Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2002 (04/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

Nº ORDEN REQUISITOS Militares, expedido por el Juez Militar de Transito. c) Ficha de Examen Clinico Psicotecnico expedido por la autoridad Militar competente. d) Certificado de haber rendido los Examenes Psicofisico, MORDAZA, Pasajeros, Carga, mecanica y manejo expedido por el Director de la Escuela de Servicios del Ejercito. e) MORDAZA simple del Documento de Identidad. f) MORDAZA autenticada de la resolucion y/o documento que acredite la baja del servicio activo. g) Ficha del Postulante firmada por el Director de la Escuela de Servicios del Ejercito. "En caso de que el Brevete Militar no este VIGENTE, el solicitante rendira el respectivo examen de Aptitud Psicosomatica". - Nota de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Hoja de Datos personales completos y domicilio. - Ser titular de la Licencia de Conducir Extranjera vigente,igual o mayor categoria de la solicitada y adjuntar MORDAZA simple (*). - Documento Oficial de Identidad original, solamente para identificacion. - MORDAZA simple del Documento Oficial de Identidad. Nota : (*) En caso de no poseer la Licencia de Conducir extranjera deberan cumplir con los requisitos establecidos para la categoria que postula, a excepcion del pago de tasas. 0,9% X Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir Director General de Circulacion Terrestre Gratuito X Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir Director General de Circulacion Terrestre

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE TRAMITACION % DE 1 U.I.T.

CALIFICACION AUTOMAEVALUACION MORDAZA POST. NEGAT.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS

MORDAZA, lunes 4 de marzo de 2002

- D.S. 015-94-MTC publicado el 13-06-1994 Cap. VII Art.24° - D.S. 011-EMG/ A2C, publicado el 20-08-1960 (RA-00-009)

03

EXPEDICION DE LICENCIA DE CONDUCIR SOLICITADO POR MIEMBROS DEL SERVICIO DIPLOMATICO ACREDITADOS

BASE LEGAL - D.S. 015-94-MTC publicado el 13-06-1994 Cap. VII Art.25°

NORMAS LEGALES

04

RECATEGORIZACION DE LICENCIA DE CONDUCIR "A-I " PARTICULAR

BASE LEGAL - Ley N° 27181, publicada el 08-10-1999 - D.S. 015-94-MTC publicado el 13-06-1994 Cap. VII Art.23° Disposicion Complementaria Septima - D.S. 008-98-MTC, publicado el 17-05-1998 Art.1°

Pago en el Banco de la Nacion. Certificado de Aptitud Psicosomatica. Documento de Identidad original (solamente para identificacion). MORDAZA simple del Documento de Identidad. Llenar formulario "001/15.18", que reuna los siguientes requisitos: a) Edad minima 21 anos cumplidos. b) Tener Licencia de Conducir de la Categoria I con una antiguedad no menor de dos (2) anos c) Saber leer y escribir. d) Aprobar el examen de mecanica, primeros auxilios y Reglamento de Transporte de Carga y Pasajeros. e) Aprobar el examen de manejo en vehiculo clase omnibus de Transporte Urbano. f) Devolucion de la Licencia de Conducir materia de recategorizacion. 0,9% X

05

RECATEGORIZACION DE LICENCIA DE CONDUCIR "A-II" PROFESIONAL

BASE LEGAL - Ley N° 27181, publicada el 08-10-1999 - D.S. 015-94-MTC publicado el 13-06-1994 Cap. VII Art. 23° Disposicion Complementaria Septima - D.S. 008-98-MTC, publicado el 17-05-1998 Art.1°

-

Pago en el Banco de la Nacion. Certificado de Aptitud Psicosomatica. Documento de Identidad original (solamente para identificacion). MORDAZA simple del Documento de Identidad. Llenar formulario "001/15.18", que reuna los siguientes requisitos: a) Edad minima 23 anos cumplidos. b) Ser titular de la Licencia de Conducir "A-II" Profesional con una antiguedad mayor de dos (02) anos. c) Saber leer y escribir. d) Aprobar el examen de manejo en vehiculo Tracto Camion con Semi Remolque u omnibus interprovincial. e) Devolucion de la Licencia de Conducir materia de recategorizacion. Pago en el Banco de la Nacion. Certificado de Aptitud Psicosomatica. Documento de Identidad original (solamente para identificacion). MORDAZA simple del Documento de Identidad. Llenar formulario "001/15.18". Devolucion de la Licencia de conducir materia de revalidacion. NOTA: "Los Conductores mayores de 65 anos, particulares y profesionales renovaran su Licencia de Conducir cada dos (02) anos, aprobando para tal efecto, el examen de Aptitud Psicosomatica".

Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir

Director General de Circulacion Terrestre

06

REVALIDACION DE LICENCIA DE CONDUCIR

Pag. 218775

BASE LEGAL - Ley N° 27181, publicada el 08-10-1999 - D.S. 015-94-MTC publicado el 13-06-1994 Cap. VI Art.19° Disposicion Complementaria Septima - D.S. 009-97-MTC, publicado el 10-04-1997 Art.1°

-

0,9%

X

Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir

Director General de Circulacion Terrestre

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