Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2002 (04/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

Nº DE ORD. REQUISITOS AUTOMATICA

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE TRAMITACION % de 1 UIT

CALIFICACION EVALUACION POST. NEGAT.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURS. IMPUG.

NOTA El tramite concluye con la emision del Certificado de Habilitacion Vehicular. 10% 3 dias Subdireccion de Control Documentario Director General de Circulacion Terrestre

049-2000-MTC, en la que conste la firma de los funcionarios de la Compania de seguros y del representante legal de la empresa. - Actualizacion de la informacion sobre terminales terrestre en los puntos de origen, destino y escalas comerciales. Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

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AUTORIZACION DE SERVICIO EVENTUAL PARA CONCESIONARIAS. Vigencia MORDAZA de 10 dias.

-

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 040-2001-MTC del 28/07/01, Art. 255°)

NOTA: MORDAZA de la solicitud 3 dias utiles MORDAZA del inicio del servicio. 10% 30 dias Subdireccion de Control Documentario

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud, bajo la forma de Declaracion Jurada, indicando Razon Social, domicilio principal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC) y la identidad del representante legal, requiriendo el permiso eventual. a) MORDAZA simple de la poliza de seguro respectiva con cobertura de la ruta del servicio a prestar. b) MORDAZA simple del contrato suscrito para la prestacion del servicio eventual. c) Anexo describiendo las caracteristicas del servicio, placa del omnibus habilitado, numero del certificado de habilitacion vehicular, nombre y apellidos de la tripulacion, numero de su licencia de conducir y de la libreta del tripulante, ruta a recorrer e itinerario y la no afectacion a los servicios que viene brindando regularmente. d) Plazo de operacion solicitado. Director General de Circulacion Terrestre

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RENUNCIA A LA CONCESION. MORDAZA de la solicitud 30 dias calendario MORDAZA de dejar de prestar el servicio.

20% 30 dias

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 040-2001-MTC del 28/07/01, Art. 254°)

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud con la firma legalizada del representante legal de la empresa solicitando la renuncia. - En caso de renuncia de un tramo de la ruta, MORDAZA del titulo de propiedad o contrato de arrendamiento del terminal en el MORDAZA destino y/o escalas comerciales.

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

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AMPLIACION DE RUTA Y/O MODIFICACION DE RECORRIDO

Subdireccion de Control Documentario

Director General de Circulacion Terrestre

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

-

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 040-2001-MTC del 28/07/01, Art. 246° y 278°)

NORMAS LEGALES

NOTA Audiencia Publica.

- Pago al Banco de la Nacion. - En el caso de que la modificacion implique variacion de flota: a) Solicitud, bajo la forma de Declaracion Jurada, indicando Razon Social, domicilio principal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC) y la identidad del representante legal, requiriendo la ampliacion de ruta y/o modificacion del recorrido. b) Estudio de Factibilidad Tecnico ­ Economico, describiendo la inversion a realizar, demanda actual y potencial, oferta existente, ruta del servicio, incluyendo croquis de la ruta, indicando distancias entre origen y destino, y escalas comerciales, tiempo aproximado de viaje; frecuencias; horarios de salida, flota operativa, vehiculos de reserva. c) MORDAZA fotostatica de las tarjetas de propiedad; o proforma de compra de los omnibus ofrecidos; y, en los casos que corresponda, MORDAZA simple del contrato de arrendamiento financiero de los vehiculos, o compromiso de formalizar dicho contrato, MORDAZA de iniciar el servicio. d) Actualizacion de la informacion documentada respecto a los terminales terrestres a utilizar, en origen y en destino; y, de ser el caso, terminales o estaciones de ruta en escalas comerciales y la documentacion que acredite que la solicitante puede acceder a su uso. e) Actualizacion de la acreditacion documentada respecto a la disponibilidad de talleres propios o de terceros, que usara para el mantenimiento de la flota vehicular. 20% 30 dias

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ADECUACION DE LA(S) CONCESION(ES) POR FUSION DE EMPRESAS y/o CAMBIO DE RAZON SOCIAL

Subdireccion de Control Documentario

Director General de Circulacion Terrestre

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

-

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 040-2001-MTC del 28/07/01, Art. 246° y 278°)

MORDAZA, lunes 4 de marzo de 2002

NOTA 1.- MORDAZA del escrito dentro de los 30 dias calendario de producida la fusion. 2.- El tramite concluye con la emision del Certificado de Habilitacion Vehicular.

- Pago al Banco de la Nacion. - Escrito comunicando la fusion o cambio de razon social. - MORDAZA simple del Testimonio de la Escritura de Constitucion social en la que conste la fusion o cambio de la razon social y poder del representante legal, inscrita en los Registros Publicos. - MORDAZA simple de las tarjetas de propiedad de los vehiculos a nombre de la nueva empresa en fusion o con la nueva razon social y Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing) en los casos que corresponda. - MORDAZA del Seguro Obligatorio por Accidente de MORDAZA (SOAT) que cubra accidentes personales de los pasajeros, tripulantes y terceros, de acuerdo a los montos establecidos en el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de MORDAZA, aprobado mediante D.S. 049-2000-MTC, en la que conste la firma de los funcionarios de la Compania de seguros y del representante legal de la empresa. - Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la empresa, comprometiendose que en caso de accidente, auxiliara en forma inmediata a los pasajeros asumiendo los gastos medicos, de hospitalizacion, quirurgicos, farmaceuticos y de sepelio que requieran, sin que ello

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