 (**) 50% 30 d. b) Número de clave 03 y 04 (**) 70% 30 d. NACIONAL a) Número de clave 01 y 02 (**) 50% 30 d. b) Número de clave 03 y 04 (**) 1 U.I.T. 30 d. 45 AUTORIZACIÓN PARA LAS CONSTRUCCIONES Y/O -Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil. 35% 60 d. Subdirección de Control Director General Reconsideración : INSTALACIONES DENTRO DE LAS ÁREAS CUBIER- -Día y número de la constancia de pago de los derechos correspondientes. Documentario Director General de TAS POR LAS SUPERFICIES LIMITADORAS DE OBS- -Los demás que la DGAC establezca en la reglamentación para el otorgamiento de Aeronáutica Civil TACULOS DE LOS AEROPUERTOS Y/O estas autorizaciones - Ver guía de Usuario (***) Apelación : AERÓDROMOS PÚBLICOS O PRIVADOS Viceministro de Transportes BASE LEGAL Ley 27261 publicada el 10/05/2000 Arts. 9º, 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 35º, 95º y 2da. Disposición Complementaria. Reglamento de la LAC 27261 D.S. Nº 050-2001-MTC, publicado el 26/12/2001 Art. 54°. 46 INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS CONSTRUCCIO- -Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil. 30 d. Subdirección de Control Director General Reconsideración : NES Y/O INSTALACIONES DENTRO DE LAS ÁREAS -Día y número de la constancia de pago de los derechos correspondientes. Documentario Director General de CUBIERTAS POR LAS SUPERFICIES LIMITADORAS -Los demás que la DGAC establezca en la reglamentación para el otorgamiento de Aeronáutica Civil DE OBSTÁCULOS DE LOS AEROPUERTOS Y/O estas autorizaciones - Ver guía de Usuario (***) Apelación : AERÓDROMOS PÚBLICOS O PRIVADOS Viceministro de BASE LEGAL Transportes Ley 27261publicada el 10/05/2000 Arts.11º numeral 1, 30º, 31º, 32º, 33º, 34º, 35º y 2da. Disposición Complementaria. A) Lima 50% B) Nacional 1 U.I.T. NOTA: La forma de pago del derecho de tramitación para los procedimientos administrativos puede ser en efectivo, en cheque certificado o cheque de gerencia. (*) Sólo en el caso que por necesidad de traslado y/o por la duración de la evaluación, cantidad de inspectores o inspección así se requiera (**) Número de Clave de Referencia según anexo 14 - Aeródromos - OACI (***) La Guía de Usuario que se hace mención en los requisitos es de distribución gratuita y también está disponible y permanentemente actualizada en internet: http://www.mtc.gob.pe/dgac.html (1) El administrado sólo queda obligado a informar en su solicitud el día y el número de constancia. Grupo 1 : piloto T.L.A. Grupo 2 : piloto comercial, ingeniero de vuelo. Grupo 3 : control de tránsito aéreo, operador AFIS, operador AIS, operador de estación aeronáutica, mecánico e inspector de mantenimiento, mecánico reparador. Grupo 4 : piloto privado, auxiliar de abordo, despachador de vuelo, piloto planeador, piloto globo libre, piloto ultraliviano, paracaidista, instructor de tierra, instructor de vuelo Grupo 5 : alumno piloto. DIRECCIÓN GENERAL DE CIRCULACIÓN TERRESTRE ENTIDAD : MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN UNIDAD ORGÁNICA: DIRECCIÓN GENERAL DE CIRCULACIÓN TERRESTRE DIRECCIÓN DE PARQUE AUTOMOTOR Y CIRCULACIÓN VIAL 01 EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR "A-I" -Pago en el Banco de la Nación. 0,9% X Subdirección de Director General de PARTICULAR -Certificado de Aptitud Psicosomática. Otorgamiento de Circulación Terrestre -Documento de Identidad original (solamente para identificación). Licencias de Conducir BASE LEGAL -Copia simple del Documento de Identidad. -Ley N° 27181, publicada el 08-10-1999 -Llenar formulario "001/15.18", que reúna los siguientes requisitos: -D.S. 015-94-MTC publicado el 13-06-1994 a) Edad mínima 18 años. Cap. II Art.3°. b) Saber leer y escribir . -D.S. 008-98-MTC, publicado el 17-05-1998 c) Aprobar el examen de Normas de Tránsito. Art.1° d) Aprobar el examen de manejo en automóvil, Station Wagon o camioneta Pick Up, Panel o Rural. 02 CANJE DE LICENCIA DE CONDUCIR MILITAR -Pago en el Banco de la Nación . 0,9% X Subdirección de Director General de -Oficio de la Escuela de Servicios del Ejército, adjuntando : Otorgamiento de Circulación Terrestre BASE LEGAL a) Brevete Militar en vigencia. Licencias de Conducir -Ley N° 27181, publicada el 08-10-1999 b) Récord de accidentes e Infracciones de tránsito de Choferes