Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2002 (04/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

ENTIDAD : MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION

UNIDAD ORGANICA:

DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE DIRECCION DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA
AUTOMATICA CALIFICACION EVALUACION POST. NEGAT. DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURS. IMPUG.

Nº DE ORD. REQUISITOS

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE TRAMITACION % de 1 UIT

Pag. 218778

SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE NACIONAL DE PASAJEROS 50% 30 dias Subdireccion de Control Documentario Director General de Circulacion Terrestre Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

01

ESTABLECIMIENTO DE TERMINAL DE TRANSPORTE TERRESTRE NACIONAL DE PASAJEROS Vigencia: Indefinida

-

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 040-2001-MTC publicado el 28-07-2001 Arts. 76º, 77° y 309°

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud bajo forma de declaracion jurada indicando razon social, domicilio, Nº RUC, nombre del representante legal de la peticionaria. - Proyecto del terminal firmado por profesional colegiado que incluya memoria descriptiva, plano de ubicacion, plano de distribucion con los siguientes requisitos tecnicos: a) Contar con areas e instalaciones adecuadas para el desplazamiento de los usuarios dentro del Terminal y MORDAZA comunes con espacios suficientes para la comodidad de los mismos. b) Contar con zonas para las actividades administrativas de las empresas donde efectuen labores de atencion a clientes, recepcion de equipajes y encomiendas, areas de espera para el embarque y desembarque de pasajeros, equipajes y encomiendas y de mercancias cuando corresponda y areas para la venta de boletos de viaje. c) Contar con areas de estacionamiento para vehiculos de reten y arcenes para la ubicacion de los vehiculos dispuestos para la recepcion de los pasajeros y equipajes que transportan. d) Estar ubicados en areas que cuenten con vias que permitan el acceso, y estacionamiento de los usuarios y servicios de transporte local. e) Contar con sistemas de comunicaciones. f) Contar con accesos al sistema circulatorio del MORDAZA local que permitan separar los vehiculos que ingresan o salen del Terminal, del resto de vehiculos del MORDAZA citadino. g) Servicios sanitarios para el personal y publico en general. h) Cafeteria y otros servicios, para atencion de los usuarios. i) Todos los servicios deberan ser calculados para la hora punta o de mayor afluencia al Terminal. - MORDAZA de la conformidad de uso de suelo y plano de zonificacion, otorgada por la Municipalidad Provincial respectiva. 20% 30 dias Subdireccion de Control Documentario Director General de Circulacion Terrestre

NORMAS LEGALES

02

ESTABLECIMIENTO DE ESTACION DE RUTA Vigencia: indefinido

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

-

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 040-2001-MTC publicado el 28-07-2001 Arts. 309° y 310°

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud bajo forma de Declaracion Jurada, indicando razon social, Nº de RUC, nombre del representante legal de la peticionaria. - Proyecto de la estacion de ruta firmado por profesional colegiado que incluya plano de distribucion que cuente con las siguientes areas minimas: a) MORDAZA de embarque y desembarque de pasajeros. b) Modulo para la venta de boleto, recepcion de encomiendas y equipajes. c) Modulo para la espera de pasajeros. d) Servicios sanitarios para el personal y publico en general. e) MORDAZA del documento expedido por la municipalidad privincial correspondiente que acredite que la zonificacion es compatible para el uso de la estacion de ruta. f) Titulo de propiedad o contrato de arrendamiento del inmueble.

TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS Y CARGA

03

A) MORDAZA SUR 20% 30 dias Subdireccion de Control Documentario Director General de Circulacion Terrestre Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

3.1

PERMISO ORIGINARIO (TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA) Vigencia: 5 anos

MORDAZA, lunes 4 de marzo de 2002

-

BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) D.S. Nº 028-91-TC, publicado el 26-09-91 Art. 22º

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud bajo forma de Declaracion Jurada, indicando razon social, Nº de RUC, nombre del representante legal o persona natural. - MORDAZA simple del Testimonio de la Escritura de Constitucion y poder del representante legal de la empresa, inscrita en los Registros Publicos (Debe indicar que su objeto es el transporte de mercancias nacional e internacional). - Relacion de los vehiculos a nombre de la empresa o persona natural y fotocopia de la respectiva tarjeta de propiedad y Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing) en los casos que corresponda. Cuando se traten de vehiculos adquiridos mediante el Sistema de Arrendamiento Financiero (Leasing) se presentara MORDAZA autenticada o legalizada del respectivo contrato.

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