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NORMAS LEGALES Pág. 218793Lima, lunes 4 de marzo de 2002 Nº DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S TRAMITACIÓN AUTO- EVALUACIÓN DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE ORD. % de 1 UIT MÁTICA POST. NEGAT. EL TRÁMITE EL TRÁMITE EL RECURS. IMPUG. -Copia del Seguro Obligatorio por Accidente de Tránsito (SOAT) que cubra accidentes personales de los pasajeros, tripulantes y terceros, de acuerdo a los montos establecidos en el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado mediante D.S. 049-2000-MTC, en la que conste la firma de los funcionarios de la Compañía de seguros y del representante legal de la empresa. -Declaración jurada suscrita por el representante legal comprometiéndose a que en caso de accidente, la empresa auxiliará en forma inmediata a los pasajeros asumiendo los gastos médicos, de hospitalización, quirúrgicos, farmacéuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. -Si oferta nuevas unidades, presentación de declaración jurada suscrita por el representante legal señalando que los vehículos ofertados han sido diseñados para el transporte de personas y cuentan con el volante de dirección ubicado originalmente al lado izquierdo. SERVICIOS REALIZADOS ÚNICAMENTE EN LOS CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL TRANSPORTE TERRESTRE INTERNACIONAL DE PASAJEROS POR CARRETERA ENTRE TACNA (PERÚ) Y ARICA (CHILE) 29 PERMISO DE OPERACIÓN DEL SERVICIO DE -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Trámite Documentario Director Regional de Reconsideración: TRANSPORTE TERRESTRE INTERNACIONAL DE -Solicitud dirigida al Director Regional de Circulación Terrestre, bajo forma DRTCVC - TACNA Transportes, Director Regional de PASAJEROS POR CARRETERA ENTRE TACNA (PERÚ) de declaración jurada. Comunicaciones, Vivienda Transportes, Y ARICA (CHILE), EN LAS MODALIDADES DE -Copia simple del Testimonio de la Escritura de Constitución de la y Construcción Comunicaciones, Vivienda AUTOMÓVILES COLECTIVOS, ÓMNIBUS Y SERVICIO empresa y poder del representante legal inscrita en los Registros Públicos. C.T.A.R. - TACNA y Construcción TURÍSTICO. -Copia del Registro Único de Contribuyente (R.U.C.) C.T.A.R. - TACNA -Copia de las tarjetas de propiedad de los vehículos ofertados y en los casos Vigencia: 5 años que corresponda copia simple del Testimonio de la Escritura Pública del Apelación: Contrato de Arrendamiento Financiero (leasing) de los vehículos. Presidente Ejecutivo de BASE LEGALLos permisos serán otorgados a las empresas cuyos vehículos no excedan la C.T.A.R. - TACNA -Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre de diez (10) años de antigüedad contratados a partir del 1 de enero del año Tacna y Arica, del 27y 29 de setiembre de 1982. siguiente de su fabricación. -Ley N° 27181 (08-10-1999) -Copia simple de póliza de seguros vigente que cubra accidentes personales -(Directiva que norma el reordenamiento para la asignación de pasajeros, conductores y terceros, de acuerdo a los montos mínimos del cupo en el tráfico fronterizo Tacna - Arica, Directiva establecidos para el servicio de transporte Interprovincial de pasajeros. N° 002-91-TC/15.15 aprobado por R.D. N° 055-91-TC/15.15 -Declaración Jurada suscrita por el representante legal comprometiéndose a del 23/09/91) que en caso de accidente, la empresa auxiliará en forma inmediata a los pasajeros, asumiendo los gastos médicos, de hospitalización, quirúrgicos, farmacéuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. 30 RENOVACIÓN DE PERMISO DE OPERACIÓN DEL -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Trámite Documentario Director Regional de Reconsideración: SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR -Solicitud dirigida al Director Regional de Circulación Terrestre, bajo forma DRTCVC - TACNA Transportes, Director Regional de CARRETERA ENTRE TACNA-ARICA. de declaración jurada. Comunicaciones, Vivienda Transportes, -Poder del representante legal de la empresa actualizado. y Construcción Comunicaciones, Vivienda Vigencia: 5 años -Copia simple de póliza de seguros vigente que cubra accidentes personales C.T.A.R. - TACNA y Construcción de pasajeros, conductores y terceros, de acuerdo a los montos mínimos C.T.A.R. - TACNA BASE LEGAL establecidos para el servicio de transporte Interprovincial de pasajeros. -Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre -Declaración Jurada suscrita por el representante legal comprometiéndose a Apelación: Tacna y Arica, del 27y 29 de setiembre de 1982. que en caso de accidente, la empresa auxiliará en forma inmediata a los Presidente Ejecutivo de -Ley N° 27181 (08-10-1999) pasajeros, asumiendo los gastos médicos, de hospitalización, quirúrgicos, la C.T.A.R. - TACNA -(Directiva que norma el reordenamiento para la asignación farmacéuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer del cupo en el tráfico fronterizo Tacna - Arica, Directiva responsabilidad en el evento. N° 002-91-TC/15.15 aprobado por R.D. N° 055-91-TC/15.15 del 23/09/91) 31 MODIFICACIÓN DE FLOTA VEHICULAR (TACNA-ARICA). -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Trámite Documentario Director Regional de Reconsideración: -Solicitud dirigida al Director Regional de Circulación Terrestre, bajo forma DRTCVC - TACNA Transportes, Director Regional de de declaración jurada. Comunicaciones, Vivienda Transportes, BASE LEGAL -Copia de las tarjetas de propiedad de los vehículos ofertados a nombre de y Construcción Comunicaciones, Vivienda -Convenio de Transporte de Pasajeros por Carretera entre la empresa cuya antigüedad no debe exceder los diez (10) años, contados C.T.A.R. - TACNA y Construcción Tacna y Arica, del 27y 29 de setiembre de 1982. a partir del 1 de enero del año siguiente de su fabricación. C.T.A.R. - TACNA -Ley N° 27181 (08-10-1999) -Copia simple de póliza de seguros vigente que cubra accidentes personales -(Directiva que norma el reordenamiento para la asignación de pasajeros, conductores y terceros, de acuerdo a los montos mínimos Apelación: del cupo en el tráfico fronterizo Tacna - Arica, Directiva establecidos para el servicio de transporte Interprovincial de pasajeros. Presidente Ejecutivo de N° 002-91-TC/15.15 aprobado por R.D. N° 055-91-TC/15.15 Devolución de la Tarjeta de Circulación vehicular (para los casos de la C.T.A.R. - TACNA del 23/09/91) sustitución o disminución).