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Pág. 218992 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de marzo de 2002 nes en materia de interconexión que son aprobadas por OSIPTEL. Artículo 4º.- Disponer que el acuerdo de interconexión a que hace referencia el Artículo 1º de la presente resolu- ción se incluya, en su integridad, en el Registro de Contra- tos de Interconexión de OSIPTEL, el mismo que será de acceso público. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su notificación a las empre- sas concesionarias, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAUL PHUMPIU CHANG Gerente General (e) 4517 SUNARP Autorizan funcionamiento de Oficina Zonal ubicada en el distrito de Santa Anita bajo la jurisdicción de la Oficina Registral de Lima y Callao RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 105-2002-SUNARP/SN Lima, 8 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dic- tar las políticas y normas técnico-administrativas de los Registros Públicos; Que, siendo concordante con la política de descentralización impartida por el Gobierno Central, de facilitar el acceso a los Servicios Registrales a la po- blación de menores recursos y de sectores más aleja- dos de la ciudad, se ha previsto la implementación y funcionamiento de una Oficina zonal en el distrito de Santa Anita; Que, la Oficina Registral de Lima y Callao, organismo público descentralizado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, tiene ámbito geográfico y com- petencia registral en el departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao, por lo que resulta procedente que la Oficina Zonal de Santa Anita se encuentre dentro de la jurisdicción de la ORLC; Que, la citada Oficina Zonal contará con las condicio- nes materiales necesarios y equipos para que los usua- rios de los distritos de Huarochirí, Ricardo Palma, Matuca- na, San Mateo, Chosica, Santa Eulalia, Chaclacayo, Santa Inés, Santa Clara, Huaycán, Vitarte, Ate y Santa Anita, pue- dan solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en forma adecuada; Que, el Directorio de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en su sesión Nº 155 de fecha 20 de febrero de 2002, acordó autorizar el funcionamiento de una Oficina Zonal en el distrito de Santa Anita, la cual estará bajo la jurisdicción de Lima y Callao; Estando a lo dispuesto por el Artículo 7º inciso a) de Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, el funcionamiento de una Oficina Zonal ubicada en el distrito de Santa Anita, pro- vincia de Lima y departamento de Lima, bajo la juris- dicción de la Oficina Registral de Lima y Callao, la mis- ma que podrá recepcionar todas las solicitudes de ins- cripción que ingresan actualmente a través del Libro Diario de la Oficina Registral de Lima y brindar servi- cios de publicidad registral referidos a Copias Simples y Búsquedas. Asimismo, en dicha oficina se podrán efectuar los pagos por los servicios registrales antes señalados, a los que podrá añadirse aquellos quecorrespondan por la ampliación progresiva de sus ser- vicios. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 4585 SUNAT Precisan conformación del Comité de Bajas de la SUNAT constituido por la Res. Nº 013-2002/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2002/SUNAT Lima, 6 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 013 -2002/SUNAT se designó a los miembros del Comité de Bajas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 016-2000/SUNAT se ha modificado la estructura organi- zacional de la Intendencia Nacional de Administración en tanto que mediante Resolución de Superintendencia Nº 019-2002/SUNAT se ha modificado la denominación de la Oficina de Asesoría Legal Administrativa, unidad organi- zacional de la Intendencia Nacional Jurídica, por la de Gerencia Jurídico Administrativa; Que resulta necesario, en consecuencia, precisar la conformación del Comité de Bajas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT a que se refiere la Resolución de Superintendencia Nº 013-2002/ SUNAT de acuerdo a la nueva estructura organizacional y denominación de las unidades indicadas; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro- bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU- NAT y modificado mediante Resoluciones de Superinten- dencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar que el Comité de Bajas de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, constituido por Resolución de Superintendencia Nº 013-2002/SUNAT, se encuentra conformado por: - El Gerente Administrativo, quien lo presidirá. - El Jefe del Departamento de Contabilidad General. - Un profesional de la Gerencia Jurídico Administrativa. - Un Profesional del Departamento de Servicios Gene- rales, quien actuará como Secretario de Actas. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 4577 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Afectan en uso inmueble ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamen- to de Lima, a favor del Ministerio de Educación JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 011-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 12 de febrero del 2002