TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALES Pág. 218783Lima, lunes 4 de marzo de 2002 cuenta con otro tipo de seguro que cubra accidentes corporales en ese país, el transportista no está obligado a contratar póliza adicional, siempre que los riesgos cubiertos y sumas aseguradas sean iguales o mayores que los fijados por la Póliza Andina. e)Ambito de operación, señalando los Países Miembros por cuyos territorios pretende operar, incluido el de origen. f)Rutas, itinerarios y frecuencias a operar en cada País Miembro del ámbito de operación y por cada tráfico a servir. g)Relación y tarjetas de propiedad de los vehículos cuya habilitación y registro solicita. Indicará los que son de su propiedad y los tomados en arrendamiento financiero (Leasing), adjuntando copia autenticada o notarial del contrato de arrendamiento. 4.6 PRÓRROGA DEL PERMISO ORIGINARIO DE -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: PRESTACIÓN DE SERVICIOS (TRANSPORTE DE -Solicitud requiriendo la prórroga, suscrito por el representante legal Control Documentario de Circulación Terrestre Director General PASAJEROS POR CARRETERA) acreditado por la empresa. de Circulación Terrestre Vigencia: 5 años. -Copia de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales Apelación: BASE LEGAL para tripulantes, durante la operación del servicio, conforme a la Decisión Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) Nº 290 de la Comunidad Andina, por el tiempo que dure el viaje, la que Transportes -Decisión Nº 398, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, debe indicar la compañía aseguradora que ejecutará la Póliza en el país de (pasajeros), publicado el 27-01-1997; Arts. 56º y 57º destino. NOTA: Presentación de solicitud por lo menos 30 días calendario antes del vencimiento del permiso. 4.7 PERMISO COMPLEMENTARIO DE PRESTACIÓN DE -Pago al Banco de la Nación. 20% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: SERVICIOS (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR -Solicitud bajo forma de declaración jurada, indicando razón social, Control Documentario de Circulación Terrestre Director General CARRETERA) nombre del representante legal de la empresa. de Circulación Terrestre Vigencia: 5 años a)Copia del Permiso Originario de Prestación de Servicios con sus anexos. b)Copia del poder notarial por escritura pública en el que conste la Apelación: BASE LEGAL designación de representante legal, con plenas facultades para representar Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) a la empresa en todos los actos administrativos, comerciales y judiciales Transportes -Decisión Nº 398, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, en los que deba intervenir en el País Miembro en el cual solicita dicho publicado el 27-01-1997; Art. 51º permiso, inscrito en los registros públicos. c)Ciudad y dirección del domicilio del representante legal de la empresa en ese País Miembro. d)Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para Tripulantes. e)Rutas, itinerarios y frecuencia a operar en el País Miembro en el que solicita el Permiso y por cada tráfico a servir. f)Relación e identificación de los vehículos habilitados con los que operará en ese País Miembro y sobre los cuales solicita su registro. Señalará los que son de su propiedad y los tomados en arrendamiento financiero (Leasing). 4.8 PRÓRROGA DEL PERMISO COMPLEMENTARIO DE -Comunicación de la autoridad del país de origen. Gratuito 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: PRESTACIÓN DE SERVICIOS (TRANSPORTE DE Control Documentario de Circulación Terrestre Director General PASAJEROS POR CARRETERA) de Circulación Terrestre Vigencia: 5 años Apelación: BASE LEGAL Viceministro de -Decisión Nº 398, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, Transportes publicado el 27-01-1997; Arts. 56º y 57° 4.9 PERMISO ESPECIAL DE ORIGEN PARA TRANSPORTE -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: INTERNACIONAL POR CUENTA PROPIA (MERCANCÍAS) -Solicitud bajo forma de declaración jurada, indicando razón social, Nº de Control Documentario de Circulación Terrestre Director General RUC, giro de la empresa, indicación de la ciudad y dirección de la oficina de Circulación Terrestre Vigencia: 2 años principal, nombre del representante legal de la empresa. a)Documento que acredite la existencia legal de la empresa en su país Apelación: BASE LEGAL de origen. Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) b)Copia autenticada o legalizada del nombramiento de su representante Transportes -Decisión Nº 399 de la Comunidad Andina, publicado el legal o, en su defecto, certificado del mismo otorgado por el organismo 27-01-1991; Art. 192º, 193º, 194, 195º y 196º. competente. -Resolución N° 300; Art. 192º, 193º, 194, 195º y 196º. c)Indicación de la ciudad y dirección de la oficina principal de la empresa. -Resolución N° 301 de la Secretaría General; Art. 39º d)Carta compromiso de contratación de la Póliza de Seguro que cubra, de origen a destino, a la tripulación y a terceros, el pago de una Nº DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S TRAMITACIÓN AUTO- EVALUACIÓN DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE ORD. % de 1 UIT MÁTICA POST. NEGAT. EL TRÁMITE EL TRÁMITE EL RECURS. IMPUG.