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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2002 (06/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 222454 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de mayo de 2002 propuesto por la Dirección General de Contabilidad del Sec- tor Público, con la aprobación de la Alta Dirección y la visa- ción de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artí- culo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al Alcalde de la MUNICIPALI- DAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, señor Ing. JOSÉ MUR- GIA ZANNIER, a la Directora General de Administración señora Lic. ALICIA AHUMADA CUBAS, al Contador Gene- ral señor CPC VÍCTOR MANUEL VEGA SANEZ, y al Jefe de Presupuesto señor HUMBERTO VEGA SANEZ, por ha- ber presentado en primer lugar de las Municipalidades Pro- vinciales la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2001. Artículo 2º.- SOLICITAR al señor Alcalde, haga extensi- va esta especial felicitación, al personal de Contabilidad, Presupuesto, Tesorería, y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presen- tación de la rendición de cuentas en forma oportuna. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 8043 INFES Designan Asesor Legal de la Oficina de Asesoría Legal del INFES RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 071-2002-PRES-INFES Lima, 2 de mayo del 2002 Vista, la renuncia formulada por el Dr. Domingo Euge- nio Salinas Villavicencio al cargo de Asesor Legal de la Oficina de Asesoría Legal del INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 108-94-PRES, de fe- cha 3 de octubre de 1994, se le designó en el Cargo de Confianza de Asesor Legal de la Oficina de Asesoría Legal del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES. Que, el citado funcionario mediante Carta del 23 de abril de 2002, ha formulado renuncia al cargo que venía desem- peñando; Que, el cargo de confianza de Asesor Legal de la Ofici- na de Asesoría Legal del Instituto Nacional de Infraestruc- tura Educativa y de Salud - INFES, se encuentra vacante por renuncia de su Titular. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27549 y el Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del INFES, aprobado por De- creto Supremo Nº 003-97-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia formulada por el Dr. Do- mingo Eugenio Salinas Villavicencio al cargo de confian- za de Asesor Legal de la Oficina de Asesoría Legal del INFES, dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, en el Cargo de Confianza de Asesor Legal de la Oficina de Asesoría Legal, Categoría G-5, del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a la doctora ROSA AMELIA GÁLVEZ ROJAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALVA DEXTRE Presidente del Consejo Directivo del INFES 7963I N P E Declaran en situación de urgencia la adquisición de víveres para estableci- mientos penitenciarios de las Direccio- nes Regionales Sur Oriente - Cusco, Nor Oriente - San Martín y Centro - Huancayo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 331-2002-INPE/P Lima, 25 de abril de 2002 Visto, el Oficio Nº 385-2002-INPE/21 de fecha 11 de abril de 2002, de la Dirección Regional Sur Oriente - Cus- co, mediante el cual adjunta el Informe Técnico Legal Nº 020-2002-INPE/21 que sustenta la solicitud de declarar en situación de urgencia por el período de sesenta (60) días calendario, la adquisición de suministro de víveres para los Establecimientos Penitenciarios de esta jurisdicción; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 061-2002- INPE/P del 25 de enero del 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional Penitenciario para el año fiscal 2002; Que, de acuerdo con dicho Plan la Unidad Ejecutora 006: Dirección Regional Sur Oriente - Cusco, convocó al proceso de selección por Licitación Pública Nacional Nº 001- 2002-INPE/21 - Suministro de Víveres, el mismo que ha sido declarado desierto por no haberse presentado el míni- mo de dos propuestas válidas; Que, según el Artículo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es necesario efec- tuar la segunda convocatoria de la Licitación Pública Na- cional Nº 001-2002-INPE/21, considerando las etapas y plazos perentorios de estricto cumplimiento que se esti- man hasta en sesenta (60) días calendario; Que, durante la ejecución del proceso antes menciona- do, la citada Dirección Regional no puede interrumpir el suministro de víveres para la alimentación de los internos de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción, por ser ésta una de las funciones esenciales y permanen- tes de la entidad; Que, de acuerdo a los documentos del visto y en tanto se ejecute la segunda convocatoria del mencionado proce- so de selección, es imprescindible contar con el suministro de víveres necesarios para preparar los alimentos de los internos cuya ausencia ocasionaría grave deterioro en la salud de la población penal así como propiciaría posibles actos de violencia de éstos, comprometiéndose directa e inminentemente tanto la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios como la continuidad de los servicios esen- ciales que brinda el Instituto Nacional Penitenciario; confi- gurándose, por tanto, una situación de urgencia; Que, por los fundamentos expuestos, procede declarar en situación de urgencia por el período de sesenta (60) días calendario la adquisición de víveres para los Estableci- mientos Penitenciarios de la Dirección Regional Sur Orien- te - Cusco, con al finalidad de asegurar la continuidad de los servicios esenciales de la institución; Que, en el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que están exoneradas de los procesos de Li- citación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones que se realicen, entre otros, en situación de emergencia o de urgencia declara- das conforme a la Ley; Que, en el Artículo 108º numeral 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se estable- ce que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determi- na una acción rápida a fin de paliar la urgencia, sin perjui- cio de que se realice el proceso de selección correspon- diente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y,