TEXTO PAGINA: 33
Pág. 233023 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002 Nombran oficial como Delegado del Ejército ante la JID y Agregado Militar a la Representación permanente del Perú ante la OEA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1674-DE/EP/CP-JAPE 1-1/ Lima, 21 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, es necesario nombrar como Delegado del Ejér- cito ante la JID y Agregado Militar a la Representación permanente del Perú ante la OEA, al señor Coronel de Infantería VELAZCO MARTICORENA VÍCTOR; Que, la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, en su Artículo 1º prescribe que las autorizaciones de viaje al extranjero otorgadas al Personal Militar que irroguen gastos al Estado serán aprobadas por Resolución Ministerial; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG del 4 de diciembre de 1987, norma los conceptos que se abonan al Personal Militar de las Fuerzas Armadas que viaja al extranjero en Misión Diplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General del Comando de Personal del Ejército, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a lo acorda- do con el Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Sr. Coro- nel de Infantería VELAZCO MARTICORENA VÍCTOR, como Delegado del Ejército ante la JID y Agregado Mili- tar a la Representación permanente del Perú ante la OEA, a partir del 1 de enero del 2003. Artículo 2º.- Que el citado Oficial Superior, pasará a revistar a órdenes del Comando Administrativo del Cuar- tel General del Ejército, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 19810 Autorizan viaje de oficial del Ejército para participar en el Curso Inter- nacional de Observador Militar que se realiza en Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1726-DE/EP/CP-JAPE-1C/ Lima, 6 de noviembre de 2002 Visto el Oficio Nº 2108 DIRIN/C-3/05.17.02 de 30.oc- tubre.2002, mediante el cual se solicita autorización para participar en Curso Internacional de Observador en Bue- nos Aires - Argentina; CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 162 DI- RIN/C-3/05.17.02, de octubre.2002, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército aprueba la de- signación del Cap. Cab. RUIZ JUÁREZ Julio Rene Lor- gio, para que participe en el Curso Internacional de Ob- servador Militar, a realizarse en la CAECOPAZ - Buenos Aires - Argentina, del 4 al 29.noviembre.2002; sin irrogar gasto alguno al Instituto;Que, el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de 6.junio.2002, establece que las autorizaciones de viajes al exterior que no irroguen gastos al Estado, se efectuarán mediante resolución del titular de la entidad correspondiente; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejér- cito Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios al Cap. Cab. RUIZ JUÁREZ Julio Rene Lorgio, para participar en el Curso Internacional de Observador Militar, a realizar- se en la CAECOPAZ - Buenos Aires - Argentina, del 4 al 29.noviembre.2002. Artículo 2º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o térmi- no del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gas- to alguno al Estado y no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 19779 INTERIOR Aprueban Reglamento para la obten- ción de Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil DECRETO SUPREMO Nº 015-2002-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 25054 se norma la fabricación, co- mercio, posesión y uso por particulares de armas y mu- niciones que no son de guerra, disponiendo en su artícu- lo 13º que el otorgamiento de la licencia de posesión y uso de armas de fuego de uso civil, se ceñirá por lo esta- blecido en la Ley y su Reglamento; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 007-98-IN, del 1 de octubre de 1998, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25054, modificado por los Decretos Su- premos Nº 007-99-IN del 15 de setiembre de 1999, Nº 009-99-IN del 30 de diciembre de 1999, Nº 007-2000- IN del 14 de julio de 2000, y Nº 010-2001-IN del 26 de diciembre de 2001; Que, es conveniente para contribuir al orden y la seguridad pública, aprobar el Reglamento para la ob- tención de Licencia para Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, a fin de establecer los diversos procedimientos que desarrolla la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, para el otorgamiento de las licencias corres- pondientes; De conformidad con lo establecido en el inciso 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación Apruébase el Reglamento para la obtención de Li- cencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, que consta de siete (7) Capítulos, cuarenta (40) Artículos y seis (6) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Derogación Deróganse los artículos 89º al 95º; 99º al 102º; 104º, 105º; y 107º al 112º del Reglamento de la Ley Nº 25054,