Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2002 (14/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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RESOLUCION SUPREMA Nº 128-2002-EF MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de MORDAZA de 2002

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 8625

Visto, el Expediente Nº 27486-2001, presentado por la Universidad Privada MORDAZA Orrego, sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE, en via de regularizacion, la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Privada MORDAZA Orrego segun consta en el Expediente Nº 27486-2001, por un valor total de US$ 10 010,16 (Diez Mil Diez y 16/100 Dolares de Estados Unidos de America), del siguiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998: Cantidad Partida (Unidad) Arancelaria 01 Descripcion

Aprueban donacion efectuada a favor del Museo Arqueologico MORDAZA Bruning de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 129-2002-EF MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Empresa Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A., ha efectuado una donacion por la suma de S/. 54 000,00 (Cincuenta y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles), durante el ano 2001, a favor del Museo Arqueologico MORDAZA Bruning de MORDAZA Direccion Departamental de Cultura de MORDAZA, organo desconcentrado del Instituto Nacional de Cultura, destinada a los trabajos de conservacion y reestructuracion de piezas arqueologicas procedentes de las investigaciones cientificas de Sipan en el laboratorio especializado del citado Museo; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, la donacion efectuada por la Empresa Union de Cervecerias Peruanas Backus y Johnston S.A.A., a favor del Museo Arqueologico MORDAZA Bruning de MORDAZA - Direccion Departamental de Cultura de MORDAZA, organo desconcentrado del Instituto Nacional de Cultura, ascendente a la suma de S/. 54 000,00 (Cincuenta y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles), durante el ano 2001, segun consta en los Recibos de Ingresos Serie B - Nºs. 000126, 000138, 000147, 000156, 000163, 000181, 000193, 000209, 000219, 000230, 000243 y 000250. Dicha donacion ha sido destinada a los trabajos de conservacion y restauracion de piezas arqueologicas procedentes de las investigaciones cientificas de Sipan en el laboratorio especializado del Museo Arqueologico MORDAZA Bruning de Lambayeque. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 8626

8504.40.10.00 Unidades de alimentacion estabilizada ("UPS")

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Privada MORDAZA Orrego, segun el Expediente Nº 27486-2001 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria del bien cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas.

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