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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 233012 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002MILITAR PARA RECONOCI- como : UBICADA EN EL CUARTEL GENERAL DEL MIENTO DE TIEMPO DE - Copia legalizada de la Libreta Militar EJÉRCITO SAN BORJA - LIMA. SERVICIO. - Constancia de Servicio Militar expedida por la Unidad en donde b. PARA RESIDENTES FUERA DE LIMA Y CALLAO b. JEFE DE LA OFICINA DE b. JEFE DE LOS CCOMOV presto su servicio. DEBERAN PRESENTARSE A LA OFICINA DE REGISTRO MILITAR DEL JEFE DE LA JARRE - Tarjeta de Servicio Militar REGISTRO MILITAR MAS CERCANA AL LUGAR EJÉRCITO c. Recibo por Expedición de Constancia 0.0033 UIT DE SU RESIDENCIA Y REALIZAR SU GESTION POR CONDUCTO REGULAR 14LLAMAMIENTO DE RESERVA Presentar su LM X a. EN LOS LUGARES SEÑALADOS EN EL JEFE DE LA ORM JEFE DEL COMOV-SRM COMUNICADO OFICIAL DE LLAMAMIENTO DE JEFE DE LA JARRE RESERVA. Tiene derecho a : b. EN LA UNIDAD ASIGNADA - Vestuario, equipo, alimentación, aloja- miento y trasporte al inicio y término del período. - Licencia con goce de haber durante dicho período, lo que serán acreditado con la constancia respectiva, si labora en el sector público. - Licencia con goce de haber hasta por un máximo de treinta (30) días, si es trabajador dependiente en el sector privado vencido el plazo, el Estado asumirá el pago de las remuneraciones y bonifica- ciones por intermedio del Instituto de las Fuerzas Armadas respectivo - Percibir del Estado, a través del Instituto de las Fuerzas Armadas respectivo, una compensación económica equivalente a la asignación económica mensual que recibe el personal del servicio en el activo, si no está desempeñando actividad laboral alguna. - Los beneficios establecidos en la Ley y el Reglamento en caso de invalidez o fallecimiento en acción de armas, acto de servicio, a consecuencia o con ocasión de aquél, durante el período de Ins- trucción y entrenamiento. - Ascender dentro de los cuadros de reservas, de acuerdo a las normas vigentes de cada uno de los Institutos de las Fuerzas Armadas. - Los demás derechos y beneficios seña- lados en las normas legales pertinentes. - Expediente de constancia de asisten- cia de llamamiento. - Los funcionarios públicos que no brin- den facilidades laborales o académicas a los reservistas para que acudan a los llamamientos serán sancionados con suspensión no mayor de treinta (30) días y de reincidir en la infracción, con destitución. - Las Personas naturales o Jurídicas del Sector Privado, serán sancionados con una multa equivalente al 50% UIT - Los que no concurran a los llamamientos de reserva con fines de instrucción y entrenamientos y llamamien- tos obligatorios en caso de grave amenaza o peligro inminente para la Seguridad Nacional, serán denunciados al Fuero Judicial correspondiente y sancionados penalmente.DENOMINACIÓN DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE N/O DEL REQUISITOS DE AUT. EVALUACIÓN DONDE SE INICIA AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO PROCEDIMIENTO PAGO POST.NEG.NO REG. EL TRÁMITE APRUEBA EL TRÁMITE IMPUGNATIVO