Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2002 (04/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

Nº DE ORD. REQUISITOS cuenta con otro MORDAZA de seguro que cubra accidentes corporales en ese MORDAZA, el transportista no esta obligado a contratar poliza adicional, siempre que los riesgos cubiertos y sumas aseguradas MORDAZA iguales o mayores que los fijados por la Poliza Andina. e) Ambito de operacion, senalando los Paises Miembros por cuyos territorios pretende operar, incluido el de origen. f) Rutas, itinerarios y frecuencias a operar en cada MORDAZA Miembro del ambito de operacion y por cada trafico a servir. g) Relacion y tarjetas de propiedad de los vehiculos cuya habilitacion y registro solicita. Indicara los que son de su propiedad y los tomados en arrendamiento financiero (Leasing), adjuntando MORDAZA autenticada o notarial del contrato de arrendamiento. 10% 30 dias Subdireccion de Control Documentario Director General de Circulacion Terrestre AUTOMATICA

MORDAZA, lunes 4 de marzo de 2002

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE TRAMITACION % de 1 UIT

CALIFICACION EVALUACION POST. NEGAT.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURS. IMPUG.

4.6

PRORROGA DEL PERMISO ORIGINARIO DE PRESTACION DE SERVICIOS (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA) Vigencia: 5 anos.

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08-10-1999) - Decision Nº 398, de la comision del Acuerdo de Cartagena, (pasajeros), publicado el 27-01-1997; Arts. 56º y 57º NOTA: MORDAZA de solicitud por lo menos 30 dias calendario MORDAZA del vencimiento del permiso. 20% 30 dias

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud requiriendo la prorroga, suscrito por el representante legal acreditado por la empresa. - MORDAZA de la Poliza MORDAZA de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales para tripulantes, durante la operacion del servicio, conforme a la Decision Nº 290 de la Comunidad MORDAZA, por el tiempo que dure el viaje, la que debe indicar la compania aseguradora que ejecutara la Poliza en el MORDAZA de destino.

4.7

PERMISO COMPLEMENTARIO DE PRESTACION DE SERVICIOS (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA) Vigencia: 5 anos

Subdireccion de Control Documentario

Director General de Circulacion Terrestre

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

NORMAS LEGALES

BASE LEGAL - Ley N° 27181 (08-10-1999) - Decision Nº 398, de la comision del Acuerdo de Cartagena, publicado el 27-01-1997; Art. 51º

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud bajo forma de declaracion jurada, indicando razon social, nombre del representante legal de la empresa. a) MORDAZA del Permiso Originario de Prestacion de Servicios con sus anexos. b) MORDAZA del poder notarial por escritura publica en el que conste la designacion de representante legal, con plenas facultades para representar a la empresa en todos los actos administrativos, comerciales y judiciales en los que deba intervenir en el MORDAZA Miembro en el cual solicita dicho permiso, inscrito en los registros publicos. c) MORDAZA y direccion del domicilio del representante legal de la empresa en ese MORDAZA Miembro. d) Carta compromiso de contratacion de la Poliza MORDAZA de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para Tripulantes. e) Rutas, itinerarios y frecuencia a operar en el MORDAZA Miembro en el que solicita el Permiso y por cada trafico a servir. f) Relacion e identificacion de los vehiculos habilitados con los que operara en ese MORDAZA Miembro y sobre los cuales solicita su registro. Senalara los que son de su propiedad y los tomados en arrendamiento financiero (Leasing). - Comunicacion de la autoridad del MORDAZA de origen. Gratuito 30 dias

4.8

PRORROGA DEL PERMISO COMPLEMENTARIO DE PRESTACION DE SERVICIOS (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA) Vigencia: 5 anos

Subdireccion de Control Documentario

Director General de Circulacion Terrestre

Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes 10% 30 dias Subdireccion de Control Documentario Director General de Circulacion Terrestre Reconsideracion: Director General de Circulacion Terrestre Apelacion: Viceministro de Transportes

BASE LEGAL - Decision Nº 398, de la comision del Acuerdo de Cartagena, publicado el 27-01-1997; Arts. 56º y 57°

4.9

PERMISO ESPECIAL DE ORIGEN PARA TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CUENTA PROPIA (MERCANCIAS)

Vigencia: 2 anos

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Pag. 218783

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BASE LEGAL Ley N° 27181 (08-10-1999) Decision Nº 399 de la Comunidad MORDAZA, publicado el 27-01-1991; Art. 192º, 193º, 194, 195º y 196º. Resolucion N° 300; Art. 192º, 193º, 194, 195º y 196º. Resolucion N° 301 de la Secretaria General; Art. 39º

- Pago al Banco de la Nacion. - Solicitud bajo forma de declaracion jurada, indicando razon social, Nº de RUC, giro de la empresa, indicacion de la MORDAZA y direccion de la oficina principal, nombre del representante legal de la empresa. a) Documento que acredite la existencia legal de la empresa en su MORDAZA de origen. b) MORDAZA autenticada o legalizada del nombramiento de su representante legal o, en su defecto, certificado del mismo otorgado por el organismo competente. c) Indicacion de la MORDAZA y direccion de la oficina principal de la empresa. d) Carta compromiso de contratacion de la Poliza de Seguro que cubra, de origen a destino, a la tripulacion y a terceros, el pago de una

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