Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2002 (06/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 6 de MORDAZA de 2002

de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional Penitenciario para el ano fiscal 2002; Que, de acuerdo con dicho Plan la Unidad Ejecutora 005: Direccion Regional Centro - Huancayo convoco al MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica Nacional Nº 0012002-INPE/21 - Suministro de Viveres, el mismo que ha sido declarado desierto por no haberse presentado el minimo de dos propuestas validas; Que, segun el Articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es necesario efectuar la MORDAZA convocatoria de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2002-INPE/21, considerando las etapas y plazos perentorios de estricto cumplimiento que se estiman hasta en sesenta (60) dias calendario; Que, durante la ejecucion del MORDAZA MORDAZA mencionado, la citada Direccion Regional no puede interrumpir el suministro de viveres para la alimentacion de los internos de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdiccion, por ser esta una de las funciones esenciales y permanentes de la entidad; Que, de acuerdo a los documentos del visto y en tanto se ejecute la MORDAZA convocatoria del mencionado MORDAZA de seleccion, es imprescindible contar con el suministro de viveres para preparar los alimentos de los internos cuya ausencia ocasionaria grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como propiciaria posibles actos de violencia de estos, comprometiendose directa e inminentemente tanto la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios como la continuidad de los servicios esenciales que brinda el Instituto Nacional Penitenciario; configurandose, por tanto, una situacion de urgencia; Que, por los fundamentos expuestos, procede declarar en situacion de urgencia, por el periodo de sesenta (60) dias calendario, la adquisicion de viveres para la alimentacion de los internos de los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Centro - Huancayo, con al finalidad de asegurar la continuidad de los servicios esenciales de la institucion; Que, en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones que se realicen, entre otros, en situacion de emergencia o de urgencia declaradas conforme a la Ley; Que, en el Articulo 108º numeral 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Resolucion Ministerial Nº 0402001-JUS y a las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia por el periodo de sesenta (60) dias calendario, la adquisicion de viveres para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Centro - Huancayo, mientras dure la MORDAZA convocatoria del MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica Nacional Nº 001-2002-INPE/20. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Regional Centro Huancayo a contratar mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia el suministro de viveres hasta por la suma de Ciento Sesenticuatro Mil Ciento Uno y 75/ 100 Nuevos Soles (S/. 164 101,75), mientras dure la situacion de urgencia prevista en el articulo precedente; debiendo observarse el estricto cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica

dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 8026

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Autorizan adquirir bienes que no cuentan con sustitutos en el MORDAZA o existe un solo proveedor de ellos mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0147-2002-J-OPD/INS
MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2002 Visto, el Informe Nº 069-2002-DG-OGA/INS remitido por el Director General de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, el instituto Nacional de Salud, como Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, tiene por finalidad el desarrollo del avance cientifico y tecnologico en el riguroso MORDAZA de la investigacion cientifica aplicada en salud, en tal sentido, requiere la provision de bienes que cumplan las especificaciones tecnicas requeridas por los diferentes laboratorios de la entidad, a fin de asegurar el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal; Que, mediante documento de visto se informa de la identificacion, previa evaluacion, por parte de los Centros Nacionales del Instituto Nacional de Salud, de los bienes que no admiten sustitutos, en razon a que respecto a los mismos, existe un solo proveedor o distribuidor en el MORDAZA, corresponden a una sola MORDAZA o siguen procedimientos estandarizados, por lo que dichos bienes deberan seguir un tratamiento especial; Que, mediante Informe Nº 131-2002-OGAJ/INS de la Oficina General de Asesoria Juridica se ha determinado que los bienes identificados y cuya relacion se encuentra adjunta al Informe de visto, cumplen con lo establecido en el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 0122001-PCM para ser exonerados del correspondiente MORDAZA de Licitacion Publica o Adjudicacion Directa, por cuanto dichos bienes no cuentan con sustitutos en el MORDAZA o existe un solo proveedor de los respectivos bienes; Que, estando a los Informes tecnicos y legal precedentes, se debera proceder, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 25850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, a adquirir dichos bienes mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; De conformidad con lo establecido por el Articulo 20º Inc. a) de la MORDAZA acotada y el Articulo 116º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; En uso de las atribuciones establecidas en el Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 144-2002-SA/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR de los procesos de seleccion de Licitacion Publica o Adjudicacion Directa la adquisicion de los bienes que en Anexo 01 y Anexo 02, forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- AUTORIZAR la adquisicion de los bienes a que se refiere el articulo precedente, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAVALAGA Jefe

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