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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2002 (14/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 223015 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de mayo de 2002 Designan delegación que participará en la 55º Asamblea Mundial de la Salud, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Con- federación Suiza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0501-2002-RE Lima, 11 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que del 13 al 18 de mayo de 2002, se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, la 55º Asam- blea Mundial de la Salud; Que en el seno de la Asamblea Mundial de la Salud, órgano supremo de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se tratarán temas de importancia para el desa- rrollo global de la salud pública, como la contribución de la OMS al logro de las metas de desarrollo de la Declara- ción del Milenio de las Naciones Unidas; Que asimismo, se tratarán los temas relacionados con la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible, el Fondo Global de Lucha Contra el SIDA, la Tuberculosis, la Mala- ria y la generación de una Alianza Global para Vacunas e Inmunización; Que también se analizarán las contribuciones finan- cieras a la OMS y se definirán el sistema de cuotas para el próximo año; Que en consecuencia es necesario designar a la delegación peruana que participará en el citado evento; Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum (SME-AES-SOE) Nº 70, de la Dirección de Asuntos Es- peciales, de 3 de mayo de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la 55º Asamblea Mundial de la Salud, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Sui- za, del 13 al 18 de mayo de 2002, la que estará confor- mada por los siguientes funcionarios: - Doctor Fernando Carbone Campoverde, Ministro de Salud, quien la presidirá; - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Jorge Voto-Bernales Gatica, Representante Perma- nente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza; - Doctor Luis Antonio Suárez Ogrio, Director General de la Oficina de Epidemiología; - Doctora René Hidalgo Jara, Directora General de la Oficina de Salud de las Personas; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Luis Salinas Montes, funcionario de la Representa- ción Permanente del Perú ante los Organismos Interna- cionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza; y, - Tercera Secretaria Eliana Beraún Escudero, funcio- naria de la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Con- federación Suiza. Artículo Segundo.- La presente Resolución no ocasiona gasto alguno al Pliego Presupuestal del Minis- terio de Relaciones Exteriores ni da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos aduaneros de ninguna cla- se o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 8565Constituyen Comisión de Desactivación y Transferencia de la Oficina de Coope- ración Internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0502-2002-RE Lima, 11 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27692, se ha dispuesto la creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, como organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que la Primera Disposición Transitoria de la Ley se- ñalada, establece que en un plazo máximo de tres me- ses se desactivará la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que de igual modo, en dicho dispositivo se establece que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional asume las funciones, el personal necesario, acervo documentario, recursos financieros y bienes de propie- dad o asignados en uso a la Secretaría Ejecutiva de Co- operación Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que mientras se lleva a cabo el proceso de desactiva- ción y transferencia de los órganos señalados, ambas dependencias deben mantener el pleno ejercicio de sus atribuciones a efectos de garantizar la continuidad de funciones y servicios que brindan; Que en esa medida es necesario crear en el Ministe- rio de Relaciones Exteriores una Comisión de Transfe- rencia que posibilite el proceso de desactivación de la Oficina de Cooperación Internacional, así como los me- canismos para que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, asuma las funciones y recursos de dicha oficina; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Ley Nº 27692, Ley de creación de la Agen- cia Peruana de Cooperación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitúyase la Comisión de Desactiva- ción y Transferencia de la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, la misma que estará conformada por las siguientes perso- nas: - Embajador Julio Muñoz Deacon, asesor del Ministro de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; - Doctor Juan F. Jiménez Mayor, asesor del Ministro de Relaciones Exteriores; - Doctora María Lila Iwasaki, asesora del Ministro de Relaciones Exteriores; - Ministro Luis Vivanco Bisbal, Director (e) de la Ofici- na de Cooperación Internacional del Ministerio de Rela- ciones Exteriores; - Licenciado José Corbera, Director General de Admi- nistración. Artículo 2º.- La Comisión de Desactivación y Transfe- rencia a que se refiere el artículo anterior queda faculta- da para realizar las acciones siguientes: a. Proponer las medidas y supervisar el proceso de transferencia de funciones y recursos de la Oficina de Cooperación Internacional a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; b. Plantear las acciones necesarias para la transfe- rencia del personal de la Oficina de Cooperación Inter- nacional a la Agencia Peruana de Cooperación Interna- cional; c. Proponer los mecanismos legales y administrati- vos para la transferencia de los Programas y Subprogra-