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NORMAS LEGALESPág. 218782 Lima, lunes 4 de marzo de 2002terceros vinculados que pueden ser nacionales o de otro país (de personas naturales o jurídicas) con contrato de vinculación autenticada o legalizada notarialmente, en los casos que corresponda. d)Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para Tripulantes. Si la tripulación cuenta con otro tipo de seguro que cubra accidentes corporales en ese país, el transportista no está obligado a contratar póliza adicional, siempre que los fijados por la Póliza Andina. e)Ambito de operación, señalando los Países Miembros por cuyo territoriopretende operar, incluido el de origen. 4.2 PRÓRROGA DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: (TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA) -Solicitud requiriendo la prórroga, suscrito por el representante legal Control Documentario de Circulación Terrestre Director General Vigencia: 5 años. acreditado por la empresa. de Circulación Terrestre -Certificado de idoneidad. BASE LEGAL -Copia de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Apelación: -Ley N° 27181 (08-10-1999) Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales Viceministro de -Decisión Nº 399, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, para tripulantes, durante la operación del servicio, conforme a la Decisión Transportes (Mercancías), publicado el 27-01-1997; Art. 45º y 46º. Nº 290 de la Comunidad Andina, por el tiempo que dure el viaje, la que debe -Resolución Nº 300 de la Secretaría General, Art. 9º indicar la compañía aseguradora que ejecutará la Póliza en el país de destino. NOTA: Presentación de solicitud por lo menos 30 días calendario antes del vencimiento del permiso. 4.3 PERMISO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS -Pago al Banco de la Nación. 20% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: (TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA) -Solicitud bajo forma de declaración jurada, indicando razón social, nombre Control Documentario de Circulación Terrestre Director General Vigencia : 5 años. del representante legal acreditado por la peticionaria, indicando N° de DNI, de Circulación Terrestre N° de RUC y domicilio legal. BASE LEGAL a)Copia del Certificado de Idoneidad con sus anexos. Apelación: -Ley N° 27181 (08-10-1999) b)Copia del poder notarial por escritura pública en el cual conste la Viceministro de -Decisión Nº 399, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, designación de representante legal, con plenas facultades para representar Transportes publicado el 27-01-1997; Art. 40°. a la empresa en todos los actos administrativos, comerciales y judiciales en los que deba intervenir en el País Miembro en el cual solicita dicho Permiso, inscrito en los registrios públicos. c)Ciudad y dirección del domicilio del representante legal de la empresa en ese País Miembro. d)Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para Tripulantes. e)Relación e identificación de los vehículos habilitados y unidades de carga con los que operará en ese País Miembro y sobre los cuales solicita su registro. Señalará los que son de su propiedad, los de terceros vinculados y los tomados en arrendamiento financiero (Leasing). 4.4 PRÓRROGA DEL PERMISO DE PRESTACIÓN DE -Comunicación de la autoridad del país de origen. Gratuito 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: SERVICIOS (TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR Control Documentario de Circulación Terrestre Director General CARRETERA) de Circulación Terrestre Vigencia : 5 años. Apelación: BASE LEGAL Viceministro de -Decisión Nº 399, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, Transportes publicado el 27-01-1997; Art. 40°. 4.5 PERMISO ORIGINARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS -Pago al Banco de la Nación. 20% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: (TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA) -Solicitud bajo forma de declaración jurada, indicando razón social, Nº Control Documentario de Circulación Terrestre Director General de RUC, nombre del representante legal. de Circulación Terrestre Vigencia: 5 años a)Copia del documento constitutivo de la empresa, y reforma de sus estatutos en caso de existir, con la respectiva anotación de su registro Apelación: BASE LEGAL o, en su defecto, certificado de constitución de la misma, con indicación Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) de su objeto social (transporte de Pasajeros Nacional e Internacional), Transportes -Decisión Nº 398, de la comisión del Acuerdo de Cartagena, reformas, capital y vigencia, otorgado por el organismo competente. publicado el 07-01-1997; Art. 50º b)Copia del nombramiento de representante legal de la empresa o, en su defecto, certificado del mismo otorgado por el organismo competente. c)Ciudad y dirección de la oficina principal de la empresa. d)Carta compromiso de contratación de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y Anexo de Accidentes Corporales para Tripulantes. Si la tripulación Nº DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S TRAMITACIÓN AUTO- EVALUACIÓN DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE ORD. % de 1 UIT MÁTICA POST. NEGAT. EL TRÁMITE EL TRÁMITE EL RECURS. IMPUG.