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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2002 (04/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALESPág. 218792 Lima, lunes 4 de marzo de 2002Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado mediante D.S. 049-2000-MTC, en la que conste la firma de los funcionarios de la Compañía de seguros y del representante legal de la empresa. -Declaración Jurada suscrita por el representante legal comprometiéndose a que en caso de accidente, la empresa auxiliará en forma inmediata a los pasajeros, asumiendo los gastos médicos, de hospitalización, quirúrgicos, farmacéuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. -Copia legalizada del contrato del servicio suscrito señalando el horario, laruta y vehículos establecidos. 26 RENOVACIÓN DEL PERMISO DE OPERACIÓN DE -Pago al Banco de la Nación. 10% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: TRANSPORTE DE TRABAJADORES POR CARRETERA -Copia simple del poder actualizado del representante legal. Control Documentario de Circulación Terrestre Director General -Copia del Seguro Obligatorio por Accidente de Tránsito (SOAT) que cubra de Circulación Terrestre Vigencia: 5 años accidentes personales de los pasajeros, tripulantes y terceros, de acuerdo a los montos establecidos en el Reglamento Nacional de Apelación: BASE LEGAL Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) aprobado mediante D.S. 049-2000-MTC, en la que conste la firma de los Transportes -Reglamento de Transporte Terrestre de Trabajadores funcionarios de la Compañía de seguros y del representante legal de la por Carretera aprobado con D.S. Nº 004-78-TC, Art. 13º empresa. 27 PERMISOS EXCEPCIONALES PARA EL SERVICIO -Pago al Banco de la Nación. 20% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS -Solicitud bajo forma de declaración jurada indicando razón social, domicilio, Control Documentario de Circulación Terrestre Director General POR CARRETERA N° RUC, nombre del representante legal de la empresa. de Circulación Terrestre Vigencia de 4 años. -Copia simple de la Escritura de Constitución Social de la empresa y poder actualizado del representante legal inscritO en los Registros Públicos. Apelación: BASE LEGAL -Copia fotostática de las tarjetas de propiedad de los vehículos a nombre de Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) la peticionaria y en los casos que corresponda, copia del Contrato de Transportes -D.S. Nº 040-2001-MTC del 28/07/01, Art. 257° y 258° Arrendamiento Financiero (Leasing) de los vehículos ofertados. -Certificados de inspección técnica, expedidos por la autoridad competente, que acredite la operatividad de los vehículos ofertados. -Estudio de factibilidad técnico-económico que demuestre la deficiencia de la oferta y la demanda de transporte insatisfecha en la ruta solicitada, incluyendo croquis de la ruta, indicando distancias entre origen y destino, y escalas comerciales, tiempo aproximado de viaje, frecuencias, horarios de salida, flota operativa, vehículos de reserva. -Copia del Seguro Obligatorio por Accidente de Tránsito (SOAT) que cubra accidentes personales de los pasajeros, tripulantes y terceros, de acuerdo a los montos establecidos en el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado mediante D.S. 049-2000-MTC, en la que conste la firma de los funcionarios de la Compañía de seguros y del representante legal de la empresa. -Declaración jurada suscrita por el representante legal comprometiéndose a que en caso de accidente, la empresa auxiliará en forma inmediata a los pasajeros asumiendo los gastos médicos, de hospitalización, quirúrgicos, farmacéuticos y de sepelio que requieran, sin que ello signifique reconocer responsabilidad en el evento. -Declaración jurada suscrita por el representante legal señalando que los vehículos ofertados han sido diseñados para el transporte de personas ycuentan con el volante de dirección ubicado originalmente al lado izquierdo. 28 RENOVACIÓN DEL PERMISO EXCEPCIONAL PARA -Pago al Banco de la Nación. 20% 30 días Subdirección de Director General Reconsideración: EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL -Solicitud bajo forma de declaración jurada indicando razón social, domicilio, Control Documentario de Circulación Terrestre Director General DE PASAJEROS POR CARRETERA N° RUC, nombre del representante legal solicitando la renovación. de Circulación Terrestre Vigencia de 4 años. -Copia simple de la Escritura de Constitución Social de la empresa y poder actualizado del representante legal inscrito en los Registros Públicos. Apelación: BASE LEGAL -Si oferta nuevas unidades, presentar copia fotostática de las tarjetas de Viceministro de -Ley N° 27181 (08-10-1999) propiedad de los vehículos a nombre de la peticionaria y en los casos que Transportes -D.S. Nº 040-2001-MTC del 28/07/01, Art. 257°, 258°, 259° corresponda, copia del Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing) y 260° de los vehículos. -Certificados de inspección técnica, expedidos por la autoridad competente, que acredite la operatividad de los vehículos ofertados. -Estudio de factibilidad técnico-económico que demuestre la deficiencia de la oferta y la demanda de transporte insatisfecha en la ruta solicitada, incluyendo croquis de la ruta, indicando distancias entre origen y destino, y escalas comerciales, tiempo aproximado de viaje, frecuencias, horarios de salida, flota operativa, vehículos de reserva. Nº DERECHO DE CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O S TRAMITACIÓN AUTO- EVALUACIÓN DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE ORD. % de 1 UIT MÁTICA POST. NEGAT. EL TRÁMITE EL TRÁMITE EL RECURS. IMPUG.