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Pág. 218984 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de marzo de 2002 revisión y consiguiente trámite ante el CONSUCODE, en caso la resolución no sea favorable al postor impug- nante, como para la publicación de los resultados del proceso de selección y posterior suscripción del con- trato, existen plazos señalados por el Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento que en el mejor de los ca- sos sumarían treinta días calendario, situación que ge- neraría la ausencia extraordinaria e imprevisible del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo de ADUANAS, hecho que evi- dentemente atenta en forma directa la continuidad de los servicios esenciales que presta ADUANAS al no existir una respuesta inmediata ante alguna falla del parque computacional de la Institución, razón suficien- te para declarar en situación de urgencia el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de cómputo y autorizar la contratación directa por un pe- ríodo de treinta días calendario, por un valor referen- cial de US$ 26,447.22; Que, con Informe Nº 026-2002-ADUANAS/OAL la Oficina de Asesoría Legal manifiesta que, teniendo en cuenta la situación especialísima presentada que evi- dentemente comprometería en forma directa la conti- nuidad de los servicios esenciales que presta ADUA- NAS, razón suficiente para invocar el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por tanto justificada legal- mente la necesidad de contratar el servicio de manteni- miento preventivo y correctivo de equipos de cómputo de ADUANAS bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto se concluya con el proceso de selección correspondiente; Que, los Artículos 105º, 108º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-EF, establecen los procedimientos al que de- ben ceñirse las contrataciones de menor cuantía con la indicación de que la autoridad competente que aprueba la exoneración, deberá indicar el Órgano o Dependencia que tendrá a su cargo efectuar la contratación del servicio re- querido; Estando a las facultades previstas en el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 226 de fecha 15 de febrero de 2001 y a las disposiciones conteni- das en los Artículos 19º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Artículos 105º, 108º, 113º y 116º de su Reglamen- to; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de urgen- cia, por el plazo de treinta (30) días calendario, la contrata- ción del servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Cómputo a Nivel Nacional. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de ad- judicación directa selectiva la contratación del servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Cómputo a Nivel Nacional, por los fundamentos ex- puestos en los considerandos de la presente Resolu- ción. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Intendencia Na- cional de Administración y Recaudación Aduanera para que a través del Órgano correspondiente, disponga la contra- tación del servicio de Mantenimiento Preventivo y Correc- tivo de Equipos de Cómputo a Nivel Nacional, mediante Adjudicación de Menor Cuantía, por un período de 30 días calendario y por un valor referencial ascendente a la suma de US$ 26,447.22. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Intendencia Na- cional de Administración y Recaudación Aduanera remita copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y de los Informes que sustentan esta exo- neración, dentro de los diez (10) días calendario siguien- tes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMÍREZ SALOMÓN Superintendente Nacional de Aduanas 4464ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Aprueban Directiva Nº 001-2002-AGN/ CP sobre Prestación de Servicios de Asistencia y Asesoramiento Técnico Archivístico y Consultoría RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2002-AGN/J Lima, 19 de febrero de 2002 Visto el Oficio Nº 017-2002-AGN/OGA de la Oficina General de Auditoría, sobre la Acción de Control no Pro- gramada Nº 02-0308-2002-04; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 241-2000-AGN/ J de fecha 21 de junio del 2000, se aprobó la Directiva Nº 001-2000-AGN/OTA, sobre Prestación de Servicios Espe- cializados de Asesoramiento Técnico Archivístico y Con- sultoría a Terceros; haciéndose necesario dejarla sin efec- to; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 037-2002-AGN/ J de fecha 12 de febrero del 2002, se constituyó la Comi- sión Permanente encargada de elaborar una nueva Direc- tiva sobre prestación de servicios de Asistencia y Aseso- ramiento Técnico Archivístico y Consultoría, que compren- den los siguientes procesos técnicos archivísticos: orga- nización documental, descripción documental, selección documental, conservación documental -restauración, encuadernación y reprografía de documentos-, moderni- zación de archivos y otros, a entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Archivos y a las entidades privadas que lo requieran, así como velar por- que se proyecte una mejor imagen Institucional y la Trans- parencia en las gestiones Administrativas y Legales; De conformidad con lo dispuesto en: Decreto Ley Nº 19414 - Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio Documental de la Nación; Decreto Supremo Nº 022-75-ED - Reglamento del Decreto Ley Nº 19414; Ley Nº 25323 - Ley del Sistema Nacional de Archivos; Decreto Supremo Nº 008-92-JUS - Reglamento de la Ley Nº 25323; Ley Orgánica del Sector Justicia - Decreto Ley Nº 25993; Decreto Legislativo Nº 120 - Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; Ley General de Presupuesto 2002 Nº 27573; R.M. Nº 197-93-JUS - Reglamento de Organi- zación y Funciones del Archivo General de la Nación; Re- solución Jefatural Nº 073-85-AGN/J; Resolución Jefatural Nº 037-2002-AGN/J; Con los visados de las Direcciones Nacionales: Direc- ción Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Inter- medio, Dirección Nacional de Archivo Histórico, Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina Técnica Admi- nistrativa; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001- 2002-AGN/CP, sobre Prestación de Servicios de Asistencia y Asesoramiento Técnico Archivístico y Consultoría, que comprenden los siguientes procesos técnicos archivísticos: organización documental, des- cripción documental, selección documental, conserva- ción documental -restauración, encuadernación y re- prografía de documentos-, modernización de archivos y otros a entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Archivos y a las entidades pri- vadas que lo requieran. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 001- 2000-AGN/OTA, sobre Prestación de Servicios Especiali- zados de Asesoramiento Técnico Archivístico y Consulto- ría a Terceros aprobada por Resolución Jefatural Nº 241- 2000-AGN/J. Regístrese y comuníquese. PILAR REMY SIMATOVIC Jefa